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Habeas Corpus

Hacen lugar a una apelación de la defensa pública

Luego de escuchar a las partes, el juez Carbone resolvió revocar los puntos 3 y 4 de la decisión dictada por el juez Donnola el 7 de julio de 2016. Asimismo, solicitó que dichos puntos puestos en cuestión sean abordados en una mesa de diálogo.


El juez Carlos Carbone revocó parcialmente la resolución de su par de primera instancia Juan Andrés Donnola, a partir de un recurso de apelación presentado por Gabriel Ganón en el habeas corpus interpuesto por el agravamiento en las condiciones de detención de L.J., que luego fuera abierto a todas las personas que se encuentran internadas en el Centro Regional de Salud Mental Agudo Ávila.

El recurso fue presentado particularmente contra los puntos del resolutorio de Donnola. Si bien el habeas corpus fue aceptado por este juez, había ordenado adecuar dentro del Centro Regional de Salud Mental una “Sala de Cuidados Especiales”, que consistía en establecer un pabellón específico con medidas de seguridad similares a los de un lugar de detención, en donde serían alojados pacientes que se encuentren privados de su libertad “para mayor seguridad”.

En otro aspecto, dicho recurso manifiesta que la ley de Salud Mental prevé el cierre de los hospitales monovalentes, con lo cual crear una “Sala de Cuidados Especiales” es una estrategia que se opone a la transitoriedad en estos Centros de Salud Mental. El último agravio traído a colación por la Defensa Pública cuestiona la creación de una sala penitenciaria en el Centro Regional de Salud Mental “Dr. Agudo Ávila”.

Durante la audiencia, el encargado de la Secretaría de Prevención contra la Violencia Institucional, Enrique Font, manifestó ante Carbone que “la Defensa Pública apela esta parte de la sentencia porque entendemos que la misma implica volver al viejo sistema de corralitos en los hospitales de Salud Mental”. Al mismo tiempo, reconoció que la provincia de Santa Fe está avanzando en la reconversión de los hospitales monovalentes por lo que la creación de esta sala “implicaría una violación a la ley Nacional de Salud Mental”. También manifestó que “debe priorizarse la atención de los pacientes psiquiátricos, no importa si provienen del Servicio Penitenciario o son presos en comisarías”.

Previo a la resolución del juez, Font sostuvo que en este habeas corpus quedaron puestos de manifiesto casos de torturas y malos tratos por parte de agentes del Servicio Penitenciario. Es por ello que, aprovechando que se encontraba presente la Fiscal encargada de la Unidad de Corrupción y Violencia Institucional, Karina Bartocci, la instó a que inicie una investigación por estos hechos evidenciados en el recurso interpuesto.

Luego de escuchar a las partes, el juez Carbone resolvió revocar los puntos 3 y 4 de la decisión dictada por el juez Donnola el 7 de julio de 2016. Asimismo, solicitó que dichos puntos puestos en cuestión sean abordados en una mesa de diálogo.

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