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La Policía podrá controlar y retener motos sin necesidad de estar con agentes de tránsito

En Santa Fe el modo de huida es la utilización de motos en el 70 por ciento de los casos”, sostuvo el ministro de Seguridad Jorge Lagna


 

El gobernador Omar Perotti y el ministro de Seguridad, Jorge Lagna, firmaron el decreto 460 que autoriza a la Policía de la Provincia a realizar controles de tránsito vinculados con la circulación de motos. Según detalló Lagna, la iniciativa es una inquietud que surge de las mesas locales de seguridad. “En Santa Fe el modo de huida es la utilización de motos en el 70 por ciento de los casos”, sostuvo Lagna en declaraciones a LT8 y aclaró que si bien el tema tránsito es municipal y la Policía no estaba facultada a detener una moto ni de retenerla ante la falta de documentación, a partir de la firma de convenios con municipios se podrá hacer. Y aclaró que los intendentes de Rosario y Santa Fe serán los primeros en rubricar el acuerdo.

El decreto establece que los policías “podrán en la vía pública y al momento de realizar las tareas de identificación de personas que circulen en motovehículos, disponer la retención de los mismos cuando quien lo conduce no pueda acreditar la titularidad del dominio o de su legítima posesión o autorización de uso”. En estas situaciones, se deberá informar “de manera inmediata a las autoridades locales para que tomen la intervención que les compete a los fines de la identificación de los motovehículos y su remisión, en su caso y si correspondiere, al depósito local”. La coordinación con los gobiernos locales estará en manos de la Agencia Provincial de Seguridad Vial. A partir de ahora, la Provincia deberá firmar convenios con los respectivos municipios para implementar las nuevas disposiciones. Entre los argumentos del decreto, el Gobierno considera que es “imperiosa la necesidad del control policial sobre este tipo de vehículos, que han sido utilizados como medio de transporte por criminales durante la comisión de hechos delictivos y, puntualmente, de intimidación pública y abuso de armas de fuego contra edificios públicos, entidades y domicilios particulares en la ciudad de Rosario”.

La Policía de Santa Fe podrá detener a conductores de motos sin la necesidad de estar acompañada por agentes municipales. “Que se advierte en el informe de la Policía de Santa Fe “Análisis de Delitos Predatorios” la preeminencia de tal modalidad en hechos delictivos en la vía pública registrados en las ciudades de Rosario y Santa Fe” y que esta circunstancia es posible “porque este tipo de vehículos posee alta capacidad para la huida a diferencia de otros, permite la circulación en cualquier tipo de terreno independientemente del material de los caminos o de sus dimensiones, lo que fomenta su elección como medio de transporte para la comisión de distintos tipos de delitos que atentan contra la vida, la propiedad y la paz social”. Si bien el artículo 72 de la Ley Nacional de Tránsito, a la que adhiere la Provincia, establece que la retención preventiva de un motovehículo es potestad exclusiva de los municipios en los ejidos urbanos, esto “no debe entenderse como una limitación al accionar de la policía en materia de prevención de delitos”. El decreto aclara que estas medidas “no invaden ni se contraponen con el poder de polícía municipal de índole netamente contravencional; por lo que tampoco exige ni toma obligatoria la actuación conjunta de la Policía de la Provincia con los inspectores municipales”.

 

 

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