Policiales

Infancia vulnerada

Libertad para los dos ex celadores del Hogar de Húerfanos condenados por abuso sexual

Como la sentencia no se encuentra firme, las defensas apelaron la prisión preventiva de los penados. Un camarista resolvió liberarlos y fijó restricciones, entre ellas la prohibición de salir del pais y de acercarse a la víctima o testigos y una fianza personal de 2,5 millones de pesos


Los dos ex celadores condenados a 12 años de prisión por el abuso sexual agravado y reiterado de un niño alojado en el Hogar de Huérfanos recuperaron la libertad. Así lo dispuso el camarista Guillermo Llaudet, quien resolvió revocar la prisión preventiva que pesaba sobre ambos y otorgar la libertad con restricciones mientras continúa el proceso, que se encuentra en revisión ante el planteo de un recurso de inconstitucionalidad presentado por las defensas ante la Corte Suprema de Justicia.

En 2011 salió a la luz un caso de abuso sexual de un niño que estaba en el orfanato. Los sindicados fueron dos celadores, Osvaldo Retamozo y Oscar Andrés Gómez. Ambos estaban a cargo de velar por la integridad de los varones que se encontraban en la institución y que tenían entre 4 y 12 años. La víctima tenía 9 años en ese entonces y el caso se conoció cuando el niño comenzó a construir lazos con una familia que terminó adoptándolo.

Los adoptantes empezaron a ver algunas circunstancias extrañas respecto del comportamiento del niño que les llamaron la atención. Ante las sospechas lo llevaron al Hospital de Niños Víctor J. Vilela, donde se comprobaron secuelas compatibles con abuso sexual.

Este hecho derivó en la intervención del Hogar de Húrfanos, lo que derivó en su cierre definitivo en 2012. En cuanto a la investigación penal, determinó que la víctima sufrió reiterados abusos sexuales entre 2009 y 2011. Por el hecho los entonces celadores Retamozo y Gómez fueron indagados; ellos eran los encargados de darle la merienda a los niños, llevarlos y traerlos al colegio y organizar actividades lúdicas.

En octubre de 2016, el juez de Sentencia Julio Kesuani condenó a ambos a cumplir una pena de 15 años de prisión pero en 2017 la Cámara Penal anuló la sentencia al objetar de parcialidad y falta de fundamentación el veredicto, aunque no avanzaron en la cuestión de fondo. El caso volvió a primera instancia y la jueza Melania Carrara condenó al dúo a 15 años de cárcel en agosto del 2020. Sanción que en octubre pasado la Cámara Penal confirmó parcialmente y bajó a 12 años de prisión.

Como los condenados estaban transitando el proceso en libertad, el fiscal Rodrigo Meinero solicitó la prisión preventiva del dúo, la que fue otorgada; pero la decisión fue nuevamente apelada por las defensas. La revisión de la medida cautelar quedó en manos del camarista Guillermo Llaudet, quien este jueves otorgó la libertad con restricciones a los ex celadores, mientras se tramita un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia.

La parte acusadora, fiscalía y querellas, hicieron hincapié en que la situación había variado y hay una condena confirmada por segunda instancia. Sostuvieron que se incrementaron los riesgos procesales en cuanto al peligro de fuga. Mientras que las defensas reclamaron la libertad bajo el fundamento de que ambos acusados se sometieron al proceso.

Llaudet, luego de escuchar a todas las partes y a los ex celadores, resolvió revocar la prisión preventiva y otorgarle la libertad con restricciones: entre ellas fijar domicilio, la prohibición de salir del país y fijó una fianza personal por una suma no inferior a 2,5 millones de pesos y mantener todo tipo e contacto por cualquier medio con la víctima o testigos del caso.

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