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Beneficiados en la mira

Piden saber cuántos inmuebles están exentos del API

El diputado provincial del Partido Progreso Social (PPS), Héctor Cavallero pidió al Gobierno de Santa Fe un informe sobre los titulares de inmuebles que están exentos en la provincia. Pretende cambiar el regimen. Conocé cómo


Cavallero pidió al gobierno un informe sobre los titulares de inmuebles que están exentos.

El diputado provincial del Partido Progreso Social (PPS), Héctor Cavallero pidió al gobierno de Santa Fe un informe sobre los titulares de inmuebles que están exentos en la provincia. La solicitud se da a días de que El Ciudadano publicó un artículo sobre cómo los inmuebles de instituciones religiosas no pagaban el inmobiliario. “Necesitamos contar con datos precisos sobre esta cuestión, a fin de analizar su incidencia en el presupuesto provincial y la eventual posibilidad de restringir esta exención impositiva”, argumentó Cavallero.

La idea del legislador es cambiar el régimen y que la exención solo sea justificada para hospitales, asilos, colegios y escuelas, bibliotecas, universidades populares, institutos de investigaciones científicas, salas de primeros auxilios, puestos de sanidad, “siempre que los servicios que presten sean absolutamente gratuitos y destinados al público en general y que dichos inmuebles sean de propiedad de las instituciones ocupantes o cedidas a las mismas a título gratuito”. También que sea para los colegios y escuelas cuyos servicios no sean absolutamente gratuitos, cuando impartan a un mínimo del veinticinco por ciento (25%) de su alumnado, enseñanza gratuita indiscriminada y en común con los demás alumnos. Por último, suma a las instituciones benéficas o filantrópicas, como así los que constituyan su patrimonio aun cuando produzcan rentas siempre que la utilidad obtenida se destine a fines de asistencia social.

“En los inmuebles de las entidades religiosas, deportivas, asociaciones, entre otras, la situación es totalmente distinta. No se trata aquí de una exención fundada en razón de un servicio público que se brinda gratuitamente en el inmueble en sustitución o complemento del servicio que debe otorgar el estado provincial”, señaló Cavallero y completó: “La exención del pago de impuesto inmobiliario basada en el solo hecho de que el titular del inmueble sea una institución religiosa, deportiva o de otra índole, resulta carente de justicia social.  Muchas de esas propiedades exentas son lotes baldíos, o inmuebles de importantísimo valor inmobiliario que si cumplen alguna función lo es sólo en beneficio de sus asociados, sus fieles o miembros y no de la comunidad toda”.

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