Policiales

Ataque homicida

Intentó ahogar en la pileta al hijo de su pareja, de 9 años, con aval de ella: fueron condenados

El niño salvó su vida de milagro ante la intervención de los vecinos. Respecto de la mujer, se constató la existencia de violencia de género y su vulnerabilidad lo que no derivó en su absolución sino que se tuvo en cuenta al momento de acordar la pena


Antonio tenía 9 años cuando en enero de 2020 su padrastro lo sumergió en una pileta y lo mantuvo bajo el agua con la intención de ahogarlo en presencia de su madre. Vecinos escucharon los pedidos de auxilio del niño e intervinieron, lograron rescatarlo y llamaron al 911. La pareja fue detenida e imputada. Este viernes admitieron su responsabilidad en el ataque. El hombre fue condenado a la pena de 5 años y 4 meses por el delito de tentativa de homicidio en carácter de autor mientras que la mujer fue acusada de una participación secundaria en el hecho. La Fiscalía consideró que la mujer, que fue acusada de arengar a su pareja, sufría violencia de género y se encontraba en un estado de vulnerabilidad por lo que propusieron una condena de 3 años de cárcel. El juez que presidió la audiencia homologó el acuerdo y dictó condena, tras la cual la mujer recuperó la libertad con restricciones.

La tarde del 6 de enero de 2020 el patio de la casa ubicada en Patagones y calle 1821 fue escenario de un ataque descarnado. La vivienda era de Miguel Ángel Pereyra, de 37 años, y desde hacía cinco meses la compartía con Anahí Soledad B., de 32 años, junto a los dos hijos de la mujer, Antonio, de 9 años, y E. de 2.

Cerca de las 18 y, según la imputación fiscal, Pereyra tomó al niño y lo sumergió en la pileta que ese encontraba en el patio de la casa, obligándolo a permanecer bajo el agua con intenciones de ahogarlo mientras su mamá le decía: “Ahogalo, ahogalo”.

Los vecinos intervinieron a los gritos para evitar que Pereyra continuara sumergiendo al niño, circunstancia que la víctima aprovechó para zafarse de su padrastro y correr dentro de la casa.

El hecho fue denunciado al 911 y con la llegada del personal policial los testigos contaron lo sucedido e identificaron la casa. Escucharon al niño gritar e ingresaron a la propiedad, contaron en dicha oportunidad.

Los uniformados detuvieron a la pareja mientras el niño, que estaba mojado, contó que lo habían querido ahogar y que su hermanito también era víctima de golpes.

El informe médico constató que Antonio tenía múltiples lesiones escoriativas, hematomas, equimosis (moretones) y tenía signos compatibles con sarna. Según el informe médico, las lesiones eran acordes con el mecanismo de golpear y ser golpeados con o contra superficie firme o resistente y las escoriaciones con efecto de roce.

Para la fiscal Marisol Fabbro, Pereyra intentó matar al niño, hecho que se encuentra corroborado por los testimonios de los vecinos, de la víctima en Cámara Gesell y las evidencias objetivas del caso.

Agregó que el niño tenía un hematoma en el ojo izquierdo, hematoma y lesiones en región maxilar derecha, lesiones petequiales en cara lateral derecha del cuello y pequeños hematomas en espalda y cadera izquierda, las que coinciden con la mecánica descrita por los vecinos y la historia clínica del niño. A lo que sumó la pericia a los celulares secuestrados a los acusados donde se obtuvieron mensajes entre la pareja que demuestran la relación conflictiva.

Ambos fueron imputados por el intento de homicidio y quedaron detenidos en prisión preventiva. Este viernes se llevó a cabo una audiencia de procedimiento abreviado donde la fiscal presentó junto a las defensoras Martina Guirado y Florencia Chaumet, un acuerdo.

Para Pereyra, resolvieron la pena de 5 años y 4 meses de prisión efectiva por el delito de tentativa de homicidio simple en calidad de autor.

En el caso de Anahí B. la propuesta fue de 3 años de prisión efectiva por una participación secundaria en el hecho. El fundamento fue que no cometió el delito sino que reforzó en forma verbal alentando la comisión del hecho y omitió realizar cualquier acción de auxilio al niño.

Las partes analizaron el caso de la mujer con perspectiva de género y tuvieron en cuenta las conclusiones de la Junta Especial de Salud Mental que corroboró que era víctima de violencia de género, lo que fue reforzado por las profesionales de la Secretaría de Género y Derechos Humanos de la Dirección de Atención en Violencias de Género de Rosario, por los dichos del niño y las constancias de la Central de Emergencia 911.

La junta determinó que la mujer “padece un cuadro neurótico, con cierta inestabilidad anímica asociado a un contexto vital y vulnerable. Reconoce las implicancias del rol materno, pero impresiona condicionamiento por el contexto de violencia y sometimiento respecto de su pareja”.

Entendieron que la mujer ha sido una persona particularmente vulnerable no sólo por su condición de víctima de violencia de género sino también por sus antecedentes de salud mental y la desvinculación de su familia de origen.

Así, las partes consideraron adecuada la aplicación de una pena de 3 años de prisión para la mujer, lo que le permite recuperar la libertad y el inicio de un abordaje integral de la problemática de violencia desde los distintos organismos del Estado que deberá transitar.

El juez Nicolás Foppiani resolvió homologar el acuerdo y dictar condena: fijo la sanción de 5 años y 4 meses para Miguel Ángel Pereyra y para Anahí la pena de 3 años por participe secundaria, atento a que está en prisión preventiva desde enero del 2020. Ello le permite recuperar la libertad a la mujer, por lo que el juez fijó reglas de conducta.

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