Economía

Gobierno y "el campo"

Sin presupuesto y con fallo favorable a Bunge se abren interrogantes sobre el cobro de retenciones

La “ley de leyes” contemplaba la prórroga de un artículo correspondiente a derechos de exportación. Algunos sectores agropatronales quieren llevar el tema a la Justicia para evitar el cobro. Otros, piden ir al Congreso para analizar la norma. Desde el gobierno aún no hay definiciones oficiales


La no aprobación del presupuesto 2022 puede generar un nuevo dolor de cabeza para el gobierno nacional. Las principales entidades rurales ya advirtieron que avanzarán en la Justicia para evitar el cobro de retenciones a partir de este año, interpretando que el vencimiento de la Ley de Solidaridad Social los avala para hacerlo. Se apoyarán en un fallo a favor de Bunge para darle vigor a la presentación.

Otros sectores con cercanía al campo plantean una posición menos ortodoxa y consideran que en esta situación lo que no puede hacer el gobierno es subir las alícuotas correspondientes a las retenciones, o en su defecto, deberían ingresar la propuesta al Congreso para someterla a votación. Desde el oficialismo están quienes consideran esta última posibilidad, con las dificultades que puede generarle la posibilidad de obtener mayoría en la Cámara Baja, o bien, despejar las especulaciones vía resolución o Decreto.

La génesis del debate se dio tras el fallido intento por aprobar el Presupuesto 2022. Al no votarse la ley, muchas cuestiones quedaron en suspenso. En el dictamen de la ley de presupuesto estaba planteado prorrogar el artículo 52 de la Ley 27.541, la de Solidaridad Social y Reactivación Económica, que fijaba la posibilidad de gravar los derechos de exportación hasta el 31 de diciembre de 2021.

El naufragio de la “Ley de leyes” en la Cámara de Diputados de la Nación dejó un gris de interpretaciones que en algunos casos amenazan con presentaciones para no abonar el tributo. Fue la posición del propio presidente de la Sociedad Rural Argentina, Nicolás Pino, quien se refirió específicamente a un pedido de nulidad de las retenciones y consideró que esta situación se asemeja a la que llevó a la empresa Bunge a la Justicia en el año 2008.

En aquel entonces la agroexportadora con sede en Santa Fe reclamó por un aumento en derechos de exportación sin ratificación legislativa. En este caso un tribunal nacional falló hace algunos días a favor de Bunge considerando que ese cobro no cumplía con la legalidad tributaria. Los jueces se apoyaron en otro fallo (por un caso idéntico) dictado por la Corte Suprema de Justicia a favor de Camaronera Patagónica en 2014. El caso de Bunge aún está en curso y no tiene sentencia definitiva.

Posiciones jurídicas y políticas

El presidente de la Sociedad Rural Argentina ya adelantó que buscarán la nulidad del cobro a través de una presentación judicial. SI bien ya hizo público en otras posibilidades el pedido para que el gobierno nacional quite las retenciones, en este caso aprovechó el fallo a favor de Bunge para darle vigor a la presentación con motivo de la caducidad del artículo 52 de la Ley 27.541. Consideró que hasta que no haya una Ley, “las retenciones tienen que ser nulas”.

Consultado por El Ciudadano, el abogado tributarista de Santa Fe, Guillermo Ruiz, dio una mirada técnica respecto al tema y detalló las inconsistencias legales en las que puede incurrir el gobierno si no envía nuevamente al Congreso una Ley para el cobro de los derechos de exportación.

Al respecto, consideró: “La Ley dice que el ejercicio de estas facultades vence el 31 de diciembre de 2021, no dice que la posibilidad de subir o bajar las alícuotas vence esa fecha. El artículo 52 (de la Ley 27.541) habla de que se faculta gravar con el porcentaje correspondiente, con lo cual, lo que termina el 31 de diciembre de 2021 es el ejercicio de las facultades de gravar”.

A su vez, Ruiz agregó: “Acá no hay principio de legalidad porque falta ese artículo 52 de la ley 27.541. En conclusión, el decreto que extendió el cobro, no tiene un fundamento legal, y sin un fundamento legal no cumple con el recaudo de principio de legalidad tributaria y por lo tanto no tiene validez constitucional”.

En el marco de interpretaciones, el integrante de la Mesa de Enlace y vicepresidente de Conninagro, Elbio Laucirica, tomó distancia de la posición fijada por la Sociedad Rural y explicó que corresponde avanzar con la judicialización en caso de que el gobierno quiera subir las alícuotas, no así si las mantiene tal cual están.

“El Gobierno puede fijar la alícuota sin paso por Congreso. Pero hay jurisprudencia, por acordada de la Corte Suprema, que la considera impuesto, o sea que cualquier modificación de los Derechos de Exportación, si no tiene respaldo por ley, está la posibilidad de judicializarlo”, sostuvo.

Por el momento, desde el gobierno nacional no se manifestaron de manera pública respecto a lo que puede acontecer en este escenario, aunque consideran válida la posibilidad que al prorrogarse el presupuesto 2021, también prorrogarán las facultades correspondientes al cobro de retenciones. Se trata de una posibilidad en estudio.

Las otras dos alternativas tienen que ver con recurrir al Congreso para revisar el artículo 755 del código aduanero que permitía fijar los derechos de exportación, aunque con el escenario parlamentario actual, difícilmente el gobierno logre el apoyo suficiente. La otra opción, es dictar una resolución o decreto que reestablezca las alícuotas a los derechos de exportación y de esa manera despejar especulaciones.

Abrir el debate por el fondo sojero

En el marco de la discusión, el abogado tributarista Guillermo Ruiz consideró que el tema amerita un nuevo debate en el que debe tenerse en consideración la posibilidad de reinstalar el fondo sojero, instaurado en 2008 durante el gobierno de Cristina Kirchner y eliminado en 2018 durante el mandato de Mauricio Macri.

“Así como las provincias petroleras cobran regalías, las provincias agropecuarias como la nuestra, deberían aprovechar la situación para plantear cómo van a seguir. Se está recaudando a nivel nacional algo que después no se coparticipa y que nos beneficiaría”, planteó.

El Fondo Federal Solidario, conocido como Fondo Sojero, tomaba el 30% de lo recaudado en concepto de derechos de exportación de granos de soja y el 27% de harinas y aceites de soja. Los montos eran repartidos entre las provincias y posteriormente destinados a municipios y comunas.

“Es una posibilidad para re pensar el sistema tributario. No escucho que los gobiernos provinciales planteen este tema. Fue un compromiso de Fernández en 2020, hay que planificar la materia tributaria”, concluyó Ruiz.

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