Policiales

le debía unos pesos y se pelearon

Reducen pena por homicidio a un albañil que mató al quiosquero del barrio

La Cámara Penal bajó de 14 a 10 años y 8 meses la condena a un hombre que argumentó que un disparo fatal salió por error y para defenderse de un grupo de vecinos que lo perseguían por una pelea con un quiosquero que no le quiso fiar la compra del día.


La Cámara Penal confirmó la responsabilidad de un albañil en el crimen de un vecino aunque disminuyó la condena de 14 años a 10 años y 8 meses. El homicidio se produjo luego de una discusión entre el condenado y el quiosquero del barrio, a quien le debía “unos pocos pesos”. Para la Justicia el hombre de 30 años no actuó en legítima defensa. Disparó a corta distancia después de una discusión por el “fiado”.

Para el tribunal generó la reacción de allegados a la víctima que protagonizaron una especie de linchamiento del albañil. El hombre logró correr a una estación de servicio donde se desvaneció. Para los jueces, la pobreza en la que vivía, su embriaguez, el cuidado de su abuelo enfermo en un ámbito de hacinamiento y las lesiones sufridas por la turba vecinal jugaron a favor del condenado. Le redujeron la sanción en 3 años y 4 meses.

Delicado

Carlos Alberto Simonetti fue acusado de matar a Santos Ortiz porque no quiso fiarle más. El hecho tuvo lugar el 19 de diciembre de 2014 en una humilde barriada ubicada en Hungría y pasaje 531. Sobre el hecho hubo dos versiones. Simonetti dijo que llegó de trabajar a la tarde y se cruzó a pagarle a su vecino, pero éste lo insultó. Se volvió a su casa y el ambiente no era el mejor. Sacó a su mujer de la vivienda y cerca de las 22 un grupo de vecinos intentó entrar a su casa. Simonetti dijo que corrió y fue alcanzado. Para defenderse disparó y una bala alcanzó a Santos Ortiz. Pero para el fiscal Adrián Spelta le disparó a corta distancia cuando Santos Ortiz estaba en el patio de su casa.

El Tribunal oral que lo enjuició tampoco le creyó. Los jueces Carlos Leiva, Patricia Bilotta y Alejandro Negroni lo condenaron a la pena de 14 años por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego. La defensora oficial Maricel Palais apeló el fallo y la revisión quedó en manos de los vocales Carina Lurati, Guillermo Llaudet y Georgina Depetris.

Los jueces dijeron que la versión de Simonetti se contradice con el resto de la prueba. Incluso su mujer dijo que estaba con una pistola tumbera desde la tarde. Para el Tribunal fue difícil que Santos Ortiz lo haya corrido con un grupo de personas porque la víctima tenía más de 60 años y una dificultad en la pierna por una herida. Tampoco les resultó convincente que en el medio de la corrida Simonetti disparase. Según los peritos, Ortiz tenía un disparo a corta distancia. Los estudios develaron que el cuerpo tenía unas 40 perdigonadas. Según consta en el informe, el disparó se hizo a no más de 2 metros.

Los vocales concluyeron que después de discutir con el quiosquero, Simonetti fue a buscar un arma, caminó al quiosco y le disparó a su vecino, que estaba desarmado. Rechazaron la existencia de una legítima defensa al entender que no hubo  agresión previa.

Confirmaron el encuadre legal, es decir, homicidio agravado por el uso de arma de fuego. Bajaron la sanción al mínimo legal. Los camarista tuvieron en cuenta las condiciones en la que vivía y se desenvolvía el acusado como atenuante.