El estado de libertad de una persona no depende sólo de la resolución de un juez. En Rosario también suele estar sujeto a los tiempos del Servicio Penitenciario provincial, al funcionamiento de teléfonos y a que estos sean atendidos por funcionarios del Poder Judicial. Estas irregularidades que se repiten a diario, y retienen en prisión durante horas y hasta días a quienes recibieron la libertad, derivaron el domingo pasado en un pedido de habeas corpus presentado por el Servicio Público de la Defensa en representación de dos jóvenes de 18 y 19 años que permanecieron en prisión 36 y 48 horas después de que un magistrado ordenara su excarcelación.
Hacía meses que Omar Y., de 18 años, y Matías M., de 19, estaban detenidos hasta que el pasado viernes al mediodía firmaron un juicio abreviado ante el juez Gonzalo López Quintana, quien ordenó la inmediata libertad de ambos. Al día siguiente, la defensora pública Maricel Palais, que los había representado, fue contactada por la madre de uno de los jóvenes que le advertía que no había llegado a su casa. Al realizar las averiguaciones correspondientes se enteró que ambos seguían tras las rejas por motivos cuanto menos irregulares: “Esto funciona así. Siempre es así”, le dijeron para explicarle que antes de liberar a una persona se debe verificar si tiene causas anteriores, trámite que no habían podido realizar el día viernes, y que tampoco podrían hacer durante el fin de semana porque el tribunal estaba cerrado y los teléfonos de turno de los juzgados de Menores apagados.
Reclamo
Palais presentó de inmediato un pedido de habeas corpus que derivó en una audiencia el domingo pasado, presidida por el juez penal Juan Carlos Curto, quien resolvió no sólo liberar a un muchacho que debía haber sido excarcelado el viernes anterior —y que llegó esposado a los Tribunales—, sino también condenar con costas al Servicio Penitenciario y poner en conocimiento de lo ocurrido a la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe para que analice la responsabilidad administrativa de los juzgados de Menores por su omisión de responder los teléfonos celulares de turno durante el fin de semana, que se encontraban apagados en un cajón de la dependencia policial ubicada en la planta baja de Tribunales provinciales.
En esa audiencia, la fiscal Silvia Castelli informó que el Servicio Penitenciario provincial “siempre trabaja así y no cumple con órdenes de libertad hasta tanto se chequeen los antecedentes”. Al respecto, el Servicio Público de la Defensa dijo que evaluará presentar una denuncia para que se investigue la responsabilidad penal que le cabe a funcionarios del Servicio Penitenciario y del fuero de Menores por la probable comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad y/o desobediencia y/o incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Es que una de las explicaciones brindadas por funcionarios del Servicio Penitenciario durante la audiencia de habeas corpus fue que uno de los jóvenes tenía un pedido de captura del año 2013 solicitado por el Juzgado de Menores de la 3ª Nominación. No obstante, esa información fue manifestada oralmente en la audiencia ya que no se acompañó ningún informe escrito que la fundamentara. Al mismo tiempo, se esgrimió que la vigencia de esa captura no pudo ser consultada porque los teléfonos de turno del fuero de Menores no eran respondidos y por dicha razón no se cumplió la orden de libertad expedida por el juez López Quintana.
La defensoría dijo que la irregularidad fue doble ya que el joven no contaba con ninguna captura activa y, de haberla tenido, debería haberse plasmado en el juicio abreviado alcanzado el viernes.
Abstracto
Pese a que estuvo 36 horas detenido de forma irregular, el juez Curto declaró abstracta la presentación de Matías M., porque recuperó la libertad dictada el viernes al mediodía alrededor de las 22 del sábado. Y ordenó la inmediata libertad de Omar Y., quien el domingo llegó esposado a los Tribunales y se fue de inmediato en libertad.
También impuso las costas al Servicio Penitenciario y ordenó que en casos futuros dicha administración se comunique directamente con los jueces penales del nuevo sistema, disponibles todos los días a cualquier hora. Por último dispuso poner en conocimiento de la Corte lo evidenciado respecto del desempeño de la Justicia de Menores.
¿Inmediatez?
Las personas que llegan detenidas a Tribunales y salen en estado de libertad por orden de un juez suelen seguir tras las rejas largas horas hasta que se termine un trámite de averiguación de antecedentes. La mayoría de las veces el trámite tiene una demora irracional. El derecho de la libertad se ve vulnerado por prácticas que no son legales pero están institucionalizadas. “Debería ser inmediato. Se tendrían que ir caminando después de que el juez lo ordena. Pero los vuelven a encerrar. No importa a qué hora queden libres. Hasta las siete de la tarde, nunca sale nadie”, dijeron desde la Defensoría Pública.
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