Ciudad

Reabren investigación sobre los bienes de un comisario

La Cámara Penal revocó el sobreseimiento que recibió ex jefe de la Agrupación Unidades Especiales.

La Cámara Penalrevocó el sobreseimiento dictado a un ex jefe policial en una causa de enriquecimiento ilícito y reclamó que se amplíe la investigación sobre el incremento que al parecer se dio en su patrimonio. La instrucción se había iniciado en 2008 luego de una investigación dela Direcciónde Asuntos Internos, cuyo puntapié inicial lo dio la agrupación Apropol, quien denunció el hecho enla Justicia. Elex funcionario había logrado un sobreseimiento por parte de la jueza de Instrucción de la 10ª Nominación, pero la fiscalía apeló la disposición al entender que el pronunciamiento de la magistrada era prematuro, ya que se habían solicitado  medidas probatorias que no fueron producidas. Esta semana se conoció quela Sala IVdela Cámara Penalrevocó el sobreseimiento al entender quela Convención Interamericanacontrala Corrupcióna la que adhirió el Estado argentino obliga al país a asegurar la eficacia de las medidas y acciones tendientes a sancionar los actos de corrupción y dispuso la continuidad de la investigación sobre el ex titular dela Agrupación UnidadesEspeciales dela Unidad RegionalII.

La pesquisa se inició con una denuncia de Apropol (Asociación Profesional Policial) en los Tribunales provinciales que derivó en una larga investigación por parte dela Dirección Provincialde Asuntos Internos.

A mediados de agosto de 2004, la agrupación sindical policial no reconocida adjudicó al comisario mayor retirado Hugo Giuliano una cantidad de bienes que en principio no tendrían correlato con sus ingresos, entre ellos pisos en pleno centro de la ciudad y más de media docena de cuentas bancarias en cuatro entidades. El hombre que prestó servicios en la fuerza desde el año 1975 hasta 2009 comenzó a ser investigado por Asuntos Internos en  2004 y cuatro años después la investigación se judicializó.

La causa penal quedó en manos del Juzgado de Instrucción de la 10ª Nominación, donde fue imputado de “enriquecimiento apreciable e injustificado sobre su patrimonio o de terceros, que no se corresponde con la situación económica que detentaba al ingresar a la fuerza ni estaba de acuerdo con sus posibilidades económicas ulteriores en relación a su sueldo de empleado policial u otros ingresos de origen lícito que haya podido percibir”.

Luego de varios años el comisario retirado fue beneficiado por la falta de mérito que en octubre de 2011 la jueza Patricia Bilotta convirtió en sobreseimiento, resolución que fue impugnada por el Ministerio Fiscal. En la apelación, la fiscalía sostuvo que la jueza negó la producción de algunas medidas probatorias propuestas por su parte, que luego del dictado de falta de mérito no se realizó ninguna diligencia investigativa, que la demora en la tramitación de la causa no le resulta imputable a su parte y que el artículo 208 del Código Procesal Penal –que refiere a los plazos que debe durar la instrucción– no puede constituirse como una prescripción anticipada, por lo que solicitó la revocación de la decisión judicial.

A su turnola Sala IVdela Cámara Penalsostuvo que “el plazo razonable” de una instrucción tiene tres aspectos: la complejidad del asunto, la actividad procesal del interesado y la conducta de las autoridades judiciales. A su vez los camaristas explicaron que la provincia al fijar un límite temporal –a la instrucción–, brinda mayor garantía a la duración del sometimiento del imputado al proceso penal que las convenciones internacionales en la materia.

Ello desbalancearía virtualmente el marco de las obligaciones asumidas internacionalmente por el país y, a raíz de esta extensión, no se estaría dando cumplimiento a otras convenciones asumidas en la lucha contra la corrupción comola Convención Interamericanacontrala Corrupción. Inclusolos camaristas citaronla Constitución Nacionalque reputa el enriquecimiento ilícito como un atentado grave al sistema democrático.

Los magistrados entendieron que la interpretación del derecho interno no debe transformarse en un obstáculo para la iniciación, desarrollo o conclusión de los procesos penales respecto a personas involucradas en delitos como los que en este caso se investigan. Y resolvieron revocar el sobreseimiento dictado al ex funcionario policial por lo que seguirá la investigación en su contra.

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