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La Justicia porteña ordenó la suspensión de Uber

Dispuso que el gobierno de Buenos Aires arbitre las medidas necesarias para suspender "de modo inmediato" cualquier actividad que desarrolle la empresa o cualquier sociedad bajo ese nombre y tipo de actividad.


La justicia porteña ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que, “de modo inmediato”, arbitre las medidas necesarias para suspender cualquier actividad que desarrolle la empresa Uber o cualquier sociedad bajo ese nombre y tipo de actividad, informó el sitio IJudicial.

El titular del juzgado N° 15 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, Víctor Trionfetti, resolvió a modo de medida cautelar, “ordenar al GCBA que de modo inmediato arbitre las medidas necesarias para suspender cualquier actividad que desarrolle la empresa Uber BV o Uber Technologies Inc. o cualquier sociedad bajo ese nombre, razón social y tipo de actividad descripta en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta tanto se dicte sentencia definitiva”.

El juez hizo lugar a un amparo impulsado por el Sindicato de Peones de Taxis de la Capital Federal -que conduce Omar Viviani- junto con las autoridades de la Cámara Empresaria del Autotaxi, de la Asociación Civil de Taxistas de Capital, de la Sociedad Propietarios de Automóviles con Taxímetro, y de la Unión de Propietarios de Autos Taxis, y dispuso que la suspensión se extenderá hasta tanto se dicte sentencia definitiva a esa medida.

Entre las medidas dispuestas para sumar información a la causa, Trionfetti requirió a la Agencia Gubernamental de Control (AGC) que informe si Uber ha presentado algún pedido de habilitación para el servicio de transporte público de pasajeros, informó el sitio de noticias judiciales.

También solicitó información de registro de la empresa a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y a la Secretaría de Transporte porteña para que informe si la empresa estadounidense realizó alguna presentación para actuar en el rubro de transportede pasajeros y, en su caso, remita las correspondientes actuaciones o copia certificada de éstas.

La resolución se enmarca en una acción de amparo impulsada por Jorge Omar Viviani y Miguel Ángel Espinosa en su carácter de Secretario General y Tesorero, respectivamente, del Sindicato de Peones de Taxis de la Capital Federal (S.P.T.), junto con las autoridades de la Cámara Empresaria del Autotaxi, de la Asociación Civil de Taxistas de Capital, de la Sociedad Propietarios de Automóviles con Taxímetro, y de la Unión de Propietarios de Autos Taxis.

En el amparo que motivó la sentencia se demanda al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte del gobierno porteño “por su omisión manifiestamente ilegítima y arbitraria de ejercer regularmente su poder de policía y evitar la prestación de un servicio irregular de transporte a través del funcionamiento de la empresa UBER, quien pretende eximirse de las obligaciones previstas en el Código de Tránsito y Transporte”.

Los amparistas argumentaron la “grave lesión en el derecho a trabajar” y a “la igualdad de las cargas públicas” de todos los trabajadores que integran el sindicato de Peones de Taxis, como así también de los propietarios de las licencias de taxi afiliados a las Cámaras Empresarias.

Según consideraron, se “coloca arbitraria e ilegítimamente a los conductores asociados a la empresa Uber y a la empresa misma en mejores condiciones que el resto de los trabajadores”.

En los fundamentos de su resolución, el juez Trionfetti resaltó en primer lugar “la complejidad” del planteo ya que “posee aspectos colectivos ostensibles cuyo tratamiento y decisión puede incidir en diferentes grupos con intereses o posiciones jurídicas encontradas”.

Entre ellas mencionó “cuestiones vinculadas con la seguridad urbana, la defensa de los usuarios y consumidores, el derecho a trabajar y de ejercer industria lícita, aspectos tributarios, conflictos derivados del uso de las nuevas tecnologías y su impacto en el sistema jurídico, la seguridad y coordinación del transporte urbano, la igualdad ante las cargas públicas, la actuación de sociedades o empresas extranjeras en el ámbito local, los alcances del poder de policía, etc.”.

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