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La Municipalidad deberá exhibir todas sus cuentas en la web

El Concejo Municipal votó un pedido para que el Ejecutivo publique toda la información relacionada con el área de Hacienda.

El Concejo Municipal aprobó durante la última sesión una ordenanza por la que le pide al Ejecutivo que implemente la ordenanza 7303 de 2002. La normativa, que según los concejales Jorge Boasso, María Eugenia Schmuck y Sebastián Chale no se aplica, exige al municipio que publique información pública de la gestión en internet. En particular, la relativa con el rubro financiero: obras, licitaciones y presupuesto ejecutado, entre otros. Todo, siempre según la ordenanza que desde el jueves tomó nueva fuerza, debe figurar en la página oficial de la Municipalidad de Rosario. A la par, los ediles aprobaron que se agregue información específica sobre infraestructura urbana, como el plan de cloacas y el Presupuesto Participativo, entre otros.

Según coincidieron los ediles, existe una necesidad de mejorar el acceso a la información pública a los ciudadanos. “Especialmente, la que refiere a la información financiera de la Municipalidad. A nivel municipal, hay varias normativas referentes a la publicidad de la información pública, como la ordenanza 7249 de 2001 y sus respectivas actualizaciones, y la ordenanza 7303 de 2002, que establece la información que el municipio debe brindar a través de la página oficial en internet”, señalaron los concejales.

Según la ordenanza de 2002, la información de carácter físico y financiero producida en el ámbito de la administración municipal tiene perfil de información pública y debe ser de libre acceso para cualquier usuario. La lista incluye datos del presupuesto anual de recursos y gastos; estado de ejecución de los presupuestos de gastos y de cálculo de recursos, todo hasta el último nivel de desagregación en que se procesen. También, órdenes de compra, todo tipo de contratos firmados por autoridad competente, así como las rendiciones de fondos anticipados efectuados por la Municipalidad de Rosario y el Concejo y demás reparticiones autónomas o autárquicas. Lo mismo ocurre con las órdenes de pago ingresadas a la Secretaría de Hacienda y Economía o cualquier organismo con capacidad de recaudación y de pago; los pagos realizados por la autoridad de aplicación y gastos correspondientes a ordenanzas especiales imputadas en las partidas del presupuesto para el fondo de reserva.

A la par, deben figurar el estado de situación, vencimientos y costo de la deuda pública, así como los avales y garantías emitidas y los compromisos contraídos para ejercicios futuros; las cuentas a cobrar; un inventario de bienes inmuebles y de inversiones financieras, el estado de cumplimiento del pago de tasas, impuestos, derechos, contribuciones, rentas, multas y/o infracciones; más la información acerca de la regulación y control de los servicios públicos municipales.

Nada personal

También debe figurar el listado del personal permanente, contratado, temporario y transitorio del municipio y el Concejo Municipal y cualquier organismo que destine partidas del presupuesto al pago de remuneraciones, incluyendo remuneración total por empleado y la correspondiente distribución de categorías (estos datos se encuentran especificados en el sitio del Ejecutivo Local desde hace tiempo). Además, deben figurar las horas extra trabajadas. Se debe sumar un listado de erogaciones por viáticos, cantidad de días pagados y destino por agente municipal o del Concejo; otro de beneficiarios de jubilaciones, pensiones y retiros relacionados. Completan los requerimientos la nómina de funcionarios con detalle de remuneraciones, retribuciones, honorarios, viáticos y fondos reservados si los hubiese. Esto corre tanto para el Concejo y el municipio: composición de los bloques, remuneraciones, retribuciones, honorarios, viáticos y fondos reservados y cualquier otro rubro que integre el haber percibido por los ediles. Además, debe figurar un listado de asesores de cada concejal (curriculum vitae, remuneraciones, retribuciones, honorarios, viáticos y horas extras cobradas).

La ordenanza abre la puerta a que se sumen más ítems a publicar en la página de internet del municipio. “La falta de publicidad de esta información atenta contra la transparencia de los actos públicos y el libre acceso a la información”, señala la normativa, que agrega un pedido para sumar el detalle de las obras relativas “al Presupuesto Participativo, el Programa Solidario e Integrador de Desagües Cloacales y todo otro plan o programa relacionado con la infraestructura urbana”.

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