Policiales

Hermanos Lanatta y Schillaci

Piden condenas hasta 12 años para autores de triple crimen

Un fiscal solicitó que se condene a Christian y Martín Lanatta y a Víctor Schillaci a penas de entre 10 y 12 años de cárcel por distintos delitos que cometieron en la provincia de Santa Fe durante la fuga que protagonizaron a fines de 2016 tras escapar del penal bonaerense de General Alvear


Un fiscal federal pidió este martes penas de entre 10 y 12 años de prisión para los hermanos Martín y Christian Lanatta y para Víctor Schillaci por los delitos que cometieron en Santa Fe tras su fuga del penal de la localidad bonaerense de General Alvear a fines del 2015, donde cumplían condena por el denominado triple crimen de General Rodríguez.

La solicitud fue realizada por el fiscal Martín Suárez Faisal ante el Tribunal Oral Federal (TOF) 1 que reclamó 12 años de cumplimiento efectivo para Martín Lanatta, al acusarlo de “lesiones graves dolosas, agravadas por haber sido causadas para conseguir impunidad y contra un miembro de fuerzas de seguridad, con atentado a la autoridad agravado por el uso de armas, y resistencia a la autoridad, además de robo y daño”.

El fiscal valoró la herida de fusil que le causó Lanatta al comandante José María Valdez, de Gendarmería Nacional, en un enfrentamiento ocurrido el 7 de enero de 2016 en cercanías a la localidad santafesina de San Carlos, a 10 días de haberse fugado del penal.

El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó además 10 años de prisión de cumplimiento efectivo para Christian Lanatta y Víctor Schillaci, como autores de “atentado y resistencia a la autoridad agravado por el uso de armas, robo y daño doblemente agravado”.

Suárez Faisal mencionó como agravante la condena a prisión perpetua de los tres imputados por el triple crimen de Sebastián Forza, Damián Ferrón y Leopoldo Bina, hallados asesinados a balazos en agosto de 2008 en General Rodríguez.

Por su parte, Julio Agnoli, el defensor oficial de los tres imputados, que siguieron la audiencia desde el penal de Ezeiza, solicitó que sus asistidos sean absueltos, basándose en la aplicación del “estado de necesidad exculpante”, ya que en su visión los Lanatta y Schillaci “o se fugaban o morían en el penal”.

Agnoli también planteó que los entonces prófugos cometieron los hechos con el solo fin de proseguir la fuga, y que la herida que recibió el comandante Valdez fue de carácter leve, ya que estuvo internado un solo día y volvió a trabajar a los 21 días.

Antes de los alegatos del fiscal y de la defensa, los hermanos Lanatta brindaron su declaración indagatoria, en tanto Schillaci hizo uso de su derecho a no hacerlo.

Martín Lanatta dijo que le disparó a Valdez “como última instancia, en el lugar donde le causaría menos daño, con la intención de desarmarlo (de la pistola que portaba)”, ya que estaban acercándose grupos especiales de Gendarmería.

“Se reconoce su valentía, pero no depuso su actitud”, expresó Martín Lanatta, quien añadió que si se enfrentaban con el grupo especial que se venía acercando al lugar donde ellos estaban “ahí iba a haber derramamiento de sangre”.

Por su parte, Christian Lanatta basó su breve alocución en el hecho de que hubo irregularidades, como por ejemplo que apareció una conservadora en la Citroën Berlingo en la que escaparon en primer término, cuando ellos la arrojaron de una camioneta Volkswagen Amarok que utilizaron en forma posterior.

También aseguró que ellos evitaban todo contacto con las fuerzas de seguridad porque no les querían hacer daño, y en cambio, remarcó: “Cuando ellos nos veían, nos disparaban”.

Respecto del requerimiento de elevación a juicio, el fiscal Suárez Faisal sostuvo la postura acusatoria, aunque cambió algunas calificaciones, entre las que se destacó la supresión del homicidio en grado de tentativa contra el comandante Valdez, reemplazada por la figura de lesiones graves dolosas.

La presidenta del TOF, María Ivón Vella, convocó a las partes para el martes 20 de noviembre a una audiencia en la que los imputados podrán decir sus últimas palabras en el proceso y posteriormente se leerá el veredicto.

El 27 de diciembre de 2015, los tres condenados se fugaron del penal bonaerense de General Alvear a bordo de un Fiat 128 y con un guardiacárcel como rehén al que abandonaron ileso a las pocas cuadras.

Luego huyeron en una camioneta hacia el sur del conurbano bonaerense, pero finalmente escaparon hacia la provincia de Santa Fe, donde fueron detenidos tras una serie de procedimientos de las fuerzas de seguridad en la localidad de Cayastá y sus alrededores.

Antes, en la localidad bonaerense de Ranchos, dispararon contra dos policías que intentaron detenerlos, pero aún no se realizó el juicio por ese hecho.

También deberán afrontar otro juicio oral por tres casos de privación ilegítima de la libertad y robos que estará a cargo de la justicia ordinaria de Santa Fe.

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