Política

Sanción definitiva en Diputados

Se aprobó Ficha Limpia: quiénes no podrán ser candidatos en Santa Fe

La ley fue aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputados, donde se le dio sanción definitiva. Además se determinó quiénes no podrán ocupar cargos partidarios


La Cámara de Diputados provincial aprobó este jueves el proyecto de ley denominado “Ficha Limpia”, la norma que impide acceder a cargos políticos a personas que tengan condenas por actos de corrupción y otros delitos. En la sesión se aprobó por 42 votos positivos y ningún negativo. De esta forma se fijaron en la ley todas las excepciones que serían obstáculo para ocupar un cargo público en Santa Fe.

En esta línea, no podrán realizar la función pública serán: quienes posean condena por hechos de corrupción incompatibles con la función pública y tipificados en el Código Penal, quienes posean condena por delitos contra la integridad sexual, aquellos con condena por delitos contra la libertad o por delitos de homicidio cometido con violencia de género y quienes estén inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

La imposibilidad para ser precandidato lo será por el plazo de 10 años contados a partir de la fecha en que quedara firme la sentencia condenatoria, exceptuando de esto a los deudores alimentarios morosos que no tiene fecha de caducidad.

Cargos partidarios

A su vez, se definieron pautas que prohíben ocupar cargos partidarios en los distintos espacios políticos del espectro político santafesino. Estos obstáculos son: quienes no fueren afiliados al partido; directores, administradores, gerentes o apoderados de empresas concesionarias de servicios u obras públicas de la Nación, de la Provincia, de sus municipios o comunas o de empresas extranjeras; miembros de directorios de Bancos o empresas estatales o mixtas; los inhabilitados por esta ley y por la ley electoral de la Provincia;

Además no podrán ocupar cargos partidarios quienes posean condena por hechos de corrupción incompatibles con la función pública y tipificados en el Código Penal; los que posean condena por delitos contra la integridad sexual; quienes tengan condena por delitos contra la libertad o por delitos de homicidio cometidos con violencia de género y por último quienes estén inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos

La importancia de la ley

Santa Fe se incorpora, de ese modo, a un grupo de provincias que ya convirtieron en ley ese proyecto, entre las que se encuentran Chubut, Mendoza, Salta, y Jujuy. Al respecto, Sola sostuvo: “Jamás dudamos de que debía aprobarse cuanto antes, porque quien nada debe, nada teme. Por eso, ningún representante de la Cámara baja podía estar en contra. Celebramos que el consenso haya sido unánime”.

Sola indicó que, a partir de este proyecto, “ninguna persona puede ser candidata a un cargo público si es deudora alimentaria o tiene una condena por delitos contra la administración pública, el orden económico y financiero, las personas, la integridad sexual, el estado civil de las personas o la libertad en ejercicio de función pública”.

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