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Jueza convalidó proceso pluriparental: adoptada por una mamá y dos papás

Con la medida, la jueza declaró para el caso la inconstitucionalidad de partes de dos artículos del Código Civil y Comercial de la Nación, que impedían la adopción pluriparental


“Como vos pediste, te vas a llamar M. J. que son los nombres con los que te identificas; pero tu apellido en adelante será F. F. V. Así que ahora, por ejemplo en el cole, cuando te tomen lista te van a decir «M. J. F. F. V.», y así te van a reconocer todos y en cualquier lugar a donde vayas”, explicó por escrito la jueza cordobesa Leila Córdoba a una niña de 11 años, al dar admisión a su adopción plena por parte de una madre y dos padres.

Con la medida, además declaró para el caso la inconstitucionalidad de partes de dos artículos del Código Civil y Comercial de la Nación, que impedían la adopción pluriparental.

Según explicó la jueza de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género para resolver la demanda de adopción en este caso, tuvo que reflejar y reconocer la realidad familiar: “No se puede forzar la desintegración de lazos afectivos consolidados en pos de ceñirme a una prohibición legal”, escribió Córdoba.

Fuentes judiciales informaron que la magistrada ordenó al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas que inscriba a la niña con los apellidos de la madre y de sus dos padres.

La niña había manifestado, tanto al Equipo Técnico de Adopción como a la jueza Córdoba durante las audiencias que ella tiene “una mamá y dos papás”.

Se refería así al hombre que era esposo de la madre cuando la adoptaron. Pero esa pareja se separó y la mujer comenzó una relación con otro hombre, a quien la niña también consideró su padre.

Según la jueza tuvo constancia, el primer esposo después del divorcio no perdió el contacto con la niña, sino que, por el contrario, siguió compartiendo los fines de semana con ella. Y es habitual que los cuatro, (la nena, su mamá y sus dos padres, compartan encuentros.

La jueza entendió que la situación conformaba una particularidad propia: “La pluriparentalidad es uno de los grandes desafíos del derecho de familias contemporáneo”, planteó.

Y definió: “Entiendo que el Estado no puede venir a imponer nuestros propios planes de vida y que se está gestando la ruptura del binario de roles. Es que hay que darle valor a la socioafectividad vislumbrada en el presente caso, donde se crearon vínculos valorables y protegibles”.

En ese marco, la jueza declaró para este caso la inconstitucionalidad del último párrafo del artículo 558 del Código Civil y Comercial, que dispone: “Ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales, cualquiera sea la naturaleza de la filiación”.

Y también del inciso “d” del artículo 634, que establece las “nulidades absolutas” para procesos de adopción. El inciso de marras incluyó en esa lista “La adopción simultánea por más de una persona, excepto que los adoptantes sean cónyuges o pareja conviviente”.

En Tucumán también hay padre por dos

“Tenés derecho a conservar a los dos: al papá Roberto y al papito Jorge. También tenés razón al no permitir a los grandes que te exijan ese tipo de elección. No hay nada que elegir”, reconoció dos semanas atrás una jueza tucumana al derecho de una niña de nueve años a tener, también, dos papás y una mamá.

Juli, el nombre ficticio con el que se preservó la identidad de la niña, divide su tiempo entre dos casas en Amaicha del Valle: de lunes a viernes vive con Jorge, el hombre que la reconoció como hija al nacer, y los fines de semana los pasa con su padre biológico, Roberto. Mantiene una comunicación constante con su mamá, Lucía, y sus dos hermanos más pequeños, pero no vive con ellos.

Meses atrás, Roberto inició un proceso legal para impugnar la filiación de Jorge. Y ella fue citada ante la jueza de Familia Mariana Josefina Rey Galindo. “No me hagas elegir, por favor”, le suplicó la nena. Y le dijo a la jueza que los dos eran sus padres, y que compartía su vida con ambos. Y Rey Galindo decidió respetar su voluntad.

“Voy a reconocer legalmente ese derecho a tener a tus papás en los papeles (a los dos) y a reconocer el derecho a vivir de esa forma y en familia. Esto quiere decir que voy a hacer que el Estado registre en tu acta de nacimiento a Roberto, además de Jorge y Lucía”, escribió la jueza en su fallo, emitido el pasado viernes 7 de febrero.

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