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Irá a juicio por tirar la correspondencia

Confirman el procesamiento de un distribuidor porteño del Correo Argentino.

Un cartero porteño acusado de arrojar la correspondencia a un contenedor de residuos en lugar de entregarla a sus destinatarios quedó al borde del juicio oral luego de que la Cámara Federal confirmara su procesamiento. Según se informó ayer, la Sala I de los tribunales porteños confirmó el procesamiento de Gabriel Fabián Sajewicz, empleado de la empresa “Logística de Avanzada” (LDA), proveedora del Correo Argentino y dedicada a la distribución de la correspondencia.

Tras una serie de planteos acerca de si el imputado era, o no, empleado público pues su sueldo se lo abonaba una empresa que operaba como “una suerte de flete”, los camaristas entendieron que fue correcto el proceder del juez federal Sergio Torres cuando dictó su procesamiento por el delito previsto en el artículo 154º del Código Penal.

Según la resolución, el hecho tuvo lugar el 2 de junio de 2009 en la intersección de las calles de Andonaegui y Quiroz de la ciudad de Buenos Aires cuando el subcomisario Ignacio Guyet, de la División Robos y Hurtos de la Policía Federal, dio cuenta de que el conductor de una camioneta Renault Kangoo estaba “arrojando varias cartas en el interior de un contenedor de basura”.

El vehículo “se hallaba estacionado junto al mencionado container y poseía la inscripción Correo Oficial de la República Argentina en la puerta delantera lateral izquierda”, y al ser retenido el conductor fue identificado como Gabriel Fabián Sajewicz, quien tenía “más cartas dentro de una bolsa de arpillera”.

Los camaristas Jorge Ballestero, Eduardo Freiler y Eduardo Farah confirmaron el fallo de primera instancia dictado por el juez Sergio Torres, quien procesó al imputado por el delito previsto en el artículo 154º del Código Penal.

Esa norma prevé penas de prisión de uno a cuatro años al “empleado de correos o telégrafos que abusando de su empleo se apoderare de una carta, de un pliego, de un telegrama o de otra pieza de correspondencia (y) la entregare o comunicare a otro que no sea el destinatario, la suprimiere, la ocultare o cambiare su texto”.

En su descargo, la defensa del cartero criticó que aquél fuera considerado empleado del servicio de correos cuando no existía una relación contractual entre la empresa postal y su asistido, sino que él “sólo brindaba servicios de transporte y les facturaba por hora cual flete”.

Ello fue refutado por los jueces, quienes además recordaron que testigos de la causa dijeron que habían visto que el dependiente estacionó el vehículo utilitario “en doble fila y arrojó cartas a un contenedor plástico”, en donde luego se determinó que había “cuarenta y seis sobres cerrados que contenían correspondencia”.

Por ello, para los jueces, los argumentos de la defensa “carecen de sustento puesto que Sajewicz fue sorprendido en flagrancia en el momento en que arrojaba desde su vehículo al conteiner de basura correspondencia del Correo Argentino que debía repartir”.

“La modalidad del hecho no constituye ocultación de correspondencia sino supresión de la misma, agravado por abuso de su empleo”, puesto que “la supresión, por lo tanto, puede o no consistir en la destrucción, bastando que la carta sea sacada del curso del correo, arrojándola, por ejemplo, a un canasto de papeles”, dice la resolución.

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