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Le llega la hora al juez de un Yomagate

Pueden darle hasta 10 años por devolver reintegros indebidamente  a curtiembre.

El ex juez en lo penal económico Carlos Liporace irá a juicio oral y público por el delito de “peculado” a raíz de una resolución donde benefició con una suma millonaria a la curtiembre Yoma. El ex magistrado quedó en condiciones de afrontar el proceso oral a raíz de una decisión de la Cámara Federal de Buenos Aires que rechazó el último recurso que tenía su defensa para oponerse a la acusación fiscal, según la resolución que se conoció ayer.

Con este fallo dictado por los camaristas Jorge Ballestero y Eduardo Farah, el Juzgado Federal 7 está en condiciones de continuar con los trámites de elevación a juicio de la causa por un delito que contempla hasta diez años de prisión.

El procesamiento de Liporace fue confirmado el 23 de octubre de 2007, al considerarse que cometió “serias irregularidades” en la tramitación de la causa por la quiebra de la curtiembre del grupo Yoma, la familia de la ex esposa presidencial Zulema Yoma.

El grupo reclamaba millonarios reintegros a las exportaciones y del IVA que según la Afip ya habían sido abonados, una causa que se tramitaba en La Rioja y donde se había embargado una cuenta del organismo fiscal por 11.473.127 pesos.  

En medio de esa disputa judicial Liporace quedó a cargo de una denuncia de la Unidad Fiscal de Investigaciones de Delitos Tributarios y Contrabando y de Afip contra los Yoma por “aprovechamiento indebido de reintegros” en 2000 y 2001 y el entonces magistrado solicitó la transferencia de esa suma a su ámbito y el 16 de julio de 2002 firmó una resolución donde depositó 8.544.050 millones a favor del grupo Yoma, un dinero que nunca se recuperó.

Sobre esa cuenta “pesaba una medida de no innovar, circunstancia conocida por el magistrado”, advirtió la Cámara.

A raíz de esta causa, Liporace fue suspendido por el Consejo de la Magistratura y renunció al cargo poco antes del inicio del jury de enjuiciamiento en su contra.

Liporace está acusado de haber dispuesto “el traspaso de fondos públicos a una cuenta bancaria de la empresa Yoma SA cuando a todas luces carecía de jurisdicción para adoptar una medida de tales características”, apuntó el procesamiento.

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