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Mediante un subsidio o convenio de pago

Fallo ejemplar: la provincia y el municipio deberán facilitarle una vivienda a una familia

La mujer vive con sus dos hijos, de 7 y 12 años, en una casa que debe entregar. El menor tiene crisis asmáticas y el mayor Síndrome de Asperger. Se anotó en los registros estatales pero nunca la llamaron. La jueza María Silvia Beduino consideró la situación de “extrema vulnerabilidad" de la familia


La Justicia condenó a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de Rosario a facilitar el acceso a la vivienda a una mujer y sus dos hijos, uno con problemas respiratorios y otro con certificado de discapacidad, que no tienen un hogar. Ella está desempleada y, tras anotarse en reiteradas oportunidades en planes de viviendas, nunca tuvo respuestas por parte del Estado. La decisión de la jueza en lo civil y comercial, María Silvia Beduino, tuvo en cuenta la situación de “extrema vulnerabilidad, pobreza y exclusión social” de la familia, los derechos de las infancias y la protección a la discapacidad. En la sentencia dispuso que el gobierno provincial y municipal le entregue un subsidio que le permita pagar un alquiler o establezca un convenio de pago para acceder a un plan de vivienda.

“No hubo por parte del municipio o la provincia un movimiento para dar una solución a esta persona en situación de vulnerabilidad. La jueza se podría haber desentendido, por tratarse de una política Ejecutiva pero tomó el caso, escuchó a la mujer, se involucró y lo siguió adelante. Si no fuera por ella, la sentencia no se hubiera dictado”, dijo a El Ciudadano Luciano D’Angelo, abogado de la mujer.

Fallo inaudito: el Estado deberá darle vivienda a mujer y sus dos hijos

Gabriela vive con sus dos hijos: Ignacio de 7 y Federico, de 12 años. El menor tiene crisis asmáticas recurrentes y el mayor Síndrome de Asperger. En reiteradas oportunidades, se anotó en los registros provinciales y municipales para acceder a una vivienda, pero nunca la llamaron. En la actualidad vive en una casa que le alquilaron “de palabra” temporalmente pero debe entregarla. Gabriela no tiene garantías propietarias, ni recibo de sueldo para alquilar.

Cuando presentó la medida cautelar, en 2019, desde la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo señalaron que “serán adjudicadas 640 viviendas de un Plan y el grupo de ella se encuentra incluido en ese sorteo dentro del cupo de discapacidad y con altas posibilidades de concretar la adjudicación de la vivienda”. Mientras tanto, desde el gobierno de la Provincia de Santa Fe y la Municipalidad de Rosario acordaron darle un subsidio para el pago de un alquiler durante un año. Terminado el plazo, Gabriela no tuvo novedades.

La jueza consideró la situación de los menores, que fue constatada por un oficial de justicia, y citando a la Corte Suprema de Justicia de la Nación resaltó la responsabilidad estatal y gubernamental de garantizar la “protección y la asistencia integral a la discapacidad”.

“Los menores y discapacitados, a más de la especial atención que merecen de quienes están directamente obligado a su cuidado, requieren también de la de los jueces y de la sociedad toda, siendo que la consideración primordial de su interés, viene tanto a orientar como a condicionar la decisión de los jueces llamados al juzgamiento de estos casos”, agregó.

Beduino planteó la situación de “vulnerabilidad social” de la mujer y sus hijos por su condición de mujer desempleada; la discapacidad de uno de sus niños y la enfermedad del otro; y el cuidado de los menores “sin trabajo ni bienes de propiedad y la carencia de una vivienda digna”.

“La madre no puede proveer, en forma autónoma para sí ni para sus hijos, los medios ordinarios de subsistencia. A ello, debe sumarse que ha recurrido ante el poder público sin que se le brindara ningún tipo de solución a su problemática”, agregó la magistrada y destacó que la Constitución nacional, la provincial y los tratados internacionales contienen cláusulas específicas “que resguardan un nivel adecuado de vida, tendiente a asegurar la salud, la alimentación, la vivienda y el cuidado de los niños”.

En el fallo, Beduino destacó el derecho a cuidados y asistencia especiales de la infancia, y refirió: “El menor requiere crecer en el seno de la familia, en un ambiente propicio para la formación y expresión de su libertad. Se le debe garantizar una situación que asegure su educación y desde ella el pleno desarrollo de su personalidad”.

En tanto, apuntó a la responsabilidad de los gobiernos provinciales y municipales. “No sólo omitieron tomar alguna medida, en el marco de sus atribuciones, que razonablemente pudiera resultar eficaz para solucionar o mejorar aquella situación, sino que tampoco brindaron razones plausibles para intentar excusar, de alguna manera, su conducta reiterativa”, expresó la magistrada.

Por lo tanto, condenó a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de Rosario para que a través de sus respectivos organismos específicos, Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo y Servicio Público de la Vivienda y Hábitat, le otorguen una solución habitacional a la mujer, ya sea mediante la entrega de un subsidio que le permita costear su alquiler o mediante un plan que le permita abonar en forma íntegra un convenio de pago acorde a sus ingresos.

 

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