El ex Ministro de Justicia y Constitucionalista elaboró la reforma a la ley 26.122 del régimen legal de los Decretos de Necesidad y Urgencia, de Delegación Legislativa y de Promulgación parcial de las leyes, luego de las confrontaciones políticas que provocaron los últimos DNU por el uso de las reservas del Banco Central.
Gil Lavedra explicó que “entre las principales modificaciones del proyecto se halla la fijación de un plazo de caducidad de 90 días, que en caso de vencer sin que los decretos sean expresamente aprobados por ambas cámaras, éstos perderán vigencia”.
El diputado nacional por el Acuerdo Cívico y Social especificó que en el sistema actual la solución es la inversa. “Sólo si un decreto es rechazado por ambas cámaras pierde vigencia. De este modo, el Poder Ejecutivo puede gobernar con una sola de las cámaras en la que tenga mayoría, alterando el proceso de formación y sanción de las leyes que establece la Constitución”, agregó.
En el proyecto se precisa el carácter de extraordinario de los decretos de necesidad y urgencia, y se prevé la nulidad de aquellos que hayan sido dictados sin respetar los requisitos formales y sustanciales que fija la Contitución, por ejempleo durante el receso parlamentario.
El proyecto es acompañado por los diputados radicales Oscar Aguad, jefe de la bancada en la cámara baja, Silvina Giudici, Rubén Lanceta, Ricardo Butyaile, Juan Tunessi, por la diputada de la CC Patricia Bullrich y la diputada del GEN Margarita Stolbizer.
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