Policiales

Violencia Institucional

Policías condenados por dispararle a un hombre y simular ataque para cubrirse

En 2014 acudieron a un llamado del 911 e hirieron con una escopeta antitumultos a la víctima: no sólo no la asistieron sino que también falsearon el acta diciendo que el disparo se debió a que el herido los atacó con una cuchilla. El juez redujo las penas solicitadas por la Fiscalía


Tres policías del Comando Radioeléctrico de Santo Tomé fueron condenados este martes a penas que van desde los tres años hasta dos años y medio de prisión condicional en los Tribunales de Santa Fe. Los tres uniformados llegaron a juicio oral acusados de participar en 2014 de un operativo donde uno de ellos le disparó por accidente con una escopeta antitumultos a un hombre, lo dejaron con una grave herida en el muslo y luego falsearon el acta y plantaron un cuchillo para cubrirse. La Fiscalía había solicitado 4 años de prisión para mujer policía y uno de sus colegas y cinco años para el autor del disparo. En ese marco, el juez Sergio Carraro desestimó la acusación por lesiones graves culposas achacadas por la acusación al tirador y bajó el monto de penas de los acusados.

Los fiscales del caso, Milagros Parodi y Ezequiel Hernández, describieron en su acusación que el hecho ocurrió en la primera hora del domingo 13 de 2014 cuando los acusados estaban en una móvil del Comando Radioeléctrico y respondieron a un llamado del 911 por un alerta realizada por un vecino al 911 en una vivienda de Maipú al 2700 de Santo Tomé.

“Durante el procedimiento, la víctima solicitó la presencia de personal policial femenino para que realizaran el chequeo de su hermana, momento en el cual el policía Rubén Darío Bustos, de 34 años, le disparó accidentalmente con una escopeta con cartuchos antitumulto, provocándole una lesión grave en su muslo izquierdo”, describió la fiscal Parodi para agregar que la mujer policía, identificada como Clara Rocío Eva Camero, vio que había una persona herida, al igual que su colega Rodrigo Federico Salva, de 36.

“No obstante, ninguno de los tres acusados realizó la denuncia pertinente y se retiraron del lugar sin brindar ayuda a la víctima”, contó la funcionaria.

No conformes con esta situación, los tres policías continuaron con el ardid, siempre según la acusación, y “una hora después del procedimiento policial, suscribieron, rubricaron y sostuvieron una versión falsa del hecho”. La fiscal describió que en el acta dejaron asentados que la víctima se había acercado Bustos con una cuchilla y le intentó dar un puntazo, motivo por el cual este acusado disparó con su arma para que la víctima cesara su accionar.

“Los tres acusados omitieron mencionar en el acta que había una persona herida a causa del disparo efectuado por Bustos, que todos se retiraron del lugar y luego le hicieron insertar al personal policial de turno en el servicio del Comando Radioeléctrico que se hacía entrega de un cuchillo, manifestando falsamente que el mismo había sido producto de un secuestro en el lugar del hecho”, concluyó la fiscal en su acusación.

Luego, Salva y Camero quedaron imputados como coautores de los delitos de incumplimiento de deberes de funcionario público y encubrimiento agravado (por tratarse de un funcionario público).

En lo que respecta a Bustos, el autor del disparo, llegó al juicio oral imputado por los delitos de lesiones graves culposas e incumplimiento de deberes de funcionario público. Además, a los tres se le achacó el delito de falsedad ideológica de instrumento público.

En sus alegatos, los fiscales solicitarán cuatro años de prisión para Salva y para Camero y cinco años para Bustos. Además, pedirán la inhabilitación de las tres personas por el mismo tiempo que la condena.

La sentencia

Luego de escuchar a las partes, el magistrado Sergio Carraro condenó a Bustos a tres años de prisión de ejecución condicional como autor penalmente responsable de los delitos de falsedad ideológica de instrumento público e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Por su parte, a Salva y a Camero les impuso dos años y seis meses de prisión a cada uno, como autores penalmente responsables de los delitos de falsedad ideológica de instrumento público, encubrimiento agravado (por favorecimiento personal y por omisión de denuncia en ocasión de sus funciones) e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

En su sentencia, el juez Carraro resolvió absolver a Bustos como autor de lesiones graves culposas, delito que también le había atribuido la Fiscalía. Además, para los tres condenados ordenó la inhabilitación absoluta para ocupar cargos públicos por el tiempo de sus respectivas condenas y les impuso normas de conducta.

Tras escuchar el veredicto, la fiscal Parodi señaló que “desde la Fiscalía habíamos solicitado la aplicación de una pena de cinco años de prisión más inhabilitación para Bustos y de cuatro años para Salva y Camero. El delito de lesiones graves culposas atribuido a Bustos no fue acogido por el fallo, por lo que aguardaremos los fundamentos del juez para evaluar los pasos a seguir”.

Sin embargo, la funcionaria del Ministerio Público de la Acusación (MPA) dijo que estaban conformes. “Entendemos que la resolución del juez es un mensaje para toda la sociedad acerca de la importancia que tiene que la policía se desempeñe correctamente en sus funciones”, remarcó la fiscal.

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