Ciudad

de la culpa al dolo eventual

La Cámara elevó a 9 años la pena al mecánico que mató al cadete

Lo habían sentenciado por homicidio culposo a 5 años de cárcel, pero apelaron y agravaron la calificación y la condena.


La Justicia aumentó el tiempo de cárcel para Juan Carlos Schmitt, el mecánico de 46 años que chocó al repartidor Carlos Damián Orgaz, de 26, en marzo de 2016 en Río Negro y Campbell. Los jueces de la Cámara Penal extendieron la pena de 5 a 9 años de prisión al cambiar la calificación legal de homicidio culposo a homicidio simple con dolo eventual. Compararon al conductor con una persona que practica tiro en una zona poblada o juega a la ruleta rusa con un revólver cargado con hasta 5 balas. La defensa va a presentar un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Santa Fe.

Tiempos de cambio

El 30 de agosto los jueces Gustavo Pérez de Urrechu, Raquel Cosgaya y Rodolfo Svala condenaron en juicio a 5 años de prisión y 10 años de inhabilitación para manejar a Schmitt por el homicidio culposo de Orgaz. La pena fue la más alta que se registró en Santa Fe desde el caso de la policía Mercedes Raquel Murúa, a la que le dieron 3 años y 8 meses de prisión por atropellar y matar a Mario Secondino el 5 de agosto de 2008, cuando manejaba un Peugeot 205 rojo en contramano por el intercambiador de la ruta 11 y A012.

El juicio contra Schmitt estuvo centrado en la figura legal que le correspondía por chocar a más de 100 kilómetros por hora al cadete Orgaz mientras manejaba su Audi TT en el barrio Belgrano. La Fiscalía pidió que fuera considerado con dolo (intención) y la defensa con culpa (sin querer). El homicidio simple con dolo eventual es usado por fiscales y abogados de víctimas de siniestros viales para conseguir condenas ejemplares. Lleva penas que superan los 3 años y el condenado cumple tiempo en la cárcel. Muy pocos logran dar con la figura y la pena. En segunda instancia o en la Corte Suprema la Justicia vuelve a la calificación de culposo y baja la pena. Por eso los legisladores aprobaron cambiar el Código Penal y definieron qué es conducción temeraria tratando de igualar el criterio de los jueces: ir a más de 30 kilómetros por encima del límite de velocidad; estar alcoholizado o bajo la influencia de otras drogas, o no respetar señales de tránsito. Son agravantes del homicidio culposo y lleva hasta 6 años de prisión. En el caso de Schmitt los jueces habían entendido que hubo culpa, pero no dolo o intención de que Orgaz muriera. La decisión fue rechazada por la Fiscalía, los familiares y organizaciones de víctimas de siniestros viales. Si bien era el máximo de la pena, les pareció poco.

Ayer, en un fallo de 31 páginas donde citaron jurisprudencia española y alemana y hasta a una murga uruguaya, los jueces de Cámara Penal Daniel Acosta, José Luis Mascali y Carolina Hernández revocaron la sentencia y subieron el tiempo de cárcel al mecánico, que está preso en la cárcel de Piñero. Por la tarde Acosta defendió la decisión y en Radio 2 dijo: “Esto goza de buena prensa en la comunidad (por la decisión de aumentar la pena). Puede parecer un recurso efectista, pero lo vemos como un caso casi de laboratorio. Hay un límite muy finito entre culpa con representación de las consecuencias y el dolo eventual que puede representar las consecuencias, pero deja el resultado al azar. Cuando hay dolo no hay culpa, y acá vemos dolo”.

En el fallo al que accedió El Ciudadano los jueces compararon a Schmitt con una persona que practica tiro, pero no elige un polígono, sino que dispara en una zona poblada. O también con una persona que juega la suerte a una ruleta rusa con un revólver cargado con hasta 5 balas. Basaron la comparación y parte de la decisión de cambiar la calificación en que el hombre es mecánico –sabía lo que podía hacer su auto–, conocía el camino –testigos dijeron que solía probar autos para competencias de velocidad por el camino donde chocó– y practicaba carreras como hobby. “Sus conocimientos personales no podían decirle otra cosa que cualquier aparición (por la del cadete que dobló por Campbell) sobre la confluencia de calles sobre la diagonal era de imposible evitación”, señaló Acosta en el fallo, al que Hernández y Mascali adhirieron. “Si el agente conoce sus aptitudes y conocimientos especiales y deja de utilizarlos conscientemente, representándose como probabilidad la producción del resultado, obviamente que la conducta será dolosa”, agregó Acosta en el escrito donde, a diferencia de otros fallos de Cámara, no hay señalamiento a los jueces de primera instancia sobre su trabajo.

Un antecedente que quedó impune

La sanción de primera instancia al mecánico Juan Carlos Schmitt estuvo por encima del promedio argentino para un homicidio culposo. Sin embargo, la de segunda instancia no tiene antecedente en una condena en la provincia de Santa Fe y aspira a sentar jusrisprudencia. Es decir servir como antecedente para hechos similares.

Un caso emblemático de características parecidas ocurrió el 2 de marzo de 1997 cuando Sebastián Pira, de 21 años, manejaba un Ford Galaxy a más de 100 kilómetros por hora por Salta y Oroño y atropelló a María Celeste Haiek (22) y Daniela Caruso (16). Haiek murió en el choque. Caruso quedó sobre el capó y Pira la arrastró más de una cuadra. Cuando cayó le pasó por encima.

En una primera instancia, se consideró que Pira cometió un homicidio culposo, pero luego la Cámara consideró que en el caso de Daniela Caruso actuó con dolo. Sin embargo cuando Pira se enteró que iba a juicio por homicidio doloso huyó del país. Cuatro años después, en Holanda, fue detenido por Interpol, pero volvió a escapar. Nunca fue a juicio. Pira tiene más de 40 años y no debe rendir cuentas. La causa prescribió en 2014.