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Trámite exprés

Los separados se ponen al día

Desde la implementación del Código Civil y Comercial, en los tribunales provinciales se realizaron 700 divorcios en dos meses. De ellos, el 75 por ciento fue solicitado por uno solo de los cónyuges, una posibilidad que se puede elegir con la nueva ley.


A partir de la vigencia del nuevo Código Civil y Comercial, la cantidad de divorcios iniciados en los Tribunales provinciales de Rosario evidenció un notorio incremento. Según datos oficiales, en poco menos de 60 días se resolvieron más de 700 casos, mientras que con la legislación anterior el promedio era de 175 por mes.

Las cifras corresponden a los casos presentados entre el 2 de agosto y el viernes 25 de septiembre, lo que representa un promedio de 17 divorcios por día. Según explicó el juez de Familia Marcelo Molina, estos números se deben a trámites en espera que vieron en la nueva ley la oportunidad de concretarse, pero estima que dentro de unos meses las cifras volverán a un equilibrio.

“La vigencia del nuevo código no influye en lo más mínimo en las rupturas de parejas; se trata de un incremento en el número de divorcios, del que no se puede concluir que haya más rupturas sino más trámites de divorcio. Estamos en una etapa de regularización, donde la gente que antes no podía demandar o no tenía colaboración del otro cónyuge, esperó y lo pidió ahora, ya que el nuevo código facilita los trámites y no requiere del concurso del otro cónyuge”, explicó el juez de familia.

Una de las principales modificaciones en la nueva ley es que la solicitud de inicio del trámite puede ser efectuada por uno solo de los cónyuges, mediante una propuesta reguladora de los efectos de la disolución. Las cifras marcan una tendencia en este sentido, ya que del total de los casos presentados en Tribunales, el 75 por ciento fue planteado por uno solo de los cónyuges, es decir que hubo 531 divorcios iniciados unilateralmente y sólo 176 en forma conjunta.

“El cónyuge presenta su petición de divorcio, el juzgado le hace saber al otro y el primero presenta una propuesta reguladora de los efectos del divorcio, en relación con los bienes, hijos, alimentos, visita. Éste es el único requisito que debe cumplir el demandante para que no se desentienda del matrimonio. Antes, en cambio, para iniciar el trámite debían realizarse primero dos audiencias en presentación conjunta o un divorcio contencioso, con atribución de culpa al otro por injurias o abandono”, continuó Molina.

Sorprendida

Por su parte, la abogada de familia, Alcira Yanieri, se mostró sorprendida frente a tan importantes cifras y adjudicó el incremento a la sencillez que ofrece el actual trámite: “Es una forma que respeta la voluntad de la persona y la libertad que tiene en decidir iniciar un divorcio. El trámite es muy sencillo, no hay plazos mínimos para estar casados y se presenta con una sola voluntad cuando se quiere. Si hay acuerdo entre ambas partes se presenta un convenio regulador, de lo contrario, si se presenta en forma unilateral, uno de los cónyuges hace una propuesta en atribución de la vivienda, alimentos y régimen comunicacional, sumado a todo lo que la persona considere importante; para la presentación de la propuesta la ley ofrece tres o cuatro elementos a tener en cuenta y si la persona considera que falta algún aspecto importante vinculado a su interés, puede también volcarlo en el acuerdo”.

En cuanto a los plazos que el nuevo código plantea, se modifican tanto los tiempos mínimos para iniciar el trámite como los términos para su concreción. Si antes la pareja debía cumplir tres años de casada, en la actualidad el trámite puede iniciarse en cualquier momento de la relación. “No hay ningún plazo mínimo para tramitar el divorcio, es decir, una persona puede casarse hoy y divorciarse al día siguiente”, señaló el juez Molina. Mientras que Yanieri advirtió que los tiempos del proceso judicial se redujeron considerablemente: “Cuando hay una propuesta, el trámite se resuelve en un mes aproximadamente, y si la pareja no tiene hijos la sentencia se da en el mismo día o semana. Antes se requería de audiencias previas que demoraban, en cambio ahora no se necesita audiencia para dictar la sentencia”.

Uno de los aspectos esenciales que Yanieri destacó es que la nueva legislación evita el desgaste emocional de largos procesos judiciales, a la vez que resulta una “forma de pacificar las relaciones”.

“Cuando se dictó esta ley, la experiencia judicial demostraba la destrucción y el desgaste emocional que tienen los cónyuges y familias con divorcios contenciosos, donde hay que atribuir culpas, injurias, abandonos o engaños cuando no hay acuerdo de ambas voluntades. Lo que se busca con esta ley, sin causales ni plazos, es una forma de pacificar las relaciones cuando hay una ruptura y crisis en la pareja, ya que mira los efectos del divorcio en lugar de las causas”, expresó la abogada.

Por último, Yanieri expresó: “No sé si la ley va a lograr su finalidad, pero evita trabas en materia de divorcios, porque no se puede sostener un matrimonio a la fuerza; así como uno se casa por amor, si el amor se terminó no hay razón de mantener un vínculo ficticio”.

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