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Reforma por decreto: policías en actividad podrán ser funcionarios políticos

El gobernador Perotti y el ministro Saín modificaron el Régimen de Licencias del Personal Policial de 1979. Así, los uniformados de jerarquías superiores –se exceptúa a los policías de calle– podrán ocupar cargos en los tres poderes del Estado sin tener que renunciar a su carrera policial.


El gobernador Omar Perotti y el ministro de Seguridad Marcelo Saín firmaron el 10 de enero el decreto 18/2020, publicado este jueves en el Boletín Oficial, por el cual se modifica el Régimen de Licencias del Personal Policial que data de 1979. Así, los uniformados de las jerarquías superiores –a excepción de los policías de calle– podrán ocupar cargos en los tres poderes del Estado, sin renunciar a su carrera policial pero sin goce de sueldo.

Hasta ahora, los policías de la provincia debían dejar de lado su carrera para asumir cargos en el Poder Ejecutivo o Judicial. El gobierno le dio de baja a esa normativa con el argumento de que “restringe la facultad del Poder Ejecutivo de elegir personal idóneo para la cobertura de los órganos ministeriales de conducción y apoyo para la implementación de las políticas en materia de seguridad pública, para los cuales se requiere en ciertas casos valerse de la experiencia, práctica y especificidad de personal que ya revista como empleado policial”.

El decreto 18/2020 fue avalado por la Fiscalía de Estado y publicado en el Boletín Oficial, por lo cual el nuevo reglamento ya está vigente. Contempla designaciones de personal policial como funcionarios como todos los “cargos de representación política”, ya sean electivos o por decisión de las autoridades de cada uno de los poderes públicos.

Con la nueva normativa, los policías de las jerarquías superiores (se excluye expresamente al escalafón general) podrán asumir como funcionarios políticos de los tres poderes del Estado. Para ello, primero deberán tomar licencia sin goce de sueldo mientras duren en sus funciones, algo que hasta ahora estaba prohibido para la Policía.

El decreto de Perotti y Saín admite esas licencias para los integrantes de las fuerzas de seguridad de la provincia que sean “designados para desempeñarse en cargos políticos o comisiones transitorias en reparticiones provinciales y/o sean elegido en cargos de representación política en cualquiera de los poderes del Estado provincial”.

El espíritu de la reforma, que beneficia a los uniformados ya que les permite seguir sus carreras en otros poderes, se basa en el derecho constitucional a la participación política de todos los ciudadanos, algo que hasta el momento estaba vedado para los policías en actividad.

El decreto 18/2020 modifica el Régimen de Licencias del Persona Policial establecido por el decreto 4413 de 1979. Entre las disposiciones sobre las licencias de los agentes, hay un límite preciso: se excluye al llamado “personal de calle”, es decir quienes revisten en el Escalafón General-Subescalafón Seguridad de la Policía provincial.

Con la nueva normativa, los policías de las jerarquías superiores y los que pertenecen al escalafón profesional (abogados, médicos, técnicos especializados) podrán tomar licencia sin goce de sueldo para asumir funciones en los ministerios y secretarías del Poder Ejecutivo, en la Legislatura y también en el Poder Judicial (Ministerio Público de la Acusación).

Entre los fundamentos del decreto se menciona la necesidad de permitirles a los uniformados ejercer sus derechos políticos, ya que la vieja reglamentación constituía “una notoria disparidad y desigualdad con el resto de regímenes que regulan distintas situaciones jurídicas de los empleados del Poder Ejecutivo provincial”.

Además, se defiende que el cambio “encuentra sustento no sólo a lo establecido en nuestra Constitución Provincial y Nacional, sino también en el contenido de los instrumentos internacionales de Derechos Humanos que poseen rango constitucional”.

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