Economía

Tasas

Inminente fallo de la Corte Suprema nacional podría desfinanciar municipios

Una disputa entre Esso y la localidad de Quilmes puede derivar en nueva base de cálculo para una tasa que representa el 60% de ingresos propios en Rosario. La definición del máximo tribunal sentaría precedentes para que grandes contribuyentes puedan tributar menos


Inminente fallo de la Corte podría sentar un precedente que desfinancie a 2.300 municipios.

Un inminente fallo de la Corte Suprema de Justicia podría sentar un precedente y un efecto en cadena que desfinancie a 2.300 municipios del país. La firma Esso y la localidad de Quilmes protagonizaron una audiencia pública en la que expusieron sobre la modalidad del cobro de tasas municipales. La petrolera pretende tributar vulnerando el convenio regulatorio. Si el máximo tribunal le da la derecha, dará lugar a acciones similares por parte de otras empresas que pondrían en jaque un recurso que para Rosario representa casi el 60% de sus ingresos.

El caso que llegó a una audiencia en la Corte el 6 de junio, visibilizó el conflicto que existe por la modalidad de cobro de tasas municipales a grandes contribuyentes. En el caso mencionado se trata de la Tasa de Inspección en Seguridad e Higiene (Tish), el equivalente al Derecho de Registro e Inspección (Drei) en Santa Fe.

Ese importe a pagar por parte de los contribuyentes a los municipios, se calcula en base a sus Ingresos Brutos, tal como lo estipula el denominado Convenio Multilateral. Esta herramienta establece la distribución de ingresos entre provincias, y a su vez dictamina cómo los municipios pueden gravar y luego distribuir.

Según lo establecido, los contribuyentes deben pagar la tasa sólo en municipios donde tienen local, pero sobre el total de los ingresos obtenidos por las ventas en toda la provincia, aún en municipios donde no tienen local pero prestan el servicio. Si así no fuera, estarían obteniendo ingresos en localidades por las cuales no le rendirían el pago de tasas a ningún municipio.

El problema surge a partir de la interpretación que hace la petrolera sobre ese convenio. Pretenden pagar tasa solo en base a los ingresos obtenidos en los municipios donde tienen locales. Y así pretenden que no se grave lo recaudado por el servicio prestado más allá de la venta en sus establecimientos. Su lógica es que si generan ganancias en municipios donde no tienen local, no deben pagar tasas a nadie.

En tanto, Quilmes y otros municipios pretenden que la firma pague las tasas, no sólo en base a los ingresos que obtiene con los locales al público (estaciones), sino también con los servicios que presta más allá de esos locales (despacho de combustibles).

Existió un fallo en contra de Esso por parte de la Corte de la provincia de Buenos Aires, pero ante un recurso extraordinario presentado por la petrolera, la Corte nacional pidió un dictamen a la Procuración. Este último le fue favorable y anticipa lo que puede ser la decisión del tribunal supremo. Según los especialistas, la Corte suele ir en sentido del dictamen. En ese caso, estaría avalando un cambio de cálculo para las tasas municipales, y marcando un precedente para que otras empresas repliquen el procedimiento de Esso.

Efecto en Santa Fe

Más allá de que se trata de un caso concreto, y un eventual fallo no invalida automáticamente el cobro de la tasa en otros municipios, sienta un precedente para quienes decidan accionar como la petrolera. Ese escenario comprometería hasta un 60% de los ingresos propios que tiene Rosario, representados por el Derecho de Registro e Inspección (Drei).
La subsecretaria de Hacienda municipal, y representante local en el Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales (Ceat), Margarita Zabalza, planteó que un fallo favorable a Esso “desfinancia totalmente a los municipios”.

Para tomar noción de cómo se traslada el caso a nivel local, ejemplificó: “Algunas empresas grandes tienen el local en Rosario, pero venden en toda la provincia. Como no tienen locales en otros municipios, Rosario les cobra por el total de ingresos brutos obtenidos en toda la provincia. Como ellos solo tienen local acá, se le atribuyen todos los ingresos de la provincia a Rosario, y sobre eso se les aplica la alícuota”.

Añadió que el eventual fallo a favor de Esso, sería un puntapié a “reclamos para que disminuya la base imponible que pagan y van a tener ingresos en algunas localidades de la provincia por los cuales no van a pagar”. Aseguró que en la región se replica la situación donde las empresas no tienen locales, pero sí actividad. Es decir, facturan, pero no tributan a ningún municipio.

