Policiales

Crimen de "Cepillo" Fernández

Faltaron los testigos y lo absolvieron por homicidio

Estaba acusado de llevar en moto a la persona que disparó contra la víctima. La Fiscalía había solicitado 18 años pero los testigos del caso no se presentaron. La acusación por el crimen fue retirada. Fue condenado en procedimiento abreviado por portación


A José Eduardo “Cepillo” Fernández lo mataron a tiros el 5 de diciembre de 2015 en Margis al 5100.

José Eduardo “Cepillo” Fernández fue asesinado en Fuerte Apache en diciembre de 2015. La investigación quedó en manos de Rafael Coria, pero el funcionario concursó para juez y dejó su cargo de fiscal. Antes de irse presentó la acusación y dejó el caso a un paso del juicio oral con la teoría cerrada. En su escrito pidió 18 años de cárcel para un muchacho al que acusó de conducir la moto que llevó al tirador que permanece prófugo. La causa la heredó el fiscal Ademar Bianchini, que se hizo cargo del juicio. La estrategia, en la que no pudo introducir modificaciones, contaba con 8 testigos que describían la mecánica del hecho, pero sólo uno fue encontrado, aunque después desapareció. Tampoco se presentaron al debate oral que comenzó el jueves pasado familiares de la víctima. Esta situación hizo tambalear el debate, pues el fiscal decidió retirar la acusación por homicidio y, junto a la defensora, Patricia Guzmán, presentaron un procedimiento abreviado por una tenencia de arma de guerra que encontraron en la casa del acusado cuando allanaron la propiedad.  El tribunal que presidió el debate dispuso un cuarto intermedio hasta este miércoles cuando comunicaron la absolución del muchacho de 29 años por el delito Homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de partícipe necesario por retiro de la acusación por parte de la Fiscalía atento por falta de testigos y a la imposibilidad de ubicarlos en plazo. Además, los magistrados aceptaron la presentación del procedimiento abreviado por tenencia ilegal de arma de guerra en calidad de autor, condenándolo a la pena de 2 años de prisión efectiva, pena que se unificó con una anterior por robo calificado y quedó en 9 años de cárcel.

A José Eduardo “Cepillo” Fernández lo mataron a tiros el 5 de diciembre de 2015 en la puerta de un quiosco en Margis al 5100. El tirador se bajó de una moto que lo esperó unos metros más adelante, tenía un arma en cada mano y no dudó en arremeter a tiros contra Cepillo, el marido de Doris. Los nietos de esta mujer son conocidos de los investigadores y están bajo la mira por una disputa territorial con otros grupos.

De los dos autores la Fiscalía ubicó a uno y lo llevó a juicio. El tirador sigue prófugo. Pero la investigación final la inició y tramitó un funcionario que concursó para juez y dejó el cargo. La causa quedó en manos de Ademar Bianchini con una estrategia fiscal plasmada en la acusación y con una audiencia previa al juicio que ya se había llevado adelante. En ella había varios testigos, ocho de los cuales tenían relación con la mecánica del hecho, pero uno era fundamental para la teoría fiscal y era la ex mujer de la víctima. Cuando notificaron la obligación de asistencia al juicio no encontraron a nadie, en el barrio no brindaron datos de estas personas. La brigada que se ocupó del tema solo encontró a una testigo que tras la notificación se esfumó. Esta situación desvirtuó el debate y el fiscal optó por retirar la acusación por homicidio y negociar con la defensora Patricia Guzmán la situación de Leandro Robledo, de 29 años. Cuando allanaron su casa en diciembre de 2015 encontraron sobre el ropero de su habitación un arma calibre 9 milímetros, una caja con municiones del mismo calibre con punta azul y otras en una bolsa. Por este hecho acordaron una condena de 2 años de prisión efectiva por tenencia de arma de guerra, sanción que pidieron se unifique con una condena previa de Robledo a 7 años por robo calificado, tenencia de arma en calidad de coautor y tenencia.

Gustavo Pérez de Urrechu, Rodolfo Zvala y Román Lanzón, que presidieron el debate del juicio que arrancó el jueves pasado, hicieron preguntas sobre la situación y consultaron a Robledo sobre el conocimiento que tenía sobre este pedido y lo que implicaba.

El tribunal que presidió el debate dispuso un cuarto intermedio hasta este miércoles al mediodía cuando comunicaron la absolución de Leandro Robledo, de 29 años, por el delito homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de partícipe necesario por retiro de la acusación por parte de la Fiscalía atento por falta de testigos y a la imposibilidad de ubicarlos en plazo, describieron voceros judiciales.

Además, los magistrados aceptaron la presentación del procedimiento abreviado por tenencia ilegal de arma de guerra en calidad de autor condenándolo a la pena de 2 años de prisión efectiva, pena que se unificó con una anterior por robo calificado y quedó en 9 años de cárcel.

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