Policiales

In dubio pro reo

Revocan una condena contra Jonathan “Cachorra” Creciente

Histórico ladero del célebre René "Brujo" Ungaro, el muchacho zafó de una pena por tentativa de homicidio por el beneficio de la duda. Actualmente cumple en prisión ocho años y medio por diversos delitos, entre ellos el ataque a tiros contra el barra de Newell's Matías Pera


Fernando Z. sobrevivió de milagro un ataque a tiros en Sanchez de Thompson al 200 bis, agresión por la que ahora absolvieron a Cachorra Creciente.

La Cámara Penal revocó una condena dictada contra Jonathan “Cachorra” Creciente por una tentativa de homicidio contra Fernando Andrés Z. En el fallo, los camaristas José Luis Mascali, Carlos Carbone y Javier Beltramone expusieron que “son más las dudas que las certezas” en la investigación que llevó a una nueva condena en primera instancia a Creciente, quien actualmente purga penas por otros delitos vinculados con disputas en zona sur de Rosario a principios de la década como integrante de la banda de René “Brujo” Ungaro, el jefe de la facción de Grandoli enfrentada desde hace una década con el grupo del lindero barrio Municipal y que ha tenido incidencia en la pelea por el predominio en la barra brava de Newell’s.

“La carencia de certeza respecto de la participación punible de Creciente es a la única conclusión a la que puede arribarse”, dice el fallo de los camaristas, que aplicaron el principio in dubio pro reo para absolver al condenado.

Ladero del célebre Brujo Ungaro –quien cumple condena por el homicidio de Roberto “Pimpi” Caminos, ex jefe de la pesada leprosa y está acusado como jefe de una asociación ilícita que también integran miembros del clan Funes–, Cachorra Creciente, habitante del barrio Grandoli (también conocido como Fonavi del Parque del Mercado), tiene 31 años y desde 2015 purga una condena unificada a 9 años de prisión por delitos que van de la tentativa de robo, amenazas y tentativa de homicidio. El 2 de julio de 2018 Creciente sumó otra sentencia. Un tribunal lo condenó a 13 de prisión por hallarlo cómplice primario de la tentativa de homicidio que sufrió Fernando Andrés Z., el 13 de junio de 2012, agresión que le provocó a la víctima, de 36 años, graves secuelas de problemas neurológicos y paraplejia. Por ese hecho de sangre, a Cachorra lo imputaron recién el 19 de noviembre de 2015, en una investigación que los jueces ahora admitieron “deficiente” y de plazos excesivamente dilatados, circunstancias que obraron en revocación de la condena. “La incertidumbre se apodera del proceso en relación al accionar del acusado”, según los camaristas.

Los tiros

El ataque –que no tuvo cobertura periodística– ocurrió en una plaza en las inmediaciones de Sánchez de Thompson al 200 bis, “a la vista de todo el mundo”, según reconstruye el fallo. Fernando Z. bajó de su departamento –ubicado en el mismo edificio que vive Cachorra– con su mujer e hijos, que se dirigían a la iglesia. A la sombra del monoblock fue acribillado a balazos por desconocidos. Según la sentencia de primera instancia, quien estuvo detrás del ataque fue Cachorra, que al encontrarse para hablar con la víctima avisó por mensaje de texto a los tiradores, que abrieron fuego contra Fernando Z., aunque no pudieron completar la faena: fugaron pensado que el blanco había fallecido.

Para la Fiscalía, Fernando Andrés Z. “es un testigo calificado. Desde el primer momento que estuvo internado en el Heca y en declaración judicial indicó a Cachorra como el protagonista del hecho. Pero admite que por la impunidad que tuvieron los autores es que nadie quiere testificar al respecto, porque es entendible el miedo que ocasionó dicho accionar en los presentes”.

La defensa de Cachorra expuso que “no existen pruebas objetivas en la causa y el hecho carece de testigos presenciales o de oídas; el único testimonio es el de la víctima, quien cambió la declaración en el transcurso del proceso, cayendo en contradicciones”. Además resaltó que Fernando Z. “es adicto a la cocaína, ha estado o está con tratamiento psicológico en un centro de salud y se encuentra medicado ya que posee delirio de influencia y persecuta”.

 

Por una mujer

Según el fallo, tres años antes del ataque, en 2009, Cachorra discutió con Zapata por una mujer, situación que para los camaristas “no puede representar enemistad previa y confluir en este penoso hecho”, a pesar de que la posterior agresión y las graves secuelas en la víctima estén acreditadas.

“La deficiente investigación no permitió recolectar prueba que incrimine a Creciente”, quien fue defendido por los abogados José Ferrara y Adrián Ruiz, reza el fallo.

“Quizás la fama que le cupo al imputado o relaciones anteriores de algún otro tipo entre ambos, que se desconocen, pudieron derivar en Zapata la insistencia en que Creciente no pudo ser ajeno al suceso. Pero son más las dudas que las certezas y son más las deficiencias de investigación que la voluntad del sentenciante y de la Fiscalía, que elaboraron una correcta ilación de los hechos, pero que no alcanza para sostener la condena”, reza el fallo de los magistrados.

“Zapata –continúa el fallo– jura y jura que fue Creciente quien le hizo una «cama» (según sus dichos) en el sentido de hacerlo bajar del edificio hacia la plaza, entretenerlo con una conversación en la que le dice que son «enemigos», para que los dos autores materiales de los disparos (que no fueron habidos ni identificados) pudieran lanzar los proyectiles” que dejaron parapléjica a la víctima.

Para el tribunal el hecho que haya estado con la víctima hablando no significa que revista la característica de partícipe primario que cometieron otras personas, “ya que el cómplice tiene que haber hecho un aporte doloso del delito ajeno; y, en el caso, surge la duda si los sicarios igualmente podrían haber disparado en la plaza que está al pie del edificio sin que existiera esa conversación”.

 

Sigue preso

En 2015 el juez Gustavo Salvador condenó a Jonatan Creciente y René Ungaro a 9 y 13 años de prisión respectivamente. Fue como consecuencia de la unificación de diversas causas que recayeron en su juzgado. Al dúo lo acusaron del ataque que sufrió el ex barrabrava de Newell’s Matías Pera en noviembre de 2010 –”esto te lo manda el Panadero (por el entonces capo del paravalanchas rojinegro Diego Ochoa)”, le adjudican haber dicho antes de gatillar una decena de veces–, y de las amenazas a Rosa Caminos, hermana del extinto jefe de la pesada leprosa Pimpi Caminos, entre otros.

En 2017 la Cámara de Apelaciones confirmó parcialmente el fallo y rebajó la pena de Cachorra a 8 años y ocho meses de prisión.

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