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Pasará 8 años preso por un homicidio

La víctima fue apuñalada hace dos años en una vivienda de barrio Ludueña.

Un joven fue condenado a ocho años de prisión tras ser encontrado culpable del homicidio de Gonzalo Víctor Karpf, asesinado de un puntazo en el pecho en abril de 2007. Además, el condenado deberá pagar 140 mil pesos en concepto de daño material y moral. Sin embargo, la defensa del imputado apeló el fallo, por lo que se espera la resolución de la Cámara.

Felipe Salvador M., hoy de 22 años, fue condenado a 8 años de prisión por el Juzgado de Sentencia Nº 5, al ser encontrado culpable de un homicidio ocurrido en barrio Ludueña la noche del 1º de abril de 2007.

La víctima de este episodio fue Gonzalo Víctor Karpf, de 20 años. Según se desprende del fallo, todo se inició cerca de las 23, en un terreno que hace las veces de una cancha de fútbol barrial, ubicado en Solís y Pasaje 1.

De acuerdo con la investigación, allí se desató una pelea entre Héctor Sebastián C., alias Cachito, y Alejandro R.. Éste último habría salido corriendo a encerrarse en la casa de su suegra, ubicada en pasaje 1 al 2900.

Según relató a los pesquisas una testigo, “Cachito empezó a patear la puerta”, y de repente salió de la casa Felipe M. (concuñado de Alejandro R.), corriendo con un cuchillo grande en la mano, se abalanzó sobre Karpf –amigo de Cachito– que estaba parado en el medio de la calle a mitad de cuadra mirando lo que pasaba, pero no había participado de la gresca, y le asestó una puñalada en el pecho.

Luego, Felipe M. salió corriendo con el arma en su mano, limpiándose la sangre en el pantalón, explicó la testigo.

En tanto, tras el ataque Karpf salió caminando tomándose el estómago y cayó a los pocos metros. Fue trasladado al hospital Carrasco, donde falleció a las pocas horas de ingresar, a causa de una herida cortante en el corazón.

Durante el proceso, la defensa del imputado adujo que Felipe M. había actuado en legítima defensa. Sin embargo, esta hipótesis fue rechazada por el juez, que consideró que “si bien existió una pelea, una vez adentro de la casa había cesado la eventual agresión”, y que “el único que increpaba para que Alejandro R. saliera de la casa era Cachito, por lo que la conducta de Felipe M. (hacia Karpf) es innecesaria”.

Tras la sentencia del magistrado, la defensa del imputado apeló el fallo, por lo que se espera la resolución de la Cámara al respecto.

La madre de Karpf se constituyó como actora civil dentro de la causa penal, y demandó a Felipe M. y a sus padres por daños materiales, morales y psicológicos. Es que la mujer consideró que como al momento del crimen el imputado tenía 20 años, aún era responsabilidad de sus padres, que tenían la patria potestad.

En este sentido, la madre de la víctima solicitó la suma de 534 mil pesos por todo concepto, argumentando que su hijo trabajaba en la construcción y era su único sostén económico. El juez Gustavo Alfredo Salvador rebajó los montos, y decidió que la mujer debía recibir 70 mil pesos por daño material y 70 mil pesos por daño moral, unificando este último con el psicológico.

Además, entendió que la obligación no se extiende a los padres del imputado, ya que al momento del hecho Felipe M. tenía 20 años, trabajaba con su padre como repartidor de bebidas, vivía en pareja, era padre de una niña de 3 años y estaba esperando un bebé, por lo que ya se había independizado de sus padres.

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