País

Entrega de dispositivos tecnológicos

Lanzaron el programa de alfabetización digital para poblaciones vulneradas de todo el país

Se implamentará en forma gradual mediante convenios con provincias, municipios, organizaciones sociales y civiles. El responsable será el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom). Quiénes son los potenciales beneficiarios individuales y colectivos


A través de la resolución 1730/2021 publicada este martes en el Boletín Oficial, el Ente Nacional de Comunicación (Enacom) creó el programa Alfabetización digital con el fin de combatir la brecha digital con la entrega de dispositivos tecnológicos a poblaciones vulnerables o que están quedan afuera de la conectividad.

El Programa se ejecutará en etapas sucesivas, mediante la implementación de proyectos específicos a suscribirse entre Enacom y las jurisdicciones provinciales, municipales, asociaciones civiles, redes comunitarias y demás entidades intermedias con presencia territorial en barrios populares que delimitarán la cantidad de potenciales beneficiarios en cada uno de ellos y el alcance técnico de cada proyecto.

El Enacom evaluará la solicitud, dimensionará el pedido y ajustará la misma conforme la disponibilidad desarrollo del programa Alfabetización Digital y a la disponibilidad de equipos. Además, contrastará la solicitud de beneficiarios con las bases aportadas por el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales. Luego, conforme a lo que se establezca, se entregarán los dispositivos.

 

Los destinatarios serán:

  • Beneficiarios de la AUH y la Asignación por Embarazo.
  • Beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
  • Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.
  • Jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
  • Monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
  • Usuarios que perciban seguro de desempleo o que estén incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares.
  • Beneficiarios del programa Progresar.
  • Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal.
  • Beneficiarios de programas sociales.
  • Trabajadores y trabajadoras que acrediten su inscripción en el “Portal Empleo”.
  • Clubes de Barrio y de Pueblo registrados.
  • Asociaciones de Bomberos Voluntarios.
  • Entidades de Bien Público definidas por la Ley N° 27.218 como: asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).
  • Beneficiarios del Programa Conectar Igualdad.
  • Habitantes de barrios populares inscriptos en el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP).

Los objetivos del programa son reducir la brecha digital promoviendo el acceso a equipamientos que contribuyan a la inserción, integración y desarrollo social; garantizar la inclusión de la población destinataria en el uso efectivo de las TICs para el fortalecimiento de sus actividades laborales, educativas y culturales; y democratizar el acceso a las TICs.

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