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Empresa concursada

Para la comisión legislativa de Vicentin existe “gravedad institucional” en el proceso concursal

Tras conocerse el dictamen del procurador de la Corte, Jorge Barraguirre, quien sugirió que el expediente del concurso por U$S1.350 millones vuelva al juez de la causa, Fabián Lorenzini, los legisladores de la comisión dijeron que no darán una opinión hasta que la Corte resuelva el caso


La comisión legislativa santafesina que sigue el concurso preventivo de Vicentin indicó este jueves que “existe gravedad institucional” en el proceso que está en manos de la Corte Suprema de Justicia provincial, que debe resolver si el expediente vuelve al juzgado que lo tramitó hasta ahora o le asigna uno nuevo.

Tras conocerse el dictamen del procurador de la Corte, Jorge Barraguirre, quien sugirió que el expediente del concurso por U$S1.350 millones vuelva al juez de la causa, Fabián Lorenzini, los legisladores de la comisión dijeron que no darán una opinión hasta que la Corte resuelva el caso.

Durante una conferencia de prensa brindada esta tarde en Rosario, el presidente de la comisión, el diputado justicialista Luis Rubeo, sostuvo que “el dictamen del procurador puede ser tomado o no en cuenta por la Corte, porque no es vinculante”.

“No nos parece oportuno emitir una opinión en función de un dictamen que no sabemos si va a ser tenido en cuenta”, abundó.

En junio pasado el presidente de la Corte provincial, Rafael Gutiérrez, firmó un decreto de “avocamiento” al expediente del concurso de Vicentin, homologable al “per saltum”, es decir, que se hizo del caso saltando instancias inferiores.

La decisión de Gutiérrez, que luego fue confirmada por el resto de los ministros del máximo tribunal santafesino, fue adoptada a raíz de la presentación de un acreedor (el Grupo Grassi) que pidió la intervención ante una serie de presuntas irregularidades por parte del juez Lorenzini.

Además, el decreto suspendió los plazos procesales del concurso, que quedó en suspenso y pone en riesgo la actual operatoria de la agroexportadora, que alquila sus instalaciones del puerto de San Lorenzo mediante contratos “a façón”, con cuyos ingresos solventa los salarios.

En su dictamen de la semana pasada, el procurador Barraguirre consideró que “no procede el avocamiento”.

“La pretensión en los términos en los que fue formulada, resulta asimilable al supuesto de per saltum no existente en nuestra provincia”, abundó el procurador, quien de todos modos se refirió a la necesidad de establecer controles externos al juzgado, entre ellos el de la comisión legislativa.

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