Policiales

Gatillo fácil

Revisan el fallo que condenó a 19 policías por el fusilamiento de David Campos y Emanuel Medina

Entre el lunes y viernes de esta semana se llevarán a cabo las audiencias de apelación en el caso del doble homicidio perpetrado a mediados de 2017 en la zona sur de Rosario. En noviembre, un tribunal oral condenó con distintas penas a efectivos del Comando Radioeléctrico y de la Policía de Acción Táctica

Foto: Juan José García / Archivo

La Cámara de Apelaciones de Rosario comenzará hoy la revisión del fallo que condenó a 19 policías santafesinos por el asesinato de David Campos y Emanuel Medina durante una persecución policial a mediados de 2017, que los uniformados intentaron hacer pasar como un enfrentamiento. Se trató de un caso emblemático de los tantos de gatillo fácil que hay en la ciudad, y de un fallo histórico ya que logró evidenciar el mecanismo de ocultamiento y encubrimiento dentro de las Fuerzas en hechos de violencia institucional.

Entre el lunes y viernes de esta semana está previsto que se realicen las audiencias de apelación del fallo de primera instancia que el pasado 12 de noviembre condenó a 19 policías por el doble homicidio y el posterior encubrimiento de la situación en la que fueron ejecutadas ambas víctimas.

En un comunicado de prensa, la Multisectorial contra la Violencia Institucional expresa que el fallo condenatorio “ratificó lo que siempre supimos: aquel 23 de junio de 2017 no hubo enfrentamiento, a David Campos y Emanuel Medina los acribilló la Policía cuando se encontraban inmovilizados, desarmados e indefensos”.

En el mismo texto agregan que durante el juicio se “evidenció la existencia de una densa trama de complicidades entre agentes de la Policía de Acción Táctica y el Comando Radioeléctrico para intentar garantizar la impunidad; tal como suele suceder en los casos de violencia institucional, en los cuales los policías, actuando de manera corporativa, se investigan a sí mismos, alteran la escena de los hechos e instalan versiones falsas de lo sucedido”.

Los jueces Román Lanzón, María Trinidad Chiabrera y Gonzalo López Quintana condenaron a prisión perpetua a los policías Alejandro Bustos y Leonel Mendoza por ser los autores del doble homicidio calificado además de implantarles armas a las víctimas. El agente Marcelo Escalante fue condenado a siete años de prisión por el delito de abuso de armas calificado y encubrimiento doblemente agravado. El restos de los agentes policiales recibieron penas por el delito de encubrimiento doblemente agravado: Hugo Daniel Baroni, jefe de tercio del Comando Radioeléctrico, recibió una condena a 5 años de prisión; los policías Ocampo, Benítez, Varela, Tanneur, Bolanios, Canclini, Cano, Cardozo, Mareco, Abraham, García, D’Angelo y Ramírez fueron condenados a 3 años de prisión condicional; y las agentes R. Ramírez y Lescano recibieron 1 año de prisión condicional.

“Exigimos que el tribunal de la Cámara de Apelaciones esté a la altura de las circunstancias, se desempeñe de manera responsable, evitando una revictimización de los jóvenes muertos y sus familiares”, agrega el texto de la Multisectorial tras analizar que el falló “sentó un precedente importante y necesario en el camino de garantizar la no repetición de estas graves violaciones a los derechos humanos y fue fruto de la lucha colectiva de familiares, abogados y organizaciones sociales, políticas, culturales, sindicales y de derechos humanos, por la construcción de memoria, verdad y justicia”.

 

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