Edición Impresa

Pidieron la absolución de los dos ex agentes civiles

Ésa fue la solicitud de las defensas de los represores Eduardo Tucu Constanzo y Walter Dionisio Pagano.

Lucía Demarchi

Los alegatos de las defensas en el juicio por las causas Quinta de Funes y Fábrica de Armas continuaron ayer en los Tribunales Federales de Rosario. El abogado de Eduardo Constanzo, Germán Artola, concluyó su exposición pasado el mediodía, pidiendo el sobreseimiento del imputado, su absolución o, en caso de que los jueces decidan condenarlo, una reducción de la pena y prisión domiciliaria debido a su estado de salud. Según el abogado, el Tucu Constanzo“debe ser un ejemplo para que se ponga fin al pacto de silencio” que rige entre todos los que participaron en la última dictadura. Luego fue el turno de la defensa del otro integrante del personal civil de inteligencia juzgado, Walter Dionisio Pagano, para quien también se pidió la absolución.

La audiencia de ayer comenzó cerca de las 10.30, en la sala del Tribunal Oral Federal Nº 1 de Rosario. Germán Artola, el abogado defensor de Eduardo Constanzo, continuó con la exposición de su alegato, que anteayer había quedado inconcluso por falta de tiempo.

Durante cerca de tres horas, el letrado desarrolló la última parte de sus consideraciones, después de que anteayer remarcara que su pupilo debía ser sobreseído por las leyes –ya derogadas– de obediencia debida y punto final.

Ayer Artola explicó que, de no dictarse su sobreseimiento o absolución, la pena a prisión perpetua solicitada por la Fiscalía y las querellas era excesiva. Esto, al entender que Constanzo brindó datos fundamentales para la resolución de éste y otros casos vinculados a delitos de lesa humanidad durante la última dictadura militar en Rosario y sus alrededores.

“Todas las partes utilizaron su testimonio para elaborar sus hipótesis”, remarcó el letrado, quien agregó que gracias a los datos se conoció el destino de muchas personas que hoy permanecen desaparecidas, la hija de dos militantes recuperó su identidad, y se procesó y se encarceló a muchos partícipes y colaboradores de delitos.

Según explicó Artola, el Código Penal establece en el artículo 41º que aquellos que “proporcionen información que permita conocer el lugar donde la víctima se encuentra privada de su libertad, o la identidad de otros partícipes o encubridores del hecho, o cualquier otro dato que posibilite su esclarecimiento”, serán beneficiarios de una reducción de la condena.

En este mismo sentido, el abogado remarcó que, en caso de que Constanzo fuera condenado, se le permita mantener su beneficio de prisión domiciliaria –otorgada en 2005, cuando el imputado cumplió 70 años–, ya que su edad es avanzada y su estado de salud es delicado.

Constanzo “debe ser un ejemplo para que se ponga fin al pacto de silencio” que hay entre los militares y civiles que participaron de la última dictadura. “Estos delitos fueron pergeñados para la oscuridad, y sólo de su vientre se podrá ver la luz”, agregó.

“No cometan el error de pensar sólo si Constanzo merece una reducción de la pena. Deben considerarlo como un mero instrumento para saber el destino de los desaparecidos. Si no se sabe, estos crímenes quedarán impunes para siempre”, remarcó Artola.

Luego del receso del mediodía, fue el turno de la defensa del otro ex agente civil de inteligencia, Walter Dionisio Pagano.

Durante casi tres horas, el abogado Nicolás Foppiano intentó refutar los relatos que en forma previa y durante el juicio hizo el Tucu Constanzo en contra de Pagano y también hicieron hincapié en el papel que tuvieron los medios de prensa (principalmente escritos) al publicar en distintas oportunidades la foto y el nombre de Pagano y de los otros cuatro imputados. Hecho que, según la defensa, influenció a los testigos. “Casi todas las personas tienen una cuestión sentimental, un insoslayable y natural vínculo con lo que pasó y la necesidad de encontrar culpables”, remarcó la defensa.

Finalmente, Foppiano pidió a los integrantes del Tribunal que consideren que, en caso de hacer lugar al pedido de las querellas y condenar a su defendido a reclusión perpetua, éste tendrá que “estar  hasta el fin de su vida privado de su libertad”.

Mencionando un fallo del juez de la Suprema Corte Eduardo Zaffaroni, Foppiano argumentó: “Nunca una pena puede llegar al fin de la vida de un imputado, ya que ella equivale a la pena de muerte”, por lo que solicitó su absolución.

Comentarios