Riesgo para Rosario

Zabalza explicó por qué es necesario mantener el cálculo de lo que se paga en concepto de Drei, en base a los Ingresos Brutos. Lo ejemplificó con el caso de un comercio habilitado en Rosario, pero que también vende a Rafaela. “Si el fallo declara que la empresa tiene que pagar solo de acuerdo a los ingresos en Rosario porque ahí tiene su local, dejaría de pagar por los ingresos que obtiene de su servicio en Rafaela”.

Ese escenario llevaría a que las empresas dejen de declarar una parte de la actividad. La subsecretaria de Hacienda agregó además que “eso implicaría que la base imponible para el tributo bajaría terriblemente”. De acuerdo a sus cálculos, “hoy el Drei representa entre el 55% y el 60% de la recaudación propia”.

De los ingresos tributarios del municipio, el 50% son propios (TGI, Drei y otras tasas municipales). En ese total es que está representado el casi 60% de Drei. El otro 50% de los ingresos tributarios, el municipio los recibe de coparticipación nacional y provincial.

El caso Esso-Quilmes

Germán Krivocapich es abogado tributarista y representó a los cuarenta municipios que respaldaron a Quilmes en la audiencia del 6 de junio. En diálogo con El Ciudadano recalcó la importancia que tiene este caso en virtud del efecto que puede generar. “Ya sólo con el dictamen de la Procuración estamos teniendo planteos de empresas pidiendo que los municipios devuelvan los años no prescriptos”.
Agregó que “una sentencia (en favor de Esso) generaría una cadena de reclamos en todos los municipios del país, ya que van a empezar a pedir liquidar con el criterio de la petrolera que es lo que provocaría el desfinanciamiento futuro”.

“Paraíso fiscal municipal”

Actualmente la firma Esso tiene Ingresos Brutos en 107 municipios, pero paga tasas sólo en los 24 donde tiene establecimientos. Es decir que no paga tasas sobre los ingresos que la petrolera tiene en otros 83 municipios, donde aunque no tenga establecimiento, sí tiene actividad.

Según el doctor Krivocapich, esta lógica responde a la de un “paraíso fiscal municipal”. El resultado de no gravar ingresos en otros municipios, lleva incluso a que los que tienen establecimiento reciban menos porción de la venta total en la provincia. “La petrolera paga las tasas a municipalidades donde le hacen la inspección del establecimiento, pero no sobre la base de ingresos de los 107 municipios que es lo que dice el convenio multilateral, se autogeneran un paraíso fiscal municipal”, aseguró.

Aunque el Convenio Multilateral indica que a los municipios que tienen local les corresponde cobrar sobre el 100% de las ventas provinciales, Esso insiste con que los municipios les cobren tasas por las ventas donde tienen locales. De esta forma, donde sólo prestan la actividad, no le están pagando tasa a ningún municipio. Y según desliza el representante de los municipios asignan ingresos donde en los lugares donde ellos mismos decidieron no pagar, con la lógica del paraíso fiscal: “Están mandando ingresos a una jurisdicción en la cual en la vida van a pagar, ya que ahí asignan un ingreso pero dicen que no tienen obligación de pagar nada. Es la lógica del paraíso fiscal, la mandan a municipios donde no tienen locales y creen que por eso no la tienen que pagar”.

Advierten “una predilección por las petroleras”

El abogado rosarino especialista en derecho tributario, Juan Dogliani, sumó a los posibles efectos del caso, una mirada sobre el accionar de la Corte Suprema de Justicia que podría fallar antes de agosto. En primer lugar dejó en claro que “de lo que se trata acá es ver con qué reglas se distribuye el costo del financiamiento de los servicios municipales”.
Por otra parte, explicó que a pesar de excusarse de intervenir por haber defendido a la petrolera en otro caso, Carlos Rozenkrantz fue quien pidió el dictamen de la Procuración General, que resultó favorable a la petrolera. Dogliani coincidió con Krivocapich en que “normalmente lo que sigue es que la Corte falle en sentido del dicamen que hace la procuración”.

El especialista en materia tributaria sostuvo que “esto responde a un clima de época, de desdén por el financiamiento público local”. Y agregó que “no sería tan grave si del financiamiento público local no dependiera el desarrollo de un país que tiene 2300 municipios”. En tanto agregó que además de tener “una predilección por las petroleras”, si la Corte, que normalmente rechaza estos casos, “se metió en esto, es porque hay una lectura política”. Por último sostuvo: “Si ahora le sacas recursos a los municipios en un contexto de coparticipación deteriorado, se resiente la prestación de servicios”.

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