Ciudad

Millonaria mala praxis

La Municipalidad fue condenada a pagar 1.700.000 pesos por un paciente que murió en el Heca tras ser sometido a una operación de apendicitis.


La Municipalidad de Rosario fue condenada a pagar 1.700.000 pesos por un caso de mala praxis que derivó en la muerte de un paciente que fue atendido en el Hospital de Emergencias Clemente Álvarez (Heca).

Así lo resolvió el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 2, que hizo lugar a la demanda presentada por los familiares de Héctor Ismael Martínez, quien en 2003 falleció luego de ser intervenido quirúrgicamente por una apendicitis con peritonitis difusa en el Heca.

El hecho en cuestión se desencadenó a partir del 12 de junio de 2003, cuando Héctor Martínez realizó una consulta en el Hospital Roque Sáenz Peña, donde luego de recibir las primeras atenciones fue derivado al Heca. Allí fue sometido a una operación por un cuadro de apendicitis con peritonitis difusa: se le practicó una laparotomía exploradora, apendicetomía atípica con triple ligadura de la base de drenaje de absceso.

Cinco días después, Martínez recibió el alta médica cuando, según consta en el expediente judicial, “aún permanecía con temperatura, un cuadro clínico comprometido y siendo el paciente inmunodepresivo”.

El 19 de junio, el hombre regresó al Heca porque la fiebre no cedía, y además presentaba un cuadro con vómitos y dolores abdominales intensos. Fue atendido por médicos de guardia que le recetaron paracetamol y le realizaron una placa radiográfica de abdomen: a los familiares del paciente les comunicaron que los dolores eran propios del cuadro postoperatorio.

Unos días más tarde, el 25 del mismo mes, Martínez fue trasladado de urgencia al Heca y, de manera inmediata, lo sometieron a una operación. El cuadro era por demás de complicado: infección generalizada con compromiso de varios órganos vitales. Dos días después, el paciente falleció a raíz de un shock séptico que afectó órganos vitales y provocó una falla generalizada.

El tribunal consideró que “la medicina no es ciencia exacta, que pueden existir valoraciones diversas y cuestiones opinables resultando atendibles las discrepancias que resulten razonables”, pero subrayó que “sí es exigible la utilización de todos los medios adecuados para llegar al diagnóstico, debiendo agotarse, ante la duda, las prácticas y exámenes a tal fin”. Los jueces cuestionaron el hecho de que Martínez “no era un paciente nuevo, que recién ingresaba al nosocomio”, ya que “venía de una operación complicada seis días antes”, por lo que se preguntaron: “¿ el alta médica a los cinco días de operado, era conveniente?; y además, cuando volvió a los dos días de la misma, con fiebre y dolor,  ¿no es ingresado? Y además es ¿medicado con paracetamol?”.

En el fallo, el tribunal sostuvo que “la obligación de prestar un servicio –asistencia a la salud de la población– debe hacerse en condiciones adecuadas para llenar el fin para el que ha sido establecido y, por ende, es responsable de los perjuicios que causare su incumplimiento o su ejercicio irregular”. Y añadió: “Es deber del hospital seleccionar un equipo competente y calificado de profesionales”.

Marcelo Aused, abogado de la familia Martínez, expresó que “el problema no radicó en el acto quirúrgico en sí, sino en el control y el seguimiento del paciente que hay que hacer luego de la operación”. Por eso, sostuvo, el municipio deberá pagar la indemnización, que con costas y honorarios alcanza 1.700.000 pesos, producto de “un acto de negligencia o descuido por parte de los médicos que tenían que controlar y hacer el seguimiento del paciente”.

El abogado detalló que el hombre volvió al hospital en dos oportunidades con un cuadro de temperatura y dolor abdominal, que claramente evidenciaba una infección. “La verdad es que no se lo atendió como se debía y cuando recurrió por tercera vez, ya fue demasiado tarde y terminó falleciendo”, concluyó.

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