Sociedad

Gordofobia

Ley de talles, ¿afuera?: retroceder en nombre de la libertad


Es 29 de enero. Hace calor. Entre el clima meteorológico y el clima político y social, es un desafío tener ánimo. Es un contexto difícil. La libertad arrasa, la economía aprieta, la incertidumbre aplasta. Por salud mental trato de tomar algo de distancia de lo diario: hago zapping de ideas para escribir, hago zapping de canciones para modificar el humor, hago zapping de series, de pensamientos. Estoy apática y angustiada. De manera mecánica agarro el celu. Veo los estados y ahí sin más, otro baldazo.

“…Así sin más la ley de talles queda derogada. Más que nunca apoyen locales y emprendimientos que tengan talles grandes. Ni quiero hablar de todo el laburo que llevo poner este tema de diversidad corporal en discusión”.

Es un posteo de Lucía Simonetta, dueña de Renata Talles Plus. Al toque le escribo y me manda el boletín oficial. Se confirma la pesadilla, se confirma ya no retroceder 3 casilleros, sino que nos expulsen del juego, de la partida, una vez más.

En nombre de la libertad, jodete

Así es que la resolución (RESOL-2024-51, Expediente N° EX-2024-05613184- -APN-DGDMDP#MEC) determina que en el marco del “cambio de autoridades recientemente acaecido en todos los planos de la Administración Pública Nacional (…) esbozados tanto en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70 de fecha 20 de diciembre de 2023 como en el proyecto de ley denominado “BASES Y PUNTOS DE PARTIDA PARA LA LIBERTAD DE LOS ARGENTINOS”, se decide poner bajo revisión, entre otras tantas, la ley 27521, “SISTEMA ÚNICO NORMALIZADO DE IDENTIFICACIÓN DE TALLES DE INDUMENTARIA”

El proyecto de ley hace hincapié en la “profundización de la libertad de mercados, impulsando la interacción espontánea de la oferta y de la demanda como modo de ordenamiento y reactivación de la economía (…) planteando la “reconsideración de las funciones del Estado en los distintos sectores de la sociedad, a la luz de los avances y la expansión que han tenido las mismas sobre la libertad de las personas y de las empresas”.

La misma, apelando a la desburocratización, eficiencia y a la “eliminación de todas las trabas y obstáculos al comercio que solo han generado incrementos en los costos de transacción para los proveedores y el consecuente encarecimiento de los precios de los bienes y servicios para los consumidores. Que, por todo ello (…) corresponde disponer la derogación de toda la normativa que se lista en el Anexo” (entre las que se encuentra la ley mencionada anteriormente).

Qué garantiza la ley

En Argentina la Ley de Talles se aprobó en 2019 y en 2021 se reglamentó, sin embargo, nunca se implementó. Según el artículo 1 su objeto era establecer un “Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria” (SUNITI), correspondiente a medidas corporales estandarizadas, regularizado conforme la reglamentación específica que disponga la autoridad de aplicación, con destino a la fabricación, confección, comercialización o importación de indumentaria destinada a la población a partir de los doce (12) años de edad”.

En el cuerpo de la ley, en el artículo 3, se definían conceptos centrales respecto a la misma. Es el caso del Estudio Antropométrico, el SUNITI, los Talles y su tipificación visible, legible y unificada entre todas las marcas, etcétera. El artículo 9 de la ley, buscaba garantizar un trato respetuoso hacia todas las corporalidades “Trato digno. Prácticas abusivas. Los establecimientos comerciales de venta de indumentaria de moda y textiles deberán garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores. Deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias”.

Esta ley no sólo garantiza variedad y accesibilidad de ropa a todas las personas, más allá de su tamaño corporal, también busca unificar la tabla de talles considerando el estudio antropométrico, resguarda a emprendedores que cumplieran con la tabla, busca entender la importancia de valorar la diversidad corporal.

Derechos

Muchas fueron y son las activistas que tomaron como bandera impulsar una ley con estas características. Entre ellas Brenda Mato, activista por la diversidad corporal y modelo plus size; Mercedes Estruch, Coordinadora de AnyBody Argentina, Colectivo de Gordes Activistas de Argentina (CGA), María Florencia Alegre, modelo plus size, Existencia Gorda (agrupación de gordes activistas de la provincia de Santa Fe) y muchas más que, no sólo militaron la importancia de la ley, sino que pusieron el cuerpo y la mente para visibilizar la importancia de regular los talles y por su implicancia en la salud física, mental y emocional de las personas.

Es importante recordar que la vestimenta no es sólo una necesidad, es una forma de expresión de la identidad personal y un derecho reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos  y en el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. No es un reclamo banal, no es simplemente algo más.

Dato de color

Si bien en el cuerpo de la resolución 51/2024 aparecen listadas todas las normas derogadas como la Ley de Libros, la Ley de Defensa del Consumidor, la Regulación de medicina prepaga, entre otras, también figura la Ley de Talles (nro. 27521). Sin embargo, cuando consultamos en el anexo de la resolución, esta no aparece mencionada. ¿Fue por error?, ¿hay intención de derogar la ley?, ¿qué pasa con la misma? Al momento sólo son preguntas que nos ponen en estado de alerta.

Mundo monocromático

La posible derogación de la Ley de Talles pone de manifiesto el lugar que este gobierno le da a las diversidades. Ataca la democratización corporal, el respeto por lo heterogéneo, impone una visión unívoca de ser. Cuando las personas gordas tengan que volver a forzar su corporalidad para embolsarse en una tela insípida, se derriten los slogan sobre la liberad que tanto sostienen quienes gobiernan. Bajar esta ley no es algo menor: desampara a personas, desampara a emprendimientos y pymes. Con la ropa no sólo “nos cubrimos”, con ella expresamos nuestra personalidad y gustos; incluso puede potenciar nuestra confianza y seguridad. Es la ropa la que debe adecuarse a nuestros cuerpos, a nuestra cultura, a nuestra identidad. Vestirse es un derecho y elegir también. La gravedad que revestiría este hecho es enorme: recordemos que Argentina es el segundo país, después de Japón, con mayores conflictos en la conducta alimentaria.

Reconocer esta ley, es reconocer derechos, es contribuir a naturalizar la diversidad, es entender que lo normal es lo diverso. Pero podría ser que no, podría ser que estamos en los albores de retroceder una vez, y ahora en nombre de la libertad.

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Link Boletín Oficial

Ley 27521 (Ley de Talles)

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*Licenciada en Ciencia Política (UNR), militante por la diversidad corporal, anticapacitista, docente de Problemáticas de la Discapacidad, Sociología de la Discapacidad, y de Metodologías en la UGR, trabajadora en la Secretaría de DDHH de la UNR. Columna de opinión “Cuerpas mutantes”. Miembro fundacional de IG: @alicya.para.iberoamerica (Asociación por la liberación corporal y alimentaria para Iberoamérica). IG: romina.sarti

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