Coronavirus

Dos semanas de fiesta

Hasta el viernes 23 amplían horario de bares, abren cines y teatros y funcionará el casino

Santa Fe flexibilizó las restricciones y varios sectores que hasta ahora permanecían cerrados volverán a abrir. Se podrá pescar, navegar, nadar y hacer deportes, aunque con estrictos protocolos para cada caso. Bares pueden abrir hasta las 21 los días "comunes" y hasta las 23 viernes y sábados


Con el fin de semana largo que se avecina y la promesa del pronóstico meteorológico de un veranito de San Juan, la provincia flexibilizó las actividades entre hoy, 9 de julio y el próximo viernes 23, en una buena noticia para empresarios gastronómicos que buscarán recuperar terreno ante las vacaciones de invierno y, sobre todo, el Día del Amigo.

El decreto en vigencia mantiene para la totalidad del territorio provincial la restricción de reuniones sociales en domicilios particulares, “salvo para el grupo conviviente” y las reuniones en espacios públicos al aire libre de más de diez personas. Tampoco permite la práctica recreativa de deportes grupales de contacto, ni el funcionamiento de locales de eventos o de juegos infantiles. No permite competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales, ni las discotecas y salones de de fiestas.

En contrapartida, los locales gastronómicos (bares, restaurantes, heladerías y otros con concurrencia de comensales) podrán abrir los viernes, sábados y vísperas de feriados entre las 23, y el resto de los días de la semana de 6 a 21, con una ocupación del 30 por ciento. Fuera de esos horarios sólo trabajarán en las modalidades de reparto a domicilio y de retiro.

Además se permiten las actividades:

  • Deportiva en modalidad entrenamiento, que realicen entre sí los deportistas de una entidad en sus instalaciones, por turnos y en grupos de hasta 10 participantes.
  • Práctica recreativa de deportes grupales en modo entrenamiento en espacios privados, por turnos y en grupos de hasta 10 participantes.
  • Gimnasios, natatorios y establecimientos afines, por turnos y en grupos de hasta 10 participantes.

En todos los casos esas actividades estarán habilitadas entre las 7 y las 22, con un 30% de ocupación de la superficie disponible.

También se habilita la actividad en hipódromos y agencias hípicas, “organizando turnos para desarrollar las actividades de cuidado y entrenamiento de los animales y de mantenimiento de las instalaciones; sin la asistencia de espectadores, incluso si se desarrollaren carreras”.

La pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, ocupando en éste último caso un máximo del 50% de la capacidad de transporte de personas habilitada para la embarcación, y las actividades de guarderías náuticas, la navegación recreativa o deportiva se permitirán sin traspasar límites departamentales.

También se habilita la actividad de los locales comerciales ubicados en centros, paseos y galerías “cumplimentando las reglas generales de conducta y de prevención” y “restringiendo el uso de la superficie libre de circulación a un máximo del 30% de la misma, tomando como referencia complementaria la de una persona cada 2 metros cuadrados de espacio circulable”.

También queda habilitada la actividad en casinos: será de 10 a 23 los viernes, sábados y vísperas de feriados y de 10 a 21 los demás días, y con un máximo de ocupación del 30% del espacio circulable.

En tanto, se extienden las habilitaciones para actividades religiosas en iglesias, templos y lugares de culto. Y se autorizaqn actividades en cines, en teatros y en salas de espectáculos de centros culturales: de 10 a 23 los viernes, sábados y vísperas de feriados y de 10 a 21 los demás días “arbitrando el control de temperatura de todos los asistentes, incluso en cada

oportunidad de los intervinientes como artistas, técnicos, etcétera, y las demás medidas de sanitización de manos y calzado” y con una serie de restricciones e indicaciones.

En tanto, continuarán ejerciéndose en forma remota, salvo guardias mínimas, las profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros, la actividad inmobiliaria y aseguradora, las actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales, empresarias, colegios profesionales, entidades civiles y deportivas, obras sociales y de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial. También las tareas administrativas de las empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios.

Finalmente, el comercio mayorista y minorista con atención al público deberá continuar cerrando a las 19.

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