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Tribunales

Reducen condena por crimen

Un matrimonio de la localidad de Cañada de Gómez que había sido condenado a 12 años de prisión por el homicidio de un anciano en 2011, fue beneficiado con una pena tres años menor, luego de que su defensa apelara el fallo.


La Cámara Penal de Rosario redujo de doce a nueve años de prisión la pena impuesta a un matrimonio de Cañada de Gómez que hace tres meses había sido condenado por el homicidio de un hombre de 72 años ocurrido en 2012 en esa localidad. Si bien la defensa de los acusados había apelado el fallo y solicitado la absolución de la pareja, los camaristas entendieron que los elementos sobre los que se funda la condena eran suficientes para proclamar la culpabilidad de los sospechosos. Sin embargo, como no contaban con antecedentes penales de ningún tipo, resolvieron reducir en tres años el monto de la pena.

Carlos Agustín Rocha tenía 72 años cuando la tarde del 15 de abril de 2012 fue hallado sin vida al costado de un camino rural cerca de las vías en la localidad de Cañada de Gómez.

Vestía un pantalón oscuro, una remera amarilla. Su rostro había sido tapado con una chapa y su cuerpo con ramas y hojas secas. La autopsia reveló que había muerto por ahorcamiento.

El crimen había ocurrido cinco días antes, la noche del 10 de abril, cuando Rocha fue visto por última vez. Algunas personas que declararon en el juicio sostuvieron que la noche de ese día, el hombre había ido a una vivienda de su propiedad, ubicada en Atlántico 427 de esa misma ciudad, la misma que hacía un tiempo le había prestado a un matrimonio conocido: Clidia Guadalupe Gallo, una tarotista de 47 años, y Victor Hugo Saldaño, de 54.

Según la causa, la pareja se negaba a devolverle la vivienda a Rocha, y por eso el anciano había ido a reclamarla.

Al día siguiente, Rocha se ausentó en sus dos trabajos: el que tenía en la escuela municipal Estación Ferroviaria y en una bicicletería que tenía como cuentapropista.
Cuando el cadáver apareció, las sospechas apuntaron al matrimonio y una serie de elementos colectados durante la investigación lo complicó aún más: un llamado telefónico que la víctima había mantenido desde la escuela con el celular de Gallo; los rastros que perros adiestrados hallaron en la vivienda y el auto de los sospechosos, y los lentes de la víctima que fueron encontrados por la Policía durante un allanamiento en su domicilio.

Fueron esto elementos los que llevaron al juez de Instrucción de Casilda a procesar a los sospechosos, y al juez de Sentencia de Rosario, Ismael Manfrín, a condenarlos como coautores del crimen de Rocha a la pena de doce años de prisión más accesorias legales y costas en marzo pasado.

Sin embargo, la defensora de los acusados Estrella Galán, apeló el fallo al entender que debían ser absueltos ya que las pruebas no eran suficientes para condenarlos o que, subsidiariamente, se les debía otorgar el mínimo de la pena para ese delito, ya que no contaban con ningún tipo de antecedentes penales. Por su parte, el fiscal de Cámara, Guillermo Camporini, solicitó que se confirmara la condena impuesta.

Tras revisar el caso, los camaristas Georgina De Petris, Alfredo Ivaldi Artacho y Carlos Carbone entendieron que los elementos reunidos en la causa eran suficientes para condenar al matrimonio –ahora separado–, aunque ante la falta de antecedentes de ambos resolvieron reducir la pena impuesta a la de 9 años de prisión más accesorias legales y costas.

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