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Lo informaron como deudor al Veraz y ahora deben pagarle

El Citibank endilgó erróneamente la condición de moroso a un hombre. Un juez ordenó indemnizarlo.

Citibank fue condenado a pagar a un hombre de 48 años una suma cercana a los 50.000 pesos por haber informado al sistema de deudores del Banco Central Argentino que era un deudor con alto riesgo de insolvencia y difícil recuperación, un dato que resultó falso. Esta información errónea  impidió que el hombre obtuviera créditos en diferentes comercios y le generó un trastorno de ansiedad que lo llevó a someterse a un tratamiento. Ahora el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 6ª Nominación condenó al banco a indemnizar a la víctima por el daño moral y material ocasionado debido a que no extremó los recaudos, ni corroboró los datos al calificar al consumidor como deudor irrecuperable.

En 2004, José Luis, un trabajador de correo, solicitó créditos en una conocida casa de venta de electrodomésticos y en otro local dedicado a la venta de indumentaria deportiva, pero en ambos casos le fueron rechazados porque figuraba como deudor categoría 4 en el sistema del Banco Nación. Anoticiado de la situación, José Luis se dirigió al Citibank para intentar solucionar el problema, ya que él no era deudor de la entidad. Pero desde el banco le dijeron que no le podían dar información porque no era cliente.

El hombre pensó que el inconveniente podría venir por una deuda que ya había cancelado con la firma Provencred, –donde le habían otorgado un libre deuda–, por lo que remitió una carta documento al Citibank, pero no pudo lograr una solución. Ante ello, inició una acción de habeas data para que el banco modifique la información erróneamente comunicada al Banco Central, lo que logró cuatro años después.

Posteriormente, José Luis inició una demanda –que recayó por ante el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Nº 6– por el daño moral y material sufrido, ya que la situación le generó un trastorno de ansiedad que lo llevó a realizar un tratamiento con medicación.

Citibank afirmó en el juicio que la entidad bancaria financia los consumos y prestamos otorgados por medio de cuentas Provencred, y sostuvo que informó el estado crediticio de José Luis porque debía una de las cuotas de refinanciación de una deuda que tenía con Provencred, aunque no lo considera su cliente.

Pero el Tribunal integrado por Horacio Allende Rubino, Pedro Boasso y Carlos Marchese entendió que  al financiar el Citibank  los créditos de Provencred, el deudor (José Luis) queda sometido a los efectos de un contrato complejo y adquiere la calidad de consumidor en relación al banco aunque no sea cliente, por lo que es aplicable el régimen de consumo y corresponde al banco probar que el actor era deudor y que la categoría en que fue informado es la correcta, explica el fallo.

Durante el juicio se determinó que José Luis había tenido algunos atrasos, pero la deuda que mantenía con Provencred había sido cancelada: Incluso un informe que emite dicha entidad no habla de que José Luis era deudor moroso. Para el Tribunal este informe no prueba que el actor reuniera las calidades necesarias para ser informado como deudor calificación 4, refiere el fallo.

Los magistrados consideraron que Citibank debió corroborar los datos, y que en el caso de que el que hubiera informado erróneamente fuera Provencred al Citibank, tal cuestión debe ser dilucidada entre las entidades no con el demandante, que actor es ajeno a la relación entre el prestador del crédito y quien financia los saldos.

El banco “reviste una calidad profesional que lo obliga a extremar los recaudos cuando califica a un consumidor como deudor con alto riesgo de insolvencia, de difícil recuperación o riesgo alto, e incluso como irrecuperable a partir del mes de marzo de 2005”, reza el fallo.

Por todo ello los magistrados condenaron al Citibank a abonar a José Luis la suma de 25.000 pesos en concepto de daño moral y 2.000 pesos por los gastos médicos derivados de la afección psíquica que padeció y fue corroborada por una pericia médica que determinó que José Luis sufrió un trastorno de ansiedad. Dicha suma deberá ser abonada con los intereses desde el 29 de septiembre de 2004, lo que hace un total que rondaría los 50.000 pesos.

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