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Amparo ambiental

Justicia entrerriana prohibió fumigaciones cerca de escuelas

El máximo tribunal de la provincia ratificó un fallo de primera instancia ante un amparo ambiental que presentó la Coordinadora Basta es basta, que integra el gremio docente Agmer. Aleja a mil y tres mil metros las aplicaciones según sean terrestres o aéreas. Ordena plantar barreras vegetales


El Superior Tribunal de Justicia (TSJ, Corte) de Entre Ríos confirmó una sentencia que prohíbe las fumigaciones aéreas (a menos de tres mil metros) y terrestres (mil metros) en los alrededores de escuelas rurales. El fallo rechaza el recurso presentado por el gobierno provincial para seguir con las aplicaciones de agroquímicos y le da la razón al amparo ambiental presentado por el Foro Ambiental, la Coordinadora Basta es Basta y el sindicato Agmer – Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos– que ya había sido aceptado por la Cámara Segunda de Paraná.

La sentencia del máximo tribunal entrerriano lleva las firmas de Daniel Carubia, Miguel Giorgio y Claudia Mizawak. La medida ordena, a la vez, al Consejo General de Educación (CGE) que plante barreras vegetales alrededor de los edificios escolares.

La ratificación del fallo de segunda instancia que prohíbe esparcir agroquímicos es de este lunes. Es por la causa “Foro Ecologista de Paraná y Otra c/Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y Otros s/Acción de Amparo”.

El TSJ confirmó también el exhorto al Estado provincial para que “efectúe en forma exhaustiva y sostenida los estudios que permitan delinear pautas objetivas en torno al uso racional de químicos y agroquímicos”. Con la prioridad en “la prevención de los daños”. También le exige “una correcta evaluación que permita determinar el estado de situación actual de contaminación, como paso imprescindible para identificar las medidas que deben adoptarse”.

Los jueces conminaron al Consejo General de Educación a que en un plazo de dos años implanten barreras vegetales “a una distancia de 150 metros de todas las escuelas rurales”. Y manda “suspender de inmediato las aplicaciones de productos fitosanitarios en las áreas sembradas lindantes a las escuelas rurales, en horario de clases, debiendo efectuarse las aplicaciones en horarios de contra turno y/o fines de semana, a modo de asegurar la ausencia de los alumnos y personal docente y no docente en los establecimientos durante las fumigaciones”.

El TSJ desestimó cuestiones procesales esgrimidas por el gobierno provincial. El fiscal Adjunto de la provincia, Sebastián Trinadori, había argumentado el perjuicio (para los productores rurales y dueños de campos) porque “la cantidad de hectáreas que resultan improductivas considerando que de acuerdo al informe del Consejo General de Educación, existen 832 escuelas primarias y 137 secundarias que se encuentran en ámbitos rurales”.

El lunes 1o de octubre, el juez Oscar Benedetto había dado lugar al amparo presentado por la Coordinadora Basta es basta. En su fallo, prohíbe las fumigaciones aéreas y las fumigaciones terrestres en el radio de 3.000 y de 1.000 metros, respectivamente, alrededor de establecimientos educativos. Casi un mes después, quedó firme.

 

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