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Gas: “Antes de aumentar, debemos saber de cuánto es el aumento real y definir quién lo paga”

Desde la Defensoría del Pueblo de Santa Fe pidieron “escuchar a la ciudadanía” para establecer los nuevos precios y consideraron que "no puede definirse un incremento cuando no se sabe cuánto es la participación del Estado en el subsidio y cuál será el precio a boca de pozo"


En el marco de las audiencias públicas para determinar el nuevo cuadro tarifario del servicio de gas natural por red, en las que se establecerán los valores tanto para distribución como para transporte, el defensor del Pueblo de Santa Fe, Gabriel Savino, insistió con la necesidad de “escuchar a la ciudadanía, que es la que tributa en silencio”. Y, dado la complejidad del tema y los diversos factores a considerar, sostuvo: “Antes de aumentar, debemos saber de cuánto es el aumento y definir quién lo paga”.

“Las Defensorías del Pueblo de todo el país venimos participando en todas las audiencias públicas convocadas para debatir sobre las tarifas del gas natural por red, desde el fallo Cepis, donde la Corte Suprema anuló el incremento por falta de audiencia pública previa. El ombudsman es el instituto que, cuando el sistema falla, recibe y auxilia a los usuarios y consumidores con los reclamos no escuchados”, reseñó Savino durante la audiencia, alertando que “en muchas oportunidades no se obtienen respuestas por parte de las prestadoras, incumpliendo y negando el rol del Estado y, en definitiva, vulnerando los derechos de la ciudadanía”.

El organismo de protección de derechos evaluó que hasta marzo de 2019 “el principal problema expuesto era relativo a los aumentos tarifarios solicitados, que en ningún caso reunían los requisitos de razonabilidad, proporcionalidad, gradualidad y certeza exigidos por la Corte Suprema”.

Al respecto, ejemplificó con el caso de Litoral Gas, que presta el servicio en la provincia de Santa Fe y en el noreste de Buenos Aires, cuyo cuadro tarifario se incrementó entre mayo de 2015 y enero de 2019 un 1.200 por ciento para el cargo fijo y un 1.800 por ciento para el m³ para un usuario R1.

El defensor recordó, en ese sentido, que en 2019 se produjo un congelamiento tarifario y 2020, con la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva 27.541, se dispuso iniciar un proceso de renegociación de la revisión tarifaria integral vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario. “La preocupación y el objetivo que debe imperar hoy, además de los aumentos aprobados, es cuál será el costo final que deberán afrontar los usuarios cuando termine este régimen provisorio o excepcional. Ya que Litoral Gas expone en su informe que el ‘ajuste correspondiente según fórmula de cálculo aprobada por Enargás en la RTI (Revisión Tarifaria Integral) sería para los usuarios Residenciales/SGP/GNC/EBP del 219,0351 por ciento en el cargo variable y del 193,3064 por ciento en el cargo fijo’”, indicó.

La Defensoría explicó que la empresa, en el marco del decreto 1.020/2020, solicita “para esta oportunidad subsidiariamente un 79,1 por ciento de ajuste sobre la tarifa de distribución para mitigar, según ella, los efectos de la inflación”. “Empero, nadie contempla la pérdida del poder adquisitivo de los asalariados, que ronda el 50 por ciento, aunado a los impactos sobre el sector pasivo. Y es en esta realidad donde el Estado debe propiciar las condiciones para que todas y todos tengan accesibilidad al servicio, tanto en materia de poder contar con conexión a la red del servicio como la posibilidad de poder costear las tarifas”, reafirmó Savino.

En este contexto, el defensor se preguntó: “¿Quién se va hacer cargo de la diferencia existente entre el aumento que correspondería según las licenciatarias, por aplicación de la fórmula oportunamente aprobada por Enargás, y el incremento efectivamente aprobado? ¿Cuánto es el aumento real directo en el bolsillo del ciudadano? ¿La tarifa propuesta es sostenible y aplicable en un período de retracción económica?”, y afirmó: “Desde la Defensoría del Pueblo adelantamos opinión diciendo que ese incremento en ningún caso deberá ser afrontado mayoritariamente por el usuario que tributa”.

La Defensoría del Pueblo consideró que “el cuadro tarifario solicitado que implica una actualización en el orden 200 por ciento del valor de distribución no se ajusta a los principios de proporcionalidad, gradualidad y razonabilidad de las tarifas”. Y respecto del cuadro tarifario solicitado en carácter subsidiario y que conlleva una actualización del valor de distribución en el orden del 80%, evaluó que “tampoco luce razonable, máxime considerando que aún desconocemos cuál va a ser la participación del Estado en el precio del gas”. “Con relación a esta propuesta también pedimos al ente regulador que sea evaluada en forma global considerando la distribución y el valor del gas, y cuál sería el impacto final para los usuarios, los comercios y las pymes, más aún considerando que nos encontramos ante los impactos sobre las actividades y salarios producto de la pandemia y los desajustes económicos”, insistió.

Prensa Defensoría

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