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Piden 20 años por crimen

Lo reclamó la fiscalía para el agente del Servicio Penitenciario acusado de matar de un tiro a un pibe de 15 años en mayo de 2010. La defensa quiere la pena mínima. El fallo se conocerá mañana.

En la segunda audiencia del juicio oral que se sigue contra un agente penitenciario y un policía por la muerte del adolescente Brian López ayer se concluyó con la etapa probatoria y las partes brindaron sus alegatos de clausura. Los defensores pidieron la pena mínima para el penitenciario Julio Vanucci (confeso asesino de López) y la absolución de Alan Colasso, sobre quien pesaba la acusación de encubrimiento e incumplimiento de función pública. Mientras que la fiscalía exigió a los magistrados que el matador sea condenado a 20 años de prisión y que el agente sea sancionado con una multa en dinero y cinco años de inhabilitación para ejercer como policía. El fallo se conocerá mañana.

Durante la mañana declararon ante el Tribunal, compuesto por Carlos Carbone (presidente), Julio Kesuani y Edgardo Fertitta, cuatro testigos. Entre ellos el policía Gustavo Colombo que realizó una pericia balística a las armas secuestradas y la reconstrucción integral del caso. El uniformado explicó que salvo la declaración de Vanucci, no se pudo comprobar fehacientemente que la víctima al momento de recibir el disparo haya estado portando un arma de fuego, aunque ante una pregunta de la defensa sostuvo que no puede afirmar ni negar que López haya estado armado.

Colombo explicó que realizó una medida ordenada por el juez en el lugar del hecho con la presencia de un declarante en la causa para medir la distancia entre la vaina hallada por el testigo y el lugar donde cayó la victima. La medición determinó que fueron entre 12 o 13 metros. A su vez explicó que no se pudo determinar la intención del tirador al efectuar un disparo a un blanco en movimiento a esa distancia. “No se puede determinar con los elementos del expediente si disparó al blanco, si se escapó el tiro o si fue un disparo intimidatorio, solo el tirador lo puede saber”, sostuvo.

Luego fue el turno del médico forense Raúl Rodríguez, quien se refirió al impacto de bala que recibió la víctima. El profesional refirió que al momento del impacto López se encontraba de espaldas al tirador con el cuerpo en movimiento y explicó que la víctima estaba levemente inclinada hacia delante con la cabeza levemente girada hacia la izquierda y el proyectil ingresó por la zona baja de la cabeza y salió por el maxilar inferior derecho.

Posteriormente, expuso el perito psicólogo que realizó un informe sobre Vanucci. El especialista dijo que realizó tres entrevistas y sostuvo que el imputado tiene un tipo de personalidad donde aparecen algunos conflictos interpersonales y le cuesta adaptarse a algunas normas, aunque sostuvo que durante las entrevistas no ocultó cosas. “Pienso que no mintió”, refirió. Y agregó que Vanucci puede presentar actos de violencia cuando se siente intimidado en su integridad física o la de sus seres queridos. Y concluyó diciendo que si bien el acusado tiene antecedentes de violencia, estos fueron en interacción con otros y no estima que el acusado sea violento o agresivo por naturaleza.

Por ultimo expuso la comisario principal Adriana Santur, que está a cargo de los legajos de los policías. La funcionaria refirió que Colasso se encontraba con licencia médica desde el 6 de mayo de 2010 y que la misma se renovó el 10 de mayo por 15 días.

Por la tarde comenzó la ronda de alegatos. En primer lugar tuvo la palabra Esteban Franicevich, por parte de la fiscalía. Éste dividió en dos partes su fundamentación. En primer lugar se refirió a la condena que él consideraba que le correspondía a Julio Vanucci; señalando que el ilícito fue más parecido a “una cacería” que a un exceso de legítima defensa (como señalaban los defensores). “Vanucci es un hombre grande que actuó sobre un niño; dice que mata para defenderse, pero en ningún momento existió una agresión. Brian corrió por miedo, y vaya si tenía razón, en ningún momento estuvo armado. El imputado es un hombre que conoce de armas, un entendido, que le disparó en la nuca a un joven que nada le había hecho”, sostuvo.

Franicevich concluyó la primera parte de su exposición solicitando que, por el homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, se le otorgue al imputado 20 años de prisión y 23 de inhabilitación para ocupar un cargo público.

Acto seguido se refirió a la situación de Alan Colasso. Comenzó recordando que está imputado de encubrimiento e incumplimiento de función pública y señaló que por el primero de los cargos no haría alusión debido a que no tiene validez por haber un parentesco entre los imputados. “Julio es el tío de Alan y legalmente no se le puede achacar nada” impactó.

Pero en relación la segunda imputación, fue tajante: “Colasso no cumplió con su deber. No se ocupó de la salud de Brian, ni del arresto de Vanucci, ni de recoger pruebas, ni de elaborar un acta. El agente se fue con su tío en lugar de buscar ayuda para un nene que se moría”, apuntó el fiscal, quien pidió para Vanucci 5 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos y $10.000 de multa.

Posteriormente tomó la palabra el defensor de Vanucci, Luis Tomasevich, quien señaló que su representado no tuvo intención de asesinar a López. “Julio realizó disparos intimidatorios al aire, que circunstancialmente impactaron en el joven. Vanucci no tiene práctica de tiro y, debido a la distancia en la que se encontraba, de haber querido lo más probable era que no lo lograra”, sostuvo el abogado, quien solicitó que se le otorgue al matador la pena mínima, por entender que se trató de un exceso de legítima defensa.

Por último, habló la defensa de Colasso, ejercida por los abogados Eduardo Campisciano y Sebastián Pietrani, quienes señalaron la diferencia penal entre funcionario y empleado público, entendiendo que “no cualquier empleado público puede ser considerado funcionario. No es lo mismo un cargo jerárquico que uno raso. Colasso no es capaz de dirigir un operativo o realizar el cuidado de las pruebas. En su función solo está autorizado a cumplir órdenes”, indicaron.

Tras esto, señalaron que su defendido se fue del lugar del asesinato porque corría riesgo de vida debido a que los vecinos comenzaron a apedrearlo tanto a él como a su tío, e hizo una valoración sobre la “inestabilidad de la zona donde ocurrió el hecho”. En relación a la sentencia pidió que Alan sea absuelto de culpa y cargo.

Pelea fatal en zona oeste

El homicidio de Brian se produjo el 14 de mayo de 2010 en Biedma y pasaje 1870. Esa tarde la madre de uno de los acusados (Colasso) y un vecino discutieron porque el hombre levantó un parrillero en la vereda.

Cuando se producía el altercado, el hermano de la mujer (Vanucci), que es agente penitenciario, llegó y se involucró en la discusión, aunque todo se desbandó cuando un grupo de chicos que se encontraba enfrente cruzó a comprar una gaseosa. Aparentemente a partir de unos dichos de los jóvenes, Vanucci comenzó a correrlos y argumentó que Brian López, de 16 años, le apuntó con un arma que percutó en dos oportunidades, sin que salieran proyectiles, por lo que realizó  un tiro intimidatorio que le dio al menor en la parte posterior de la cabeza y le produjo la muerte.

Pero testigos del hecho afirmaron que el chico no estaba armado cuando el penitenciario lo corrió y que el, dijo disparo no fue al aire. La sentencia será dada a conocer mañana a las 18.

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