Política

Terapia complementaria

Piden modificar la ley que regula los tratamientos mediante equinoterapia

La diputada provincial de la UCR, Silvana Di Stéfano, propone que la cobertura médica de la terapia que emplea al caballo en la atención y rehabilitación física de personas con discapacidad sea obligatoria, para que los pacientes y familiares no tengan que deambular para su autorización


La diputada provincial de la Unión Cívica Radical (UCR), Silvana Di Stéfano presentó un proyecto de modificación del artículo 10 de la ley que regula los tratamientos mediante equinoterapia, y solicitó al Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (Iapos) que cubra a sus afiliados estos tratamientos.

“Cabe recordar que la Ley 13.689 (que regula la equinoterapia como actividad terapéutica de habilitación y rehabilitación para personas con discapacidad), se trató y se probó en el año 2017 pero al ser sancionada se vetó una parte, quitándole la cobertura obligatoria para los afiliados de la obra social de la provincia”, señaló Di Stefano.

“Lo que proponemos es una modificación para volver a incorporar esa obligatoriedad. La provincia de Santa Fe es un ejemplo en salud, y la cobertura de este tratamiento no hace más que hacer justicia a esa política pública y llevar tranquilidad a muchas familias que tienen la necesidad de hacer uso de esta terapia”, señaló la diputada de la UCR.

Actualmente, la ley contempla que el Ministerio de Salud determinará, en base a la evidencia científica respecto a la efectividad en el tratamiento para personas con discapacidad, su incorporación como prestación, y el alcance de su cobertura, tanto en el sector público de salud, como en el Iapos y las Cajas Profesionales que desarrollen actividades en la provincia.

“Tal como está hoy redactada, la ley obliga a los pacientes a esperar que se los habilite y a los familiares a deambular de acá para allá, entre trámites burocráticos, para obtener la autorización para el tratamiento, y eso no está bien”, enfatizó la diputada.

Uno de los fundamentos del veto parcial que se ejecutó tras su sanción, es que, si bien la equinoterapia como actividad está reconocida, no existe en la actualidad evidencia científica suficiente que demuestre que la misma comporte una terapia eficaz para el tratamiento de discapacidades.

Mejor calidad de vida

En este sentido, Di Stéfano señaló que se trata de “una terapia complementaria a las ya existentes que mejora la calidad de vida de las personas y puede ser útil en casos de discapacidad no sólo intelectual, sino también motora o en personas que han sufrido un accidente cardiovascular, entre otras patologías. La modificación que proponemos es reparadora y viene a poner un plus de calidad en las familias que atraviesan por esos trances”, concluyó.

Cabe destacar, que la ley nunca fue reglamentada, pese a que en la mayoría de sus artículos se estipulan modalidades a establecer por vía reglamentaria. La equinoterapia es un “método terapéutico y educacional”, basado en la fisioterapia neurofisiológica, que emplea el caballo dentro de un abordaje interdisciplinar en la atención y la rehabilitación física, educativa, psicológica, cognitiva, conductual y emocional de las personas que la practican.

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