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Sin documento no se es nadie

Unos 168 mil menores de 17 años carecen de DNI en la Argentina urbana, lo que les acarrea múltiples problemas de reconocimiento social y les traba el acceso a la educación, el trabajo, la atención médica y otros derechos básicos.


Un estudio realizado sobre la población de indocumentados en el país estimó que unos 168.000 chicos de hasta 17 años carece de DNI en la Argentina urbana, situación que los convierte en ciudadanos de “segunda” con dificultad para educarse, trabajar o atenderse por un médico.

Además, remarcó que en el grupo de hasta cuatro años de edad está la situación más crítica.

Se trata de un informe elaborado por el Observatorio de la Deuda Social Argentina de la UCA y la ONG Instituto Abierto para el Desarrollo y Estudio de Políticas Públicas.

Titulado “Los indocumentados en Argentina. La cara invisible de la pobreza”, el informe señaló que en el grupo de los niños de hasta 4 años, el 2,3 por ciento no cuenta con DNI.

“Fui alguien por primera vez. A todo el que venía le decía:  «Mirá el documento»; es algo que me había costado mucho y lo pude tener. Es una alegría muy grande, porque que te digan que no tenés documento, que no existís, que sos un NN, es muy triste, muy doloroso”, contó Mabel, una mujer adulta que recién obtuvo su primer DNI a los 38 años de edad.

El primer paso para poder obtener el Documento Nacional de Identidad (DNI) es el registro del nacimiento del niño.

A nivel regional, según datos de Unicef, en 2011, en 10 por ciento de los nacimientos de niños y niñas menores de cinco años no eran registrados en América latina.

De acuerdo con la legislación argentina, en los cuarenta días posteriores al nacimiento se debe realizar la inscripción del  nacimiento ante el Registro Civil de las distintas jurisdicciones.

Allí, se les asigna un número único de identificación de cada persona, que figura en un acta de nacimiento y que será el de su documento de identidad.

Pasados los cuarenta días del recién nacido, la inscripción está fuera del plazo legal y los padres pueden realizarla hasta los 12 años de edad del niño, con dos testigos que acrediten el vínculo. Una vez vencido ese plazo, es únicamente un juez quien puede autorizar dicha inscripción.

Este trámite judicial se realiza con la intervención de un abogado y debe iniciarse ante la Justicia civil (Tribunales de Familia) competente.

En muchas ocasiones los ámbitos judiciales donde se inician las causas de personas indocumentadas se encuentran desbordados por la multiplicidad de causas y demandas que deben atender, como casos de alimentos, violencia, entre otros. Por lo tanto, quienes inician el largo y burocrático juicio de inscripción y no cuentan con el asesoramiento necesario se encuentran con trabas en el proceso judicial, lo que conlleva a que muchos desistan y abandonen el juicio antes de su finalización.

Además de estas barreras administrativas, otro de los motivos que llevan a los padres a no inscribir a sus hijos son los costos de desplazamiento, el tiempo y la planificación que el trámite requiere.

Los indocumentados en la Argentina forman parte de una población que se encuentra excluida del resto de la sociedad y que vive en un contexto diario de discriminación.

La inscripción adecuada y oportuna de los nacimientos, cuya magnitud y repercusión para la vida futura de las personas es  muchas veces ignorada, es de vital importancia  para que luego se puedan cumplir otros derechos reconocidos en el marco normativo.

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