Economía

Panorama económico

La retirada del macrismo: “Haz lo que yo digo, no lo que yo hago”

A 15 días de dejar el gobierno un DNU firmado por Macri, el jefe de Gabinete Peña y el ministro Sica, crea el Régimen de Alta Dirección Pública: aumenta salarios y perpetúa a funcionarios propios, tras miles de cesantías, anular casi 2 mil concursos y cajonear otros 4 mil


Esteban Guida

Fundación Pueblos del Sur (*)

Especial para El Ciudadano

El tema del discurso del poder nos hace recordar esa frase que dice: “Tus hechos hablan tan fuerte que no me dejan oír lo que dices”. Esto es así porque, más allá de lo que se proclame con la boca, la realidad habla fuertemente y nos obliga a pensar para no ser presa de los relatos y declaraciones.

Esto viene a colación del decreto presidencial, el 788/19 (publicado el 25 de noviembre en el Boletín Oficial) firmado por el presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Trabajo y Producción, Dante Sica, donde define (a 15 días de dejar la conducción del país) la creación de un “Régimen de Alta Dirección Pública” que abarca –según distintas fuentes– a un universo que representa el 10% de los cargos jerárquicos del Estado.

El gobierno proclamó las bondades de este decreto negando que permita la permanencia de sus funcionarios y sosteniendo que “promueve un sistema de concursos más transparente”. En esta línea se argumentó desde la Secretaría de Modernización, diciendo que permitirá que el Estado sea más ágil al tramitar de manera 100% digital y contar con servidores públicos idóneos y capacitados. Éste es el discurso.

Sin embargo, las voces críticas que se alzan sobre el tema, ponen el punto en que el decreto incluye requerimientos de aptitud técnica y profesional “mucho más laxos que el vigente” y “un sistema salarial desproporcionadamente alto”, y que ha sido pergeñado con la obvia intención de “facilitar la permanencia de los funcionarios designados discrecionalmente por el gobierno saliente”.

El gremio de los abogados (Agae) resolvió que van a “judicializar” la nueva norma porque “afecta de manera grave el derecho a la carrera que consagró la Constitución Nacional y los tratados internacionales”, definiendo la cuestión como “un artero ataque a la carrera administrativa, no sólo la de los colegas, sino la del resto de los agentes públicos, urdido en connivencia con una organización gremial cuyo desempeño viene dando muestras de desvergüenza”.

Lo cierto es que, para los osados ciudadanos que intentan analizar la realidad de primera mano para eludir el filtro del monopolizado mercado de la información, ha resultado bastante complejo de entender, ya que el decreto en sí no hace más que referir a anexos y convenios que se aprueban y que habría que estudiar uno por uno para poder comprender el decreto. Maniobra conocida: normas confusas para hacer cosas a espaldas del pueblo, con el agregado sínico de querer quedar como un héroe por algo que podría ser causal de condena.

Pero sabemos que la razonabilidad en el ejercicio de las facultades establecidas por la Constitución en cabeza del Poder Legislativo y Ejecutivo en lo que respecta a este tema, impediría por ejemplo que se suprima un organismo o un cierto número de cargos, para luego, sin solución de continuidad, crear otros que cumplan las mismas funciones; o que el Ejecutivo cubriera con personal contratado, los vacíos operativos que la supresión de cargos ha provocado.

Además, no todas las personas que trabajan para el Estado gozan del derecho a la estabilidad del empleado público (que significa que no puede ser despedido aunque se lo indemnice, sino que sólo puede romperse la relación de empleo si se comprueba que ha incurrido en alguna de las causales legales previamente establecidas y que protegen el “derecho a la carrera”, otro derecho del que no goza todo el personal de la Administración, sino sólo el “permanente”).

El derecho a la estabilidad propia en el empleo público sólo pertenece a los agentes estatutarios, es decir, aquellos que pertenecen a la planta permanente. Esto significa que los agentes que trabajan para el Estado en virtud de otro tipo de contrataciones (funcionarios políticos, de gabinete, contratados o temporarios, o ingresados por otros medios reglamentarios) no gozan de ese derecho en particular.

La norma que sostiene esto fue incorporada en la Constitución Nacional para evitar que el empleado público esté sujeto a las cesantías en masa en ocasión de los cambios de gobierno y para evitar que los partidos que conquistan el poder dispongan de esos cargos como un botín de guerra. Con el cuerpo técnico “permanente” pensado para perdurar en los años a pesar de los cambios de gobierno, se busca evitar la arbitrariedad jerárquica o de la política partidaria con miras al interés público. Se quiere asegurar la independencia e imparcialidad del funcionario público y favorecer el principio de especialización en el servicio y evitar la arbitrariedad del Estado; la persecución política de los opositores y el uso del empleo público como sostén de cuadros partidarios.

Ahora bien. Todo esto está ocurriendo en medio de una fuerte prédica por reducir el gasto público, eliminar “la grasa del Estado” y cuanto discurso anti-Estado se pueda recitar. La nueva decisión se enmarca en una controversia durante los últimos meses entre el gobierno (saliente), el Frente de Todos y la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), por la aprobación de 4.883 concursos públicos para cargos en el Estado. En otras palabras, este decreto está totalmente a contramano del discurso que llevó al gobierno a despedir y precarizar a miles de empleados públicos, beneficiando ahora a ciertos funcionarios (directores generales, nacionales o equivalentes, directores y coordinadores) no sólo con un aumento de salario a partir de 2020, sino con una estabilidad que implicaría que cuando el nuevo gobierno quiera designar a sus propios funcionarios deba despedir a los designados por esta gestión.

En el anexo II del referido decreto 788/19 se establece que la intención fue “diseñar un modelo de alta dirección pública profesional acorde a los nuevos estándares internacionales y fruto de la experiencia recogida que mejora las condiciones de desarrollo del personal de conducción del Estado, piedra basal de una buena gobernanza”.

Pero este discurso meritocrático y eficientista no alcanza a justificar la razonabilidad de esta medida que, en contradicción con lo anunciado y sostenido por este gobierno desde sus comienzos, cuando dejó sin efecto 1.910 concursos, cajoneó otros 3.964 para los que no pudo encontrar defectos formales y sólo designó 1.519 cargos por concursos internos (de los que solo un porcentaje ínfimo fue cubierto por profesionales).

Este “haz lo que yo digo, no lo que yo hago”, se parece a lo que ocurrió estos días en Santa Fe con la incumplida promesa del gobernador saliente de no presentar a la Legislatura un proyecto de Presupuesto para que la nueva administración, en miras a conseguir sus metas trazadas, pudiera organizar las erogaciones a través de esta “ley de leyes”. Sin embargo, lejos de las internas del poder político, los santafesinos observamos que la cosa no se condujo por el camino de la coherencia y el interés general.

Parece ser que algunos políticos exigen que se cumpla la palabra sólo cuando les conviene; por eso es tan importante que la comunidad toda identifique esta conducta y la tenga presente cuando tenga que ejercitar el magro poder de decisión que nos deja esta pertrecha democracia liberal.

 

(*) fundacion@pueblosdelsur.org

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