Ciudad

Golpeó a cuidacoches y ahora deberá pagarle

Se trata de un ex empleado de una empresa concesionaria de estacionamiento medido.

Por: Carina Ortiz

Julio A., un ex empleado de una empresa concesionaria de estacionamiento medido, deberá pagar la suma de 23.600 pesos en concepto de daños y perjuicios a un cuidacoches por las lesiones que le ocasionó hace casi seis años cuando este último intentó impedir el traslado de un vehículo mal estacionado. La pretensión indemnizatoria realizada contra la Municipalidad de Rosario y el inspector de tránsito que se hizo presente en el lugar junto a la grúa para verificar la infracción fue rechazada por el tribunal actuante al considerar que el empleado municipal no participó en la golpiza.

Un vehículo estacionado en un lugar no permitido originó la presencia de un inspector de tránsito y un empleado de la empresa privada que tenía a cargo la explotación del estacionamiento medido a los fines de retirar un automóvil mal estacionado en Pellegrini al 1100.

Carlos, que habitualmente se ganaba la vida cuidando autos en la zona, se negó al traslado del vehículo solicitando  esperar unos minutos a que regresara el dueño del rodado. El inspector de tránsito, ante la negativa del cuidador, le lanzó golpes de puño sin golpearlo, según reza la sentencia. En cambio el empleado de la empresa concesionaria, que llegó en la grúa con el empleado municipal y un chofer, le propinó una serie de golpes que le ocasionaron politraumatismos varios entre ellos de cráneo y la quebradura expuesta de tibia y peroné, por lo que el cuidacoches debió ser trasladado al Hospital de Emergencias Clemente Álvarez

El hecho, que se produjo el 9 de julio de 2004, dio origen a una causa penal que terminó con el inspector de tránsito beneficiado por el dictado de un falta de mérito, que con el correr del tiempo se transformó en un sobreseimiento, y con el procesamiento de Julio A. por el delito de lesiones graves. El Juzgado de Sentencia Nº 2 dispuso un probation para el empleado de la empresa concesionaria.

Por su parte, el cuidador inició una demanda de daños y perjuicios contra Julio A., el inspector de tránsito y contra la Municipalidad de Rosario reclamando indemnización por lesiones incapacitantes, daño moral, intereses y costas.

El tribunal Extracontractual Nº 6 rechazó la demanda contra la Municipalidad de Rosario y su empleado, basándose en la causa penal, especialmente en los testimonios que acreditan que el inspector de tránsito no fue quien le propinó los golpes al cuidador, prueba que se corresponde con la declaración del mismo imputado. Aunque distinta fue la suerte que corrió Julio A., el ex empleado de la empresa concesionaria de estacionamiento medido, que fue considerado responsable de los daños ocasionados al cuidacoches por los magistrados y que le asignaron un 80 % de la responsabilidad en el suceso. El 20% restante fue achacado al cuidador de coches.

El fundamento para responsabilizar a ambos en esta proporción se basó en que el accionar del cuidacoches de impedir el traslado del auto fue antijurídico ya que el inspector y sus acompañantes estaban legitimados a llevarse el vehículo, aunque resaltaron que el empleado municipal debió solicitar el auxilio de la fuerza pública.

A su vez, tuvieron en cuenta que Julio A. es una persona instruida, con una tarea específica asignada y capacitada a tal fin, por lo que su actitud implica un dolo que debe ser considerado con mayor severidad que el del cuidador, una persona desocupada, que en ese contexto de pobreza y falta de acceso al sustento diario “intentó honrar aquella actividad que considera trabajo” a pesar de que no podía ignorar que el auto estaba mal estacionado.

Los magistrados condenaron a Julio A. a pagar la suma de 14.000 pesos en concepto de  lesiones incapacitantes y 9.600 pesos en concepto de daño moral.

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