Política

Gobierno anunció que para comprar dólares habrá que tener aprobación de la Afip

El ministro de Economía, Amado Boudou, indicó que la administración convalidará que las personas o empresas que adquieran divisas tengan los fondos correspondientes para hacerlo. De todas formas, la medida no afecta el monto máximo de compra.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) convalidará a partir del próximo lunes, que las personas o empresas que adquieran divisas en el mercado cambiario tengan los fondos correspondiente para hacerlo, y así terminar con el mercado en negro, anunció esta noche el ministro de Economía, Amado Boudou.

“Hemos detectado más de un centenar de CUIT y CUIL cuyos ingresos no se condicen con los dólares que quieren comprar. Por eso, desde el lunes, el que compre divisas extranjeras será automáticamente auditado por la AFIP, la que avalará la compra”, dijo Boudou esta noche durante un contacto mantenido con la prensa en la sede del Palacio de Hacienda.

“Esto no modifica los montos. Sólo verifica que la empresa o la persona tenga los fondos para hacer la compra. Lo que buscamos es que todas las operaciones se canalicen a través del mercado formal”, dijo el ministro.

Boudou explicó que la medida se pondrá en vigencia el lunes a través de la Resolución conjunta 3.210 del Ministerio de Economía y de la AFIP, que será publicada en el Boletín Oficial.

Aseguró que “la operación será muy sencilla” ya que la empresa o persona que vaya a un banco a comprar divisas, le dirá al cajero su CUIT o CUIL, y éste de inmediato, a través de la red informática del banco, consultará con la AFIP.

La AFIP, por su parte, le responderá al banco si el interesado -en base a su rango de ingreso y declaración impositiva – si está en condiciones de adquirir dólares u otro tipo de divisa.

El ministro señaló que los que vayan a comprar divisas “no tendrán que llevar ningún formulario impreso”, ya que la verificación se realizará a través del sistema informático de la AFIP “el cual tiene sobrada capacidad” como para tramitar todas las solicitudes.

Esta medida “no tiene nada que ver con un control de cambios o con modificar los montos establecidos”, aseguró el ministro, quien estuvo acompañado por el secretario de Finanzas, Hernán Lorenzino.

Sostuvo que desde el Gobierno “lo que buscamos es que todo se canalice a través del mercado formal, y así eliminar la inequidad entre los que pagan y no pagan impuesto, evitar el lavado de dinero, y dar mayor transparencia al mercado”.

Bodou negó estar preocupado por la salida de divisas y señaló que “todos los que han querido comprar dólares, han podido hacerlo”.

Por último, el ministro enfatizó que el Banco Central “tiene la capacidad para seguir administrando el tipo de cambio”.

Tal como había adelantado ámbito.com, el monto máximos de adquisición -actualmente u$s 2 millones- no será modificado, pero si habrá un seguimiento más estricto sobre quienes operen montos de esa magnitud. En la práctica, se traduce en más requisitos y un monitoreo más profundo de quienes acceden al mercado cambiario por montos importantes.

Por otro lado, en la jornada, el BCRA a través de la comunicación “A” 5.237 oficializó la medida anunciada el jueves que dispone que “en los casos de compras de empresas locales, aportes de capital o adquisición de inmuebles por parte de no residentes, se deberá registrar el ingreso de los fondos en el mercado local de cambios al momento de efectuar la inversión”.

La norma aprobada por el directorio del BCRA establece como requisito en los casos antes mencionados que, para una eventual repatriación al exterior de los fondos sin la conformidad previa del Banco Central, se deberá haber registrado el ingreso de las divisas en el mercado local de cambios al momento de efectuar la inversión inicial.

A partir de la nueva norma, si una empresa no residente compra una empresa local, y con posterioridad decidiera vender la misma a un residente, para poder remitir al exterior esos fondos sin requerir la conformidad del Banco Central se deberá demostrar que fueron ingresados los recursos en el mercado local de cambios al momento de comprar la empresa local en cuestión. En caso contrario, deberá pedir la autorización previa del Banco Central para remitir esos fondos.

Este nuevo requisito no alcanza a las inversiones realizadas con anterioridad a la fecha, a las inversiones que no se materializan con un desembolso de fondos, así como tampoco será necesario para el giro al exterior de las rentas generadas por las inversiones.

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