Ciudad

La Justicia rechazó un amparo por seguridad

Por Carina Ortiz. Lo presentó un grupo de vecinos. El juez advirtió sobre la división de poderes.

Un amparo presentado por un grupo de vecinos de la ciudad, que reclamó la intervención de la Justicia para que la provincia y la Municipalidad “cumplan con sus deberes funcionales en la implementación eficaz de la seguridad pública”, fue rechazado. La acción tramitada en el Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, a cargo de Carlos Cadierno, no hizo lugar a la petición al entender que una decisión de este tipo implicaría la intromisión del Poder Judicial, en un área del Poder Ejecutivo y que la potestad de la Justicia de controlar los otros poderes del Estado debe ser utilizada “sin excesos ni liviandades”.

La acción de amparo, dirigida contra el Ministerio de Seguridad y la Municipalidad de Rosario, tenía por objeto “requerir la inmediata restitución de la seguridad pública”. Dicho pedido fue fundado en “el incumplimiento de los responsables de estos organismos en la implementación eficaz de medidas de seguridad pública y en la preservación de los derechos constitucionales de la ciudadanía”.

Pero el magistrado decidió rechazar la acción. Cadierno entendió que si resolvía acorde a la pretensión de los vecinos, ello  implicaría una clara intromisión del Poder Judicial en el Poder Ejecutivo y, ese avance significaría convalidar un exceso de atribuciones y la invasión de competencias claramente adjudicadas por la Constitución Nacional a otros poderes del Estado. “Ello importa una violación al principio de división de poderes”, expresa la resolución.

“El tribunal no es ajeno a la realidad social que atraviesa la Nación”, refirió Cadierno, aunque sostuvo que la decisión, modificación o redireccionamiento de políticas de Estado, no le han sido confiadas a los tribunales. Aunque el magistrado concluyó que no brindar una solución judicial no implica negar el problema, ni relativizarlo, sino evitar soluciones impropias que no encuentren solución en el ámbito en el que pretenden adoptarse.

El fallo explica que la potestad de controlar a otros poderes que otorga la Constitución “debe ser utilizada con sumo cuidado, sin excesos ni liviandades, siendo una de las misiones más importantes de los tribunales la de saber mantenerse en la esfera de sus funciones evitando invadir las atribuciones de los otros poderes y que hacerlo implicaría interferir a través de un pronunciamiento judicial en la esfera de actuación propia del Poder Ejecutivo”, sostuvo el juez.

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