Ciudad

Dolo Eventual

La Cámara Penal confirmó la condena a un conductor que atropelló y mató a un policía

El uniformado estaba de apoyo en un segundo control vehicular. El conductor hizo caso omiso a una primera seña del inspector y la víctima al ver que escapaba caminó hacia el medio de la calle con una linterna y le hizo seña, circunstancia en la que fue embestido. Murió a los dos días

La víctima: Marcos Di Fazio

La Cámara Penal confirmó la condena a un conductor que en octubre de 2019 se escapó de un control vehicular y atropelló a un policía que estaba apostado más adelante, quien se paró en medio de la calle y le hizo señas con una linterna para que se detuviera en barrio La Florida. El año pasado, el acusado, de 30 años, se sentó en el banquillo y terminó condenado a 11 años de prisión y 10 de inhabilitación para conducir vehículos por el delito de homicidio con dolo eventual. La defensa apeló y cuestionó el encuadre legal e intentó alivianar la situación de su cliente planteando un homicidio culposo, lo que fue descartado por los camaristas que confirmaron el fallo en su totalidad.

Marcos Di Fazio tenía 39 años y era un uniformado de la Policía de Santa Fe. La madrugada del 19 de octubre de 2019 cumplía servicios en un control vehicular en Colombres y Vila. En un momento, un conductor identificado como Matías Erbayo se topó con el operativo de tránsito que estaba metros antes de la rotonda del Club Náutico y lo evitó.

Di Fazio estaba de apoyo más adelante junto a una compañera. El patrullero tenía las balizas prendidas y al ver el auto de Erbayo, el policía caminó hacia el medio de la calle y le hizo señas con una linterna para que detuviera la marcha pero el automovilista lo atropelló y continuó la marcha. El uniformado quedó con grave heridas y falleció dos días después.

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Erbayo fue detenido cuatro cuadras más adelante por inspectores que volvía de hacer un control en un boliche y vieron el hecho. El conductor que hoy tiene 30 años, fue imputado. Una filmación del boliche Blue tomó parte de la secuencia además de la declaración de testigos y pericias mecánicas entre otras pruebas que comprometieron al acusado.

Su caso llegó a juicio oral y público en septiembre de 2021 donde fue condenado a 11 años de prisión y 10 años de inhabilitación especial para conducir por el delito de homicidio simple con dolo eventual y resistencia a la autoridad.

La defensa de Erbayo apeló el fallo y quedó en manos de los camaristas Javier Beltramone, Gabriela Sansó y Bibiana Alonso, quienes confirmaron la existencia del control vehicular que la defensa intentó desvirtuar, dijo que su cliente no lo vio.

La acompañante de Erbayo aseguró que el conductor se escapó de un primer control, más adelante había otro. Al caso se incorporó un video que muestra el patrullero con las balizas prendidas -elemento altamente revelador de su existencia – y apostado en una arteria sobradamente iluminada.

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Dos testigos que iban detrás de Erbayo contaron que se pasó dos semáforos en rojo y que nunca se activó la luz de freno al momento de embestir a Di Fazio. “Estaba frente a una autoridad policial, que se encontraba debidamente identificado con un vehículo balizado, en lugar altamente iluminado y además haciendo las señales de detención correspondientes. Sin la existencia de huellas de frenado, o maniobra de evitación clara y precisa, habiendo arrastrado a la víctima durante 20 metros, se desvanece la teoría de la Defensa”, explicó el fallo.

En cuanto a la existencia de un dolo eventual en el caso el juez explicó que “la acción criminal se inicia al eludir un control municipal vehicular el cual está probado existía, en una arteria iluminada y de buena circulación, luego continua al decidir cruzar dos semáforos en rojo para luego, y ante el despliegue del policías que estaba con un vehículo balizado bien ubicado y claramente visible, circulando a una velocidad que le permitía frenar o esquivar, decidió continuar su marcha cuando teniendo ante sí la representación del resultado muerte decide continuar su camino”.

“No frenó, no intentó una maniobra de evitación, e incluso continuó su marcha, cuando era absolutamente claro y así puede observarse -más a la velocidad que iba- que pudo hacer, pericialmente probado, cualesquiera de las acciones señaladas y no lo hizo o decidió voluntariamente no hacerlo aceptando las consecuencias necesarias y directas de su hacer”, remarcó el fallo.

Los camaristas resolvieron respaldar el fallo apelado y confirmaron la calificación penal y la pena impuesta a Matías Erbayo.

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