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Fallan contra el cargo por el gas importado

La Cámara Federal de Rosario ratificó que el incremento es inconstitucional.

Un fallo de la Cámara Federal de Apelaciones confirmó la inconstitucionalidad del decreto 2067/2008 del gobierno nacional, que establecía un incremento de la tarifa del gas y que en 2009 generó que algunos usuarios pagaran ese cargo, que luego fue postergado por el Ejecutivo nacional vía otro decreto. Ese cargo incluía únicamente a los residenciales de mayor consumo de gas, el resto estaba exceptuado. Pero ese decreto se pospuso en 2009, en 2010 y la semana pasada volvió a prorrogarse. La Nación seguirá subsidiando a estos usuarios en ciento por ciento en los meses de junio y julio; y en un 70 por ciento en agosto y septiembre.

El decreto, conocido bajo la denominación “cargo de gas importado” se tradujo en algunos aumentos desproporcionados en las facturas de gas, circunstancia que originó reclamos en usuarios de todo el país a pesar de que el nivel de consenso que tienen los ubica en una escala de poder adquisitivo holgado. Es por eso que desde la Unión de Usuarios y Consumidores recurrieron a la Justicia reclamando la inconstitucionalidad del mismo. Sobre la medida dictada por el tribunal, Patricia Ferraretto, de la Unión de Usuarios y Consumidores, aseguró que “en 2009, cuando se produjo el incremento, se produjo un fallo de primera instancia que fue apelado. Es el mismo fallo que ahora confirma la Cámara y obliga a restituir el dinero a los usuarios”.

El decreto que impulsó el cobro fue dictado por el gobierno en 2008, pero se aplicó en 2009, con una fuerte polémica ya que es proporcional al consumo y se facturó en los meses en que más gas se consume, es decir en el invierno. Algunos usuarios sufrieron en consecuencia un aumento del 200 por ciento, por lo que se procedió a través de amparos y protestas que determinaron que el Ejecutivo suspendiera la medida. Y que año a año la fuera prorrogando. La semana pasada el gobierno anunció que subsidiará una vez más el cargo para los sectores de mayor consumo en junio y en julio. Y aclaró que lo hará en un 70 por ciento para los meses de agosto y setiembre. Sobre el fallo, Aníbal Paradiso, del Litoral Gas explicó que la empresa no tiene nada que ver en el asunto ya que ellos funcionan únicamente como agente de retención. Y explicó que el dinero que cobraron por ese cargo fue depositado al estado que es el que deberá reintegrarlo a los usuarios en caso que el fallo quede firme.

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