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Golpizas

Espera otra sentencia

Roberto de la Torre, jefe de la sub 20ª al momento del crimen de Claudio Lepratti y penado por encubrir su crimen, aguarda resolución de Cámara tras apelar una condena por apremios.


El comisario Roberto de la Torre fue condenado en febrero pasado a dos años y ocho meses de prisión en el marco de la causa por encubrimiento del homicidio de Claudio “Pocho” Lepratti, durante la represión policial de 2001. Sobre este oficial ya pesaba otra pena, también de carácter condicional, por dos episodios de apremios ilegales ocurridos en la dependencia donde era jefe, la subcomisaría 20ª, en meses posteriores a aquel diciembre trágico. De la Torre y otros tres policías sentenciados en esta última causa apelaron el veredicto, por lo cual las partes expusieron ayer sus argumentos en una audiencia oral ante los camaristas Daniel Acosta, Carina Lurati y Guillermo Llaudet. El planteo pasó a un cuarto intermedio para que los magistrados resuelvan.

El fallo apelado fue dictado por el Juzgado de Sentencia 4ª, a cargo de Julio Kesuani, y recayó sobre cuatro uniformados: Héctor Calixto Cabrera, de 53 años,  Roberto de la Torre, de 60 –quienes fueron condenados por dos hechos de apremios y exacciones ilegales a las penas de 3 años de prisión en suspenso e inhabilitación especial por el doble de tiempo más reglas de conducta–, Edgardo Rubén Orgaz, de 45 (y quien había sido absuelto por el encubrimiento del caso Lepratti) y Javier Rolando Arostegui, de 41, a quien se les impuso la pena de 2 años de prisión en suspenso e inhabilitación especial por el doble de tiempo más reglas de conducta. Al primero de ellos por apremios ilegales y al segundo por el delito de apremios y exacciones ilegales.

Golpes sobre un plomero

El 19 de abril de 2002, cuatro meses después del asesinato de Pocho Lepratti en barrio Las Flores y en la misma repartición policial –la subcomisaría 20ª– que había sido escenario del encubrimiento del crimen del militante social, tuvo lugar el primer hecho. Un plomero que trabajaba en una vivienda en zona sur fue trasladado a la seccional a raíz de una denuncia por robo que presentó la dueña de casa. Según el fallo, el trabajador fue golpeado dentro de la dependencia policial por Cabrera, Orgaz –quien era el sumariante de la seccional– y otro hombre no identificado, sufriendo lesiones en los riñones y la espalda. Todo ello en presencia del entonces comisario De la Torre. Finalmente el robo quedó desvirtuado cuando la denunciante volvió a la seccional para explicar que se había tratado de un error.

Paliza a un repartidor

El segundo hecho tuvo lugar el 8 de enero de 2003, cuando un repartidor de pollos y su empleado fueron golpeados por personal policial en la vecina localidad de Villa Gobernador Gálvez. Esa mañana los distribuidores llegaron a un comercio y estacionaron la camioneta en doble fila. En el lugar se presentó un vehículo particular con 3 personas de civil que afirmaron ser policías. Les exigieron la apertura de la chata y los derivaron a la seccional, porque el vehículo no contaba con equipo de frío. En esas circunstancias y según el fallo se produjo un forcejeo donde el dueño del vehículo fue golpeado. El empleado intentó separarlos y recibió una trompada en el ojo. Posteriormente uno de los policías se trasladó con los demorados en la camioneta hasta la seccional y en el camino le impidió al conductor que llamara a su abogado arrebatándole el celular. Una vez en la comisaría y, según el testimonio del dueño del reparto de pollo, lo dejaron de golpear cuando llegó el comisario y les dijo: “Basta”. En el relato, la víctima detalló que luego de recibir los golpes lo llevaron a otra oficina donde estaba su hermano y otra persona enviada por el frigorífico para el que repartía la víctima. Allí, Cabrera le pidió 300 pesos para dejarlo ir y no armarle causa, dinero que luego el uniformado se guardó en el bolsillo, según refiere la sentencia.

En este caso, Cabrera y Arostegui fueron señalados como las personas que trasladaron a los demorados a la seccional por averiguación de antecedentes y fueron condenados por apremios ilegales y exacciones ilegales al igual que De la Torre. Respecto de este último, el juez sostuvo que si bien no desarrolló personalmente la acción permitió que un efectivo a su cargo cometiera abusos.

La apelación

Los defensores Gabriel Navas, Horacio Corbacho, Carlos Racamato y Juan Bazet apelaron el fallo condenatorio y coincidieron en los planteos. Hablaron de carencia de pruebas para condenarlos, cuestionaron la calificación legal endilgada en los distintos estadios del proceso, hicieron hincapié en vulneración de principios constitucionales y plantearon la prescripción del caso por el transcurso del tiempo: sostuvieron que pasaron cinco años y medio entre la indagatoria y el procesamiento. A su vez afirmaron que la extensión del proceso se debió a la desidia del tribunal juzgador. Por su parte, la fiscal de Cámaras María Eugenia Iribarren rechazó la prescripción, argumentó que el planteo se realizó por uno de los defensores previo al dictado de la sentencia de la sentencia, y sostuvo que el artículo 67 del Código Penal habla de la suspensión de los términos cuando los imputados son uniformados y los delitos se producen en ejercicio de su función. A ello agregó que el juzgado instructor tuvo el caso demorado hasta la llegada de la jueza María Laura Sabatier, quien dictó resolución en el caso.

Por su parte los camaristas, luego de escuchar la exposición de las partes, tomaron conocimiento personal de los imputados y dispusieron un cuarto intermedio, donde revolverán el planteo.

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