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Reforma al Código Procesal Penal: “Esta propuesta sólo hará más ineficientes las investigaciones”

El abogado Leandro Busatto, quien dejó su banca en la Cámara baja santafesina el pasado 10 de diciembre, deshilachó el cambio legislativo que se discute este miércoles en el recinto y marcó la incongruencia de más atribuciones para la Policía cuando hay "enorme cantidad de hechos de corrupción"


La Legislatura santafesina avanzaba en una modificación al Código Procesal Penal que distintos sectores consideran una "contrarreforma".

Leandro Busatto (*)

Hoy se trata la reforma del Código Procesal Penal de Santa Fe:

  • La misma alianza política que impulsó la reforma en 2014 ahora va en sentido contrario.
  • Plazos de detenciones inconstitucionales.
  • Investigaciones: más autonomía para la Policía, pierden autoridad los fiscales.

El texto destaca que en 2014 se pasó de “un modelo inquisitivo a uno acusatorio” fortaleciendo “derechos impostergables y reforzando las garantías individuales del imputado”. Elogia ese cambio, pero las propuestas implican un virtual regreso al modelo inquisitivo.

La misma alianza política que enarboló esa reforma como bandera en 2014 ahora da marcha atrás. ¿Qué dice Alberto Binder sobre esta reforma? Que sólo traerá “más ineficiencia” y que “escriturar la investigación sólo generará más burocratización”.

Esta reforma elimina la oralidad y retorna al procedimiento escrito. La oralidad es un principio del acusatorio y contribuye a la transparencia y publicidad de los actos de gobierno, principio básico del republicanismo. Dice que “procurará” escuchar a las partes: es un deber.

Impulsa plazos inconstitucionales de detención. Un fiscal puede detener 15 días a una persona, prorrogable por 15 más. Invierte la lógica: en vez de investigar para detener, “primero detengo, después investigo”. Esos plazos de detención no existen en ningún otro Código del país.

Esos plazos de detenciones, sumados a cambios que amplían la posibilidad de dictar prisión preventiva, agravarán una problemática ya vigente: la sobrepoblación carcelaria. En 2008 había 3.794 personas privadas de su libertad. En 2022, 9.350. El 38% sin condena.

Esta reforma rompe la autonomía del fiscal como máxima autoridad de la investigación. Lo limita a una conducción “técnico/jurídica”. Hay una extraordinaria delegación de la actividad investigativa en manos de la policía, perdiendo autoridad el Ministerio Público de la Acusación y delegando funciones propias.

Se establecen supuestos de allanamientos sin orden judicial. Se permiten detenciones policiales por 24 horas, cuando hoy la Policía ya puede detener por 6 horas por averiguación de antecedentes, tiempo más que razonable para eso.

¿Cuál es el análisis que hace el gobierno para darle mayores atribuciones a la Policía a la hora de investigar, en estos momentos? ¿Hace falta enumerar la enorme cantidad de hechos de corrupción en los que fueron condenados altos mandos policiales?

Lo que necesita Santa Fe para superar la absurda grieta “garantismo versus mano dura” son herramientas legales que permitan investigaciones inteligentes, eficientes. Esta reforma profundiza una lógica que ya ha demostrado no tener eficacia para desarticular el crimen organizado.

Esta propuesta sólo hará más ineficiente las investigaciones, aunque seguramente se mostrarán estadísticas de “más detenciones” que en definitiva, por ser los eslabones más débiles de las estructuras del delito, no incidirán sobre el crimen organizado.

(*) Abogado. Ex diputado provincial del Frente Justicialista

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