Política

LÍDER DE LA TUPAC AMARU

Milagro Sala: Corte ordenó que se le otorgue “con urgencia” el arresto domiciliario


La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó hoy por unanimidad la prisión preventiva de la líder de la Tupac Amaru, Milagro Sala, pero ordenó que se cumpla el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y se le otorgue “con urgencia” el arresto domiciliario.

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti dispusieron que debe cumplirse con el fallo de la Corte IDH que indica que Sala debe tener prisión domiciliaria y dejar el penal de Alto Comedero donde está detenida.

Carlos Rosenkrantz, en tanto, votó por remitir la causa para que se pronuncien los tribunales inferiores sobre lo ordenado por el tribunal interamericano.

De esta forma, quedó firme el fallo del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy, que convalidó la prisión preventiva de la dirigente social, ordenada por existir riesgo de obstaculización del proceso en el que se le imputó la comisión de los delitos de asociación ilícita en carácter de jefa, fraude a la administración pública y extorsión.

En su recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema, la defensa de Sala sostuvo que su detención preventiva era “arbitraria”, alegando que no había elementos para justificar la existencia de riesgo procesal.

En su decisión, el máximo tribunal del país descartó este cuestionamiento y consideró que está “justificada” la decisión del Superior Tribunal de Justicia de Jujuy de convalidar la restricción de su libertad.

Sin embargo, la Corte Suprema requirió a las autoridades judiciales a cuya disposición está detenida Sala que, “con urgencia”, se cumpla con la decisión dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el pasado 23 de noviembre, que resolvió que debe sustituirse la prisión preventiva por la medida alternativa de arresto domiciliario o por cualquier otra medida menos restrictiva.

El máximo tribunal afirmó que el fallo de la Corte IDH “impone a la Corte Suprema como órgano supremo de la organización judicial argentina la obligación de adoptar las medidas conducentes, que, sin menoscabar las atribuciones de otros poderes, tienden a sostener la observancia de la Constitución Nacional”.

“Ya no tienen más excusas”

A su turno, la abogada de Milagro Sala, Elizabeth Gómez Alcorta, aseguró hoy que “el Estado no tiene más excusas para dilatar” la prisión domiciliaria de la dirigente social, tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia que confirmó la prisión preventiva pero ordenó su domiciliaria.

“El Estado no tiene ya más excusas para dilatar el cumplimiento de esta resolución y que ahora ratificó con este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, sostuvo la letrada, al hacer referencia a lo dispuesto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la prisión domiciliaria de Sala.

Gómez Alcorta sostuvo que se trata de “un caso histórico” y reiteró que la situación de la líder de la Tupac Amaru en el penal de Alto Comedero es de “extrema gravedad y urgencia”.

“El Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y ahora la Corte Suprema de Justicia de la Nación, establecieron, a pesar de la resistencia del poder político de Jujuy y de sus jueces, que Milagro no puede permanecer en prisión”, remarcó la abogada.

En un comunicado, sostuvo: “Esperamos que esta vez los magistrados jujeños estén a la altura de la circunstancias y dispongan, como mínimo, el traslado inmediato a su domicilio en el barrio de Cuyaya y sin ninguna de las restricciones ilegales que dispusieron al momento de cumplir parcialmente la medida cautelar de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”.

Gómez Alcorta, a la vez, recordó que “la Corte IDH determinó que la situación actual de Milagro es de extrema gravedad y urgencia y cabe la posibilidad razonable de que se materialice un daño de carácter irreparable, por lo cual el Estado debe adoptar medidas para garantizar su vida, integridad personal y salud”.

“Para llegar a esta conclusión, el Tribunal hizo un análisis minucioso de toda la información aportada por las diferentes partes, incluida la del Estado y los informes médicos del Poder Judicial, entre otras. El Estado no tiene ya más excusas para dilatar el cumplimiento de esta resolución y que ahora ratificó con este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, destacó la letrada.

Este miércoles el máximo tribunal del país confirmó la prisión preventiva de Sala, pero ordenó que se cumpla con “urgencia” lo dispuesto el 23 de noviembre pasado por la Corte IDH sobre otorgarle la domiciliaria.

Sin inmunidad parlamentaria

La Corte Suprema de Justicia rechazó hoy que la líder de la Tupac Amaru, Milagro Sala, posea inmunidad de arresto por haber sido electa parlamentaria del Mercosur.

Los jueces del Alto Tribunal evaluaron que “la inmunidad prevista por la normativa del Mercosur frente a la jurisdicción de todos los Estados Partes se encuentra claramente circunscripta a la de juzgamiento civil o penal por las opiniones y votos emitidos en el ejercicio de sus funciones”.

La defensa de Sala había basado su planteo de inmunidad en el artículo 16 de la ley 27.120, sobre la elección de parlamentarios del Mercosur, pero la Corte dictó la inconstitucionalidad de ese punto, al considerar que “había extendido indebidamente las inmunidades reconocidas por la Constitución Nacional para los miembros del Congreso a un supuesto no previsto en ella, cual es el de los legisladores comunitarios”.

Para los magistrados, la inmunidad prevista en la normativa del Mercosur se encuentra “claramente delimitada” y “circunscripta siempre a la de opinión en el ejercicio de sus funciones”.

La Corte consideró que en el caso de Sala no estaba afectada su “libertad de circulación” o “libertad de desplazamiento”, ya que al ser citada por el Parlamento del Mercosur para asumir como miembro electa, ya se encontraba detenida en el marco de un proceso penal cuyo objeto es ajeno a la labor parlamentaria.

Al respecto, los jueces puntualizaron que la dirigente social fue electa en los comicios de octubre de 2015 y convocada recién en febrero de 2016 para la sesión de marzo de ese mismo año en el Parlasur, y para ese entonces ya estaba detenida con prisión preventiva.

“Corresponde señalar que, como sostuvo el a quo, de la interpretación literal de las normas comunitarias surge que, en el ámbito del Mercosur y respecto de la relación de todos y cada uno de los Estados miembros con todos y cada uno de los parlamentarios, no se previó la inmunidad de arresto en los términos pretendidos”, señaló la Corte.

Este fallo se conoció en simultáneo a la resolución del máximo tribunal que confirmó la prisión preventiva de Sala, pero que ordenó que se cumpla con “urgencia” la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de otorgarle la domiciliaria.

La líder de la Tupac Amaru se encuentra detenida desde el 26 de enero de 2016 por orden de la Justicia de Jujuy y actualmente está alojada en el penal de Alto Comedero.