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Efecto coronavirus

La Defensoría del Inquilino pide que se cumpla el artículo 1203 del Código Civil y Comercial

Desde la Defensoría del Inquilino plantearon que las inmobiliarias exceptúen del pago a los inquilinos que no puedan hacer uso del inmueble durante la emergencia sanitaria, de acuerdo a lo que establece el artículo 1203 del Código Civil y Comercial

Foto: Franco Trovato Fuoco

Desde la Defensoría del Inquilino plantearon que las inmobiliarias exceptúen del pago a los inquilinos que no puedan hacer uso del inmueble durante la emergencia sanitaria, de acuerdo a lo que establece el artículo 1203 del Código Civil y Comercial. En el mismo se afirma que “si por caso fortuito o fuerza mayor, el locatario se ve impedido de usar o gozar de la cosa, o ésta no puede servir para el objeto de la convención, puede pedir la rescisión del contrato, o la cesación del pago del precio por el tiempo que no pueda usar o gozar de la cosa”.

“Hay situaciones bien concretas que se encuadran dentro de la figura de la ‘cesación del pago’”, sostuvo Sebastián Artola, referente de Rosario para la Victoria, agrupación que lleva adelante la Defensoría del Inquilino. “Por un lado, la realidad de aquellas personas que la cuarentena obligatoria los agarró con un contrato nuevo firmado y en el inmueble anterior sin poder mudarse por la prohibición, de este modo en muchos casos se encuentran pagando dos alquileres”. “Por el otro, la realidad de los muchísimos comercios que no pueden abrir sus puertas y están sin ventas”, agregó el ex candidato a concejal.

El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 320/2020 plantea la posibilidad del no pago hasta el 30 de septiembre, pero después esa deuda se tiene que devolver, a partir de octubre en tres a seis cuotas con los correspondientes intereses.

Para la Defensoría del Inquilino, aquellos que no pueden hacer uso del inmueble alquilado se los debe exceptuar del pago, sin ningún tipo de devolución a futuro.

 

Mudanzas

De mismo modo, desde la Defensoría del Inquilino solicitaron a las autoridades políticas que se flexibilicen los permisos de mudanza. “Al menos para situaciones muy puntuales, con los respectivos protocolos de actuación”, sostuvieron. “Nos llegan muchas consultas a la Defensoría de personas que tenían un contrato nuevo firmado y los agarró la cuarentena en el inmueble anterior. Un permiso de mudanza destrabaría el conflicto que muchas veces se da porque tienen que terminar pagando dos alquileres. O también para aquellos que quieren rescindir el contrato porque perdieron toda capacidad de pago y tienen la opción de irse a vivir a lo de algún familiar”. “Para estos casos excepcionales debería haber un permiso de mudanza”, explicaron.

 

Día y horario de atención:

La Defensoría del Inquilino es una iniciativa autogestiva que surgió en el año 2016 desde la agrupación Rosario para la Victoria. La misma atiende consultas a través de la línea de whatsapp 341-6522088, de lunes a viernes de 9 a 13.

